Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2006 (23/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano
Martes 23 de MORDAZA de 2006

Organo de Control Institucional por la Secretaria General mediante Memorandum Nº 255-2005-MDP/SG de fecha 3 de agosto del 2005, constituye prueba pre - constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dicho informe de conformidad con lo establecido en el Inc. f) Art. 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional del Control y de la Contraloria General de la Republica. - Que, si bien es MORDAZA que el robo y secuestro de la que fue objeto la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ATALAYA Gerente de Administracion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA se produjo fuera de las instalaciones de la Municipalidad habiendo sido obligada por las mismas circunstancias en que estuvo sometida bajo amenaza de muerte con arma de fuego, a disponer el envio de cheques en MORDAZA por parte de la Tesorera, como Gerente de Administracion debio haber previsto las medidas del caso ante los posibles hechos de esta naturaleza, por estas consideraciones la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, estima pertinente que la mencionada funcionaria debe ser objeto de una sancion disciplinaria de suspension sin goce de remuneraciones, en aplicacion del Art. 21º Inc. a) del D. Leg. Nº 276 por no haber implementado oportunamente procedimiento que eviten el retiro de montos importantes de las cuentas de la Municipalidad, asi como por permitir que documentos valores tales como los cheques MORDAZA trasladados fuera de las instalaciones municipales, aun en circunstancias de urgencia y por personal contratado bajo la modalidad de servicios no personales y sin el sello NO NEGOCIABLE dicha sancion debe ser oficializada mediante Resolucion de la Gerencia Municipal de conformidad a las delegaciones conferidas a este organo mediante R.A. Nº 420-2004-A/MDP de fecha 26 de MORDAZA del 2004. - Que, en cuanto se refiere a la ex Jefa de la Unidad de Tesoreria Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA se le atribuye la presunta responsabilidad administrativa por haber emitido cheques en MORDAZA con su firma y haberlo entregado a un tercero en un primer momento y por remitirlo en custodia de un personal contratado por servicio no personales, ademas de no consignarles el sello NO NEGOCIABLE y no intervenir o solicitar el debido sustento de los retiros MORDAZA de que se realice dicha operacion, asimismo haber contravenido las nor mas del Sistema de Tesoreria para el giro de cheques, las Normas Tecnicas de Control Interno aprobadas por Resolucion de Contraloria Nº 072-98CG relacionados a la garantia de responsables de manejo o custodia de fondos y valores y medidas de seguridad para cheques, efectivos y valores; finalmente haber contravenido el Art. 54º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad aprobado mediante Ordenanza Nº 1112003-MDP/A; razones por lo que se encuentra incursa en la presunta comision de falta administrativa disciplinaria tipificada en los incisos a) y d), del Art. 28º del D. Leg. Nº 276, recomendandose la Apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario de conformidad a lo previsto en el Art. 166º del D.S. Nº 005-90-PCM Reglamento de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Que, se encuentran comprendidas dentro de los alcances del MORDAZA Administrativo Disciplinarios los funcionarios y servidores aun en el caso de que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado, de conformidad con lo establecido en el Art. 175º del D.S. Nº 005-90-PCM; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, Art. 20º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefa de la Unidad de Tesoreria

por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion . Articulo Segundo.- DECLARAR no haber merito para la aper tura de MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ATALAYA Gerente de Administracion disponiendose que se concrete la sancion recomendada por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios efectivizandose mediante Resolucion de Gerencia Municipal por delegacion de atribuciones establecido por R.A. Nº 420-2004-A/MDP de fecha 26 de MORDAZA del 2004. Articulo Tercero.- REMITIR LOS ACTUADOS a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA para que proceda de acuerdo a sus atribuciones dentro del plazo de 30 dias improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Oficina de Secretaria General la notificacion conforme a ley a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex jefa de la Unidad de Tesoreria comprendido en el Articulo Primero y a traves del Diario Oficial El Peruano en un plazo de 72 horas, contados a partir del dia siguiente de la expedicion de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- La ex funcionaria procesada debera presentar su descargo respectivo en el termino de 5 dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion conforme a lo establecido por los Articulos 168º y 169º del D.S. Nº 005-90-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 09038

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 298-2006-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 19 de MORDAZA del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Informe Nº 27-2006-CEPAD/MDSMP, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, ha analizado el INFORME SOBRE LA EVALUACION DEL CONTROL INTERNO EJERCICIO 2004, que fue modificado mediante los INFORMES REFORMULADOS DE AUDITORIA, correspondiente al ejercicio 2004, remitidos ambos por la Sociedad Auditora MORDAZA MORDAZA & Asociados S. C. y puesto en conocimiento del despacho de Alcaldia, el 19 de MORDAZA del 2005, mediante la Carta Nº 073-2005, y el 12 de MORDAZA del 2005, mediante la Carta Nº 110-2005 (Exp. Nº 30923-2005), respectivamente, con la finalidad de calificar las presuntas faltas y pronunciarse sobre la instauracion de MORDAZA administrativo respecto a los

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