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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2006 (23/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano 319302 Martes 23 de mayo de 2006 Órgano de Control Institucional por la Secretaria General mediante Memorándum Nº 255-2005-MDP/SG de fecha 3 de agosto del 2005, constituye prueba pre - constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dicho informe de conformidad con lo establecido en el Inc. f) Art. 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional del Control y de la Contraloría General de la República. - Que, si bien es cierto que el robo y secuestro de la que fue objeto la Srta. MARIA MELVA GARCIA ATALAYA Gerente de Administración de la Municipalidad Distrital de Pachacámac se produjo fuera de las instalaciones de la Municipalidad habiendo sido obligada por las mismas circunstancias en que estuvo sometida bajo amenaza de muerte con arma de fuego, a disponer el envío de cheques en blanco por parte de la Tesorera, como Gerente de Administración debió haber previsto las medidas del caso ante los posibles hechos de esta naturaleza, por estas consideraciones la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, estima pertinente que la mencionada funcionaria debe ser objeto de una sanción disciplinaria de suspensión sin goce de remuneraciones, en aplicación del Art. 21º Inc. a) del D. Leg. Nº 276 por no haber implementado oportunamente procedimiento que eviten el retiro de montos importantes de las cuentas de la Municipalidad, así como por permitir que documentos valores tales como los cheques sean trasladados fuera de las instalaciones municipales, aun en circunstancias de urgencia y por personal contratado bajo la modalidad de servicios no personales y sin el sello NO NEGOCIABLE dicha sanción debe ser oficializada mediante Resolución de la Gerencia Municipal de conformidad a las delegaciones conferidas a este órgano mediante R.A. Nº 420-2004-A/MDP de fecha 26 de abril del 2004. - Que, en cuanto se refiere a la ex Jefa de la Unidad de Tesorería Sra. ADRIANA GONZALES HUAMAN se le atribuye la presunta responsabilidad administrativa por haber emitido cheques en blanco con su firma y haberlo entregado a un tercero en un primer momento y por remitirlo en custodia de un personal contratado por servicio no personales, además de no consignarles el sello NO NEGOCIABLE y no intervenir o solicitar el debido sustento de los retiros antes de que se realice dicha operación, asimismo haber contravenido las normas del Sistema de Tesorería para el giro de cheques, las Normas Técnicas de Control Interno aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 072-98- CG relacionados a la garantía de responsables de manejo o custodia de fondos y valores y medidas de seguridad para cheques, efectivos y valores; finalmente haber contravenido el Art. 54º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad aprobado mediante Ordenanza Nº 111- 2003-MDP/A; razones por lo que se encuentra incursa en la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria tipificada en los incisos a) y d), del Art. 28º del D. Leg. Nº 276, recomendándose la Apertura de Proceso Administrativo Disciplinario de conformidad a lo previsto en el Art. 166º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Que, se encuentran comprendidas dentro de los alcances del Proceso Administrativo Disciplinarios los funcionarios y servidores aún en el caso de que haya concluido su vínculo laboral con el Estado, de conformidad con lo establecido en el Art. 175º del D.S. Nº 005-90-PCM; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, Art. 20º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a la Sra. ADRIANA GONZALES HUAMAN ex Jefa de la Unidad de Tesoreríapor los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución . Artículo Segundo.- DECLARAR no haber mérito para la apertura de PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra la Srta. MARIA MELVA GARCIA ATALAYA Gerente de Administración disponiéndose que se concrete la sanción recomendada por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios efectivizándose mediante Resolución de Gerencia Municipal por delegación de atribuciones establecido por R.A. Nº 420-2004-A/MDP de fecha 26 de abril del 2004. Artículo Tercero.- REMITIR LOS ACTUADOS a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pachacámac para que proceda de acuerdo a sus atribuciones dentro del plazo de 30 días improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Secretaría General la notificación conforme a ley a la señora ADRIANA GONZALES HUAMAN ex jefa de la Unidad de Tesorería comprendido en el Artículo Primero y a través del Diario Oficial El Peruano en un plazo de 72 horas, contados a partir del día siguiente de la expedición de la presente Resolución. Artículo Quinto.- La ex funcionaria procesada deberá presentar su descargo respectivo en el término de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación conforme a lo establecido por los Artículos 168º y 169º del D.S. Nº 005-90-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 09038 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 298-2006-AL/MDSMP San Martín de Porres, 19 de mayo del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 27-2006-CEPAD/MDSMP , de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, ha analizado el INFORME SOBRE LA EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO EJERCICIO 2004, que fue modificado mediante los INFORMES REFORMULADOS DE AUDITORÍA, correspondiente al ejercicio 2004, remitidos ambos por la Sociedad Auditora Chávez Escobar & Asociados S. C. y puesto en conocimiento del despacho de Alcaldía, el 19 de mayo del 2005, mediante la Carta Nº 073-2005, y el 12 de julio del 2005, mediante la Carta Nº 110-2005 (Exp. Nº 30923-2005), respectivamente, con la finalidad de calificar las presuntas faltas y pronunciarse sobre la instauración de proceso administrativo respecto a los