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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Jueves 25 de mayo de 2006 319381 - Decreto Supremo Nº 006-2004-ED, Aprueba Lineamientos Políticos Específicos de Política Educativa -abril 2004 a diciembre 2006. - Resolución Ministerial Nº 0853-2003-ED, Disposiciones para la aplicación progresiva de la Ley General deEducación, de medidas de Emergencia Educativa y elPrograma Nacional de Emergencia Educativa 2004. - Resolución Ministerial Nº 0302-2004-ED, aprueban muestra de instituciones educativas en el ámbito nacionalpara aplicar en forma focalizada el Programa Nacional deEmergencia Educativa 2004-2006. - Directiva Nº 074-VMGI-2004 Orientaciones de Gestión Institucional para atender la Emergencia Educativa 2004. - Directiva Nº 017-VMGP-2004, Orientaciones Pedagógicas para atender la Emergencia 2004. - Resolución Ministerial Nº 0710-2005-ED, aprueba la Directiva de Inicio de año 2006: Orientaciones y NormasNacionales para la gestión de las instituciones educativasde educación básica y educación técnico productiva 2006. - Directiva Nº 45-2006-ME-DM, Movilización Nacional por la Educación. - Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos delos Bienes de Propiedad Estatal. - Resolución Nº 031-2002/SBN, aprueba Directiva Nº 009-2002/SBN”Procedimiento para la donación debienes muebles del Estado y para la aceptación de ladonación de bienes muebles a favor del Estado. - Resolución Ministerial Nº 469-99-MTC/15.04, aprueba Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú. - Decreto Supremo Nº 055-99-EF, aprueba el texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto general a las Ventas eImpuesto Selectivo al Consumo. IV. ALCANCES- Órganos del Ministerio de Educación (MED). - Direcciones Regionales de Educación (DRE).- Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL).- Instituciones Educativas (IIEE), en sus diversos niveles y modalidades, públicas y privadas. - Instituciones Educativas Focalizadas.- Consejos Participativos Regionales (COPAREs).- Consejos Participativos Regionales (COPALEs).- Consejos Educativos Institucionales (CONEIs). V. DISPOSICIONES GENERALESEl Ministerio de Educación, en su calidad de convocante de la Movilización Nacional por la Educación, establece elprocedimiento para implementar ADOPTA UNA ESCUELA , promoviendo una cultura de responsabilidad social compartida a favor de la educación, en todas sus instancias. Las UGEL, DRE y el Ministerio de Educación deberán contar con información actualizada, oportuna y veraz delas IIEE públicas priorizadas. Esta información permitiráapreciar la situación actual de las IIEE, sus carencias ynecesidades básicas. El Ministerio de Educación, las DRE y UGEL deberán difundir los objetivos y procedimientos de ADOPTA UNA ESCUELA en el marco de la Movilización Nacional por la Educación; promoveren las organizaciones de la sociedad civil una cultura deresponsabilidad social con la educación; brindar informaciónque posibilite a las organizaciones de la sociedad civil adoptaruna escuela; establecer las coordinaciones correspondientesdesde su nivel hasta la IE beneficiada. En el Ministerio de Educación, las DRE y UGEL se conformará un equipo de coordinación, que impulseADOPTA UNA ESCUELA y facilite los procesos administrativos. En las DRE y UGEL, el equipo serápresidido por su respectivo Director. El Ministerio de Educación, la DRE y UGEL deberán cumplir acciones de monitoreo y supervisión que permita verificar que lamodalidad de adopción asumida por la organización adoptanteestá ejecutándose entre los marcos establecidos. