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NORMAS LEGALESEl Peruano Jueves 25 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319378 Anuncio de Precios y Características: El anuncio de los precios, y características de los nuevos bonos a ser entregados se efectuará en el día t-2, a travésde la publicación de una Resolución Directoral en el DiarioOficial El Peruano, de un aviso publicado en la página webdel Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe),y de estimarse conveniente, a través de otros medios decomunicación. Traspaso de Bonos a la Cuenta Matriz del Agente de Intercambio: Los participantes en el intercambio traspasarán a la cuenta matriz del Agente de Intercambio, los bonos a serintercambiados a fin de garantizar su retiro posterior. El traspaso podrá efectuarse desde el día t-2 hasta las 12:00 p.m. del día t. El traspaso no supone comunicaciónescrita entre los participantes y CAVALI, dado que dichotraspaso lo efectúa el mismo participante, a través de laconexión electrónica directa que mantiene con CAVALI. Elnúmero de cuenta matriz y el código R.U.T. del Agente deIntercambio, será comunicado mediante ResoluciónDirectoral. En caso que el tenedor de los bonos a ser intercambiados no mantenga una cuenta matriz en CAVALI,éste deberá instruir a su brocker local para que realice elrespectivo traspaso de los bonos a la cuenta del Agentede Intercambio. Efectuado el traspaso, los participantes en el intercambio deben remitir al Agente de Intercambio,mediante fax, el formato de traspaso de valoresdebidamente llenado, a más tardar a las 12:00 p.m. del díat. El envío de dicho formato es condición previa para laliquidación del intercambio (ver Formato). En caso que elparticipante en el intercambio haya llevado órdenes deterceros al intercambio, deberá enviar tantos formatos detraspaso como órdenes haya tenido, dado que en el mismose identifica al titular de los bonos. Intercambio:Todos los bonos a ser retirados que hayan sido traspasados a la cuenta matriz del Agente de Intercambiohasta las 12:00 p.m. del día t serán intercambiados. Eltraspaso de los títulos supone la intención de intercambiarlos con conocimiento de los precios del intercambio. Los bonos traspasados no podrán serdevueltos a las cuentas matrices desde donde fueronenviados, salvo que el intercambio sea declarado desierto. Anuncio de los Resultados:El anuncio de los resultados de la operación de intercambio se efectuará a partir de las 6:00 p.m. del día t,a través del envío de una comunicación escrita por partedel Emisor a los participantes en el intercambio, notificandoel monto intercambiado, el monto que deberán depositaren el día t+1 por intereses corridos de los nuevos bonos aser entregados y para el caso de los bonos soberanosVAC, el monto correspondiente al reajuste; el monto queva depositar el Emisor por los intereses corridos de losbonos a ser retirados, así como el monto correspondiente al reajuste para el caso de los bonos soberanos VAC; y, deser el caso, el monto correspondiente a las fracciones debonos a ser canceladas en efectivo. Asimismo, los resultados serán informados a través de un aviso publicado en la página web del Ministerio deEconomía y Finanzas ( www .mef.gob.pe), y de estimarse conveniente, a través de otros medios de comunicación. Liquidación:i. Retiro de los Bonos Soberanos intercambiados (Redención Anticipada) A las 9:00 a.m. del día t+1, la Unidad Responsable solicitará a CAVALI que realice la redención anticipada delos bonos que fueron traspasados a la cuenta matriz delAgente de Intercambio. El Agente de Intercambio deberáenviar una conformidad a CAVALI respecto al pedido deredención anticipada. CAVALI procederá a efectuar laredención anticipada de los bonos a ser retirados. En esteproceso intervienen CAVALI, la Unidad Responsable y elAgente de Intercambio. ii. Registro de los Nuevos Bonos A las 10:00 a.m. del día t+1, y culminado el proceso de retiro de los bonos intercambiados, la Unidad Responsableenviará a CAVALI una comunicación en donde se lesolicitará el registro de los nuevos bonos en la cuentamatriz del Agente de Intercambio. Terminado el proceso deregistro, hasta las 2:30 p.m., la Unidad Responsable instruiráal Agente de Intercambio para que realice el traspaso delos nuevos bonos a ser entregados a las cuentas originalesde los participantes en el intercambio. iii. Giro por fracciones, por intereses corridos, y por reajuste VAC Los participantes de la operación de intercambio deberán depositar hasta las 2:00 p.m. del día t+1, en lacuenta del Banco de la Nación Nº 00-000-281417-MEF-DGTP-Bonos Soberanos, los intereses corridos de los bonosrecibidos El monto será detallado en la comunicación escritaa través de la cual la Unidad Responsable informe a losparticipantes el resultado del intercambio. Por otro lado, el Agente de Intercambio Responsable gestionará, hasta verificar su cumplimiento, el depósito enlas cuentas que los participantes hayan indicado,correspondiente al pago de las fracciones de ser el caso, yde los intereses corridos de los bonos a ser retirados. Esimportante destacar de ser el caso, que el número de CCI(o su número de cuenta bancaria) deberá ser consignadoen la solicitud de traspaso que deberán enviar al Agentede Intercambio al efectuar el traspaso de los bonos a serretirados. Consideraciones finales:La Unidad Responsable se reserva el derecho de suspender o declarar desierta la operación de intercambiosin expresión de causa. DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe