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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330022El Peruano martes 10 de octubre de 2006 REFORMÁNDOLA disponer se admita a trámite de inscripción la lista de candidatos de dicho partido politico, para el Concejo Distrital de Ayna, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, en las EleccionesMunicipales del año 2006. Artículo Segundo.- Devolver al Jurado Electoral Especial de origen, en el día, el presente expediente, parala prosecución del trámite. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMIREZPEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) RESOLUCIÓN Nº 3363-2006-JNE Exp. Nº 3045-2006Lima, 26 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Pública de 26 de setiembre de 2006, el recurso de apelación interpuesto por, el personero legal del partido político "Siempre Unidos", don HugoWilmer Ore Castro, contra la Resolución Nº 027-2006- JEE-P/V-S, de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el Jurado Electoral Especial de Vilcashuamán; CONSIDERANDO: Que, mediante la apelada se denegó la admisión a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Vilcashuamán,departamento de Ayacucho, por el partido político "Siempre Unidos", para los comicios municipales 2006, por cuanto no se ha cumplido con el requisito de la cuotade género, establecido en el artículo 10º de la Ley de Elecciones Municipales - Ley Nº 26864; Que, el recurrente expresa agravios indicando que, por error involuntario y subsanable se consigno como quinto regidor a otro ciudadano al llenar la solicitud de inscripción, hecho por el cual no se percataron delporcentaje de cuota de género que establece la Resolución Nº 1231-2006-JNE,; Que, revisada la solicitud de inscripción de la lista de candidatos, obrante a fojas 1, se verifica que figuran en dicha lista cinco (5) ciudadanos varones y dos (2) mujer entre los candidatos a regidor al Concejo Provincial deVilcashuamán, y según lo establecido en la Resolución Nº 1231-2006-JNE la cuota de género se considera cumplida cuando la lista incluya al menos 3 candidatosvarones o mujeres; Que, la apelante pretende en esta instancia reemplazar al candidato Rudecindo GómezCrisóstomo por Liliana Taboada Rúa, y de esta modo subsanar el error cometido; que de acuerdo al artículo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864,las agrupaciones políticas deben presentar una lista de candidatos a regidores, en el caso de esta último, debe incluir no menos del treinta por ciento dehombres o mujeres, debiendo cumplir con dicho requisito al inscribir la lista de candidatos; y siendo que el día 30 de agosto de 2006 fué el último día paraal presentación de las solicitudes de inscripción, vencido éste, no puede modificarse la estructura de la lista, razón por la cual el recurso de apelacióndeviene en infundado; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el personero legal del partido político "Siempre Unidos"; en consecuencia CONFIRMAR la Resolución Nº 027-2006-JEE-P/V-S del 4 de setiembre de 2006, que denegó a tramite de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Vilcashuamán,departamento de Ayacucho, presentada por el mencionado partido político. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Electoral Especial de origen, la presente Resolución, paralos fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMIREZPEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) RESOLUCIÓN Nº 3390-2006-JNE Exp. Nº 3232-2006Lima, 26 de setiembre de 2006 VISTO: En audiencia pública de fecha 26 de septiembre de 2006, el recurso de apelación interpuesto por don Alfredo Gómez Martínez, personero legal titulardel partido político "Agrupación Independiente Si Cumple", contra la Resolución Nº 031-2006-JEE-P/V-S de fecha 1 de septiembre de 2006, expedida por el Jurado ElectoralEspecial de Vilcashuamán; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 031-2006-JEE-P/V-S, el Jurado Electoral Especial de Vilcashuamán resuelvedenegar la admisión a trámite de inscripción, de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Vischongo, presentada por el partido político "AgrupaciónIndependiente Si Cumple", señalando que el candidato Elías Juscamaita Chuchón; encontrándose afiliado al partido político "Partido Político Adelante", incumple conadjuntar su renuncia o permiso para postular que señala la legislación de la materia; Que, el recurrente expone que el candidato Elías Juscamaita Chuchón solicitó autorización al partido político "Partido Político Adelante", adjunta la carta de fecha 31 de julio de 2006 en la que se concede el referidopartido concede la autorización; Que, la presentación del permiso para postular constituye requisito indefectible a acompañarse a lasolicitud de inscripción, como dispone el artículo 18 de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, pues sólo en tal etapa se comprueba que las personas con afiliaciónpartidaria, se encuentran autorizadas para postular por otra organización política, exigencia que ha sido incumplida respecto de Elías Juscamaita Chuchón; Que, conforme al criterio establecido por este Tribunal, a fin de cautelar el derecho de participación política, debe admitirse a trámite la inscripción de la lista, excluyendo alos candidatos que incumplan los requisitos legales; Que, el Jurado Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en última instancia, en losprocesos electorales, conforme lo señalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del artículo 5º de su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por el personero legal titular del partido político "Agrupación Independiente SiCumple"; en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 031-2006-JEE-P/V-S de fecha 1 de septiembre de 2006, expedida por el Jurado Electoral Especial deVilcashuamán; y REFORMÁNDOLA , se dispone la admisión a trámite de inscripción la lista de candidatos a los cargos de Alcalde y Regidores para el Concejo Distritalde Vischongo, provincia de Vilcashuamán, departamento de Ayacucho, presentada por el citado partido político, excluyendo de la misma al ciudadano Elías JuscamaitaChuchón, sin afectar la participación del resto de los candidatos de la lista, para las Elecciones Municipales del 2006.