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICASLas UGEL, DRE y el Ministerio de Educación, facilitarán a empresas, instituciones u organizaciones el procedimientopara formalizar la adopción de una IE: 6.1 A NIVEL DE LAS INSTANCIAS DEL SECTOR6.1.1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN:El Ministerio de Educación impulsará ADOPTA UNAESCUELA entre las organizaciones de la Sociedad Civil del entorno, a través de la Oficina de la Movilización Nacional por la Educación en el Ministerio de Educación, debiéndoles facilitar información de su competencia, asícomo establecer los contactos a nivel de DRE y UGEL quepermita establecer vínculo entre la organización adoptantey el Director de la IE a ser adoptada, el cual se convierte enel enlace, para efectos de los procesos administrativos enlas instancias correspondientes. Las Direcciones Nacionales, Oficinas y Proyectos del MED apoyarán las acciones de ADOPTA UNA ESCUELA en las regiones para realizar un trabajo conjunto. 6.1.2 DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACIÓN Y UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL: Las DRE y UGEL, deben elaborar el correspondiente Plan de Trabajo de ADOPTA UNA ESCUELA , en el marco de la MOVILIZACIÓN NACIONAL POR LA EDUCACIÓN. Las DRE y UGEL impulsarán ADOPTA UNA ESCUELA entre las organizaciones de la Sociedad Civil del entorno, através del Equipo de Coordinación de la Movilización,debiéndoles facilitar información de su competencia, asícomo establecer los contactos a nivel de UGEL y direcciónde la IE a adoptar. Desarrollar acciones de difusión e información de ADOPTA UNA ESCUELA a través de los medios de comunicación masiva en los ámbitos nacional, regional ylocal. Comprometer a los Gobiernos Regionales y Locales para establecer alianzas con otros sectores, empresas,gremios, asociaciones y organizaciones en general queapoyen, promuevan, dinamicen y concreten la adopciónde escuelas en su jurisdicción. Las UGEL, en coordinación con las IIEE priorizadas y los CONEI, deberán elaborar la Ficha Descriptiva de la IE (Anexo 01: Ficha Descriptiva de la IE) y contar con el PEI actualizado de las IIEE para que las empresas uorganizaciones interesadas en adoptar una escuela, tenganuna visión más amplia de las necesidades y fortalezas dela IE. Especificaciones técnicas, así como referencias económicas con relación a: infraestructura, equipamiento,mobiliario, material didáctico, etc. 6.2 INFORMACIÓN QUE PROVEERÁN LAS UGEL, DRE Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN. 6.2.1 ADOPTA UNA ESCUELA ADOPTA UNA ESCUELA implica el establecimiento de un vínculo solidario entre una organización o personanatural de la Sociedad Civil y las escuelas priorizadas conla Movilización Nacional. Este vinculo debe posibilitar eldesarrollo humano de ambas partes; en ese sentido, vamás allá de lo estrictamente material o coyuntural; ADOPTA UNA ESCUELA pretende establecer una relación sostenida y nutrida por conductas éticas en las partes involucradas.Este vínculo se sustentará en la realización plena deadoptante y adoptado dentro de una concepción deequidad y calidad. El Ministerio de Educación, en su calidad de convocante, impulsa y facilita el procedimiento para ADOPTA UNA ESCUELA . Las Unidades de Gestión Educativa Local, las Direcciones Regionales de Educación, y el Ministerio deEducación ofrecerán información actualizada, oportuna yveraz de las carencias y necesidades básicas de lasescuelas priorizadas. 6.2.2 MODALIDAD DE ADOPCIÓN Las organizaciones o personas naturales dispuestas a adoptar una o más escuelas pueden asumir, entre otras,las siguientes modalidades: -Infraestructura. A través de esta modalidad se tiene la posibilidad de apoyar con el mejoramiento de lainfraestructura educativa, con aportes que permitan lareconstrucción de aulas, ambientes para talleres, losasdeportivas, muros perimétricos, servicios higiénicos, otros. -Equipamiento. Esta modalidad ofrece la posibilidad de implementar la institución educativa con mobiliarioescolar, computadoras, equipos para talleres, bibliotecas,equipos audiovisuales, bibliotecas, materiales educativos,equipamiento deportivo o artístico, otros. -Servicios. Esta modalidad abre espacios al compartir saberes, experiencias y conocimientos, capacidades yhabilidades con docentes y estudiantes para mejorar sus