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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2006 (30/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 315723 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 mente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado por Resolución Jefatural Nº1183-2005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolución Jefatural Nº1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, para la Reinscripción en laSección de Nacimientos de asientos efectuados en los años 1931 a 1953. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, para que proceda a la apertura del Registro deLibros de Actas de Nacimiento, con la finalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normaslegales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura "Reinscripción - Ley Nº 26242 - 26497", el RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros oficiales requeridos expresamentepor la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 05785 S B S Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y CrØdito de Huancayo S.A. la apertura de oficina especial en el distrito y provincia de Oxapampa,departamento de Pasco RESOLUCIÓN SBS Nº 370-2006 Lima, 22 de marzo de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. para que se le autorice la apertura de una oficina en la modalidad de OficinaEspecial ubicada en el distrito y provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de su Oficina Especial; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B", mediante Informe Nº 026- 2006-DEM "B"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la CircularNº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de su Oficina Especial ubicada en el Jr. Bolívar Nº 211, distritoy provincia de Oxapampa, departamento de Pasco. Artículo Segundo.- La Oficina Especial de Oxapampa se encuentra facultada a efectuar lassiguientes operaciones: - Operaciones activas: créditos directos a la Microempresa (MES), Comercial y Consumo. - Operaciones pasivas: depósitos de ahorro y plazo. Artículo Tercero.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-0334-2005, dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la apertura, la CajaMunicipal de Ahorro y Crédito de Huancayo deberá reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referidaCircular. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto deBanca y Microfinanzas 05731 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COFOPRI Designan representantes ante el Grupo de Trabajo relativo al Programa parala atención de la Emergencia en eldepartamento de Tumbes RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 011-2006-COFOPRI/PC Lima, 23 de marzo de 2006 VISTO: El Informe Legal Nº 039-2006-COFPRI/GL de fecha 20 de marzo de 2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal de COFOPRI; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 3 de marzo de 2006, se creó el "Programa para la atención de la Emergenciaen el departamento de Tumbes", conformándose un Grupo de Trabajo encargado de asegurar a la población afectada por los desastres de origen natural, el acceso a una soluciónadecuada a sus necesidades en materia de vivienda, saneamiento, salud, agricultura, entre otros; así mismo, se encuentra facultada para ejecutar intervencionescomplementarias de reconstrucción de infraestructura educativa, de salud, transporte, comunicaciones y las que se consideren necesarias; Que, el artículo 4º del precitado Decreto Supremo, establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sepodrá incorporar a dicho Grupo de Trabajo a otras entidades públicas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 057-2006- VIVIENDA, publicada el 11 de marzo de 2006, se incorporó al Grupo de Trabajo a diversas entidades, entre las cuales se designó a la Comisión de Formalización dela Propiedad informal - COFOPRI; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2006- PCM, establece que cada entidad integrante del Grupo