Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2006 (10/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano martes 10 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION Nº 3123-2006-JNE Expediente Nº 2845-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006

330015

RESOLUCION Nº 3102-2006-JNE Expediente Nº 2746-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 Visto, en Audiencia Publica de fecha 25 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Restauracion Nacional", contra la Resolucion Nº 197-2006JEE-LIMA ESTE/ERM de fecha 14 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 197-2006-JEE-LIMA ESTE/ERM, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este, admitio a tramite de inscripcion la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, excluyendo de la misma a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuavilca, por cuanto se encuentran afiliados al partido politico "Alianza para el Progreso", no habiendo presentado conjuntamente con la solicitud de inscripcion, la autorizacion o renuncia respectiva; Que, el apelante sostiene que los candidatos MORDAZA referidos cumplieron con solicitar las respectivas autorizaciones al partido politico al cual se encuentran inscritos, por lo que no se encuentran impedidos de participar en el presente MORDAZA electoral; Que, el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos, Ley Nº 28094, establece que no podran inscribirse, como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion; Que, obran en el expediente, como documentos adjuntos al escrito de apelacion, las autorizaciones emitidas por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo Nacional del partido politico "Alianza para el Progreso", de fecha 15 de marzo de 2006, a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuavilca, a fin que participen por otra organizacion politica; sin embargo, dichos documentos no enervan los fundamentos de la recurrida, toda vez que, las autorizaciones han sido presentadas conjuntamente con el recurso de apelacion y no con la solicitud de inscripcion, como expresamente lo exige el articulo 18º de la ley MORDAZA mencionada; por lo que las mismas devienen en extemporanea; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Restauracion Nacional", y en consecuencia CONFIRMAR la Resolucion Nº 197-2006-JEE-LIMA ESTE/ERM de fecha 14 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este, que admitio a tramite de inscripcion la lista de candidatos a MORDAZA y regidores del referido partido para el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y excluyo de la misma a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuavilca, candidatos a regidores. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e)

VISTO: en Audiencia Publica del 25 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Par tido Nacionalista Peruano", contra la Resolucion Nº 188-2006-WEM-JEE-PASCO, de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Pasco, que denego la admision a tramite de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Tapuc, provincia MORDAZA MORDAZA, departamento de Pasco, presentada por el refer ido par tido politico, para las Elecciones Municipales del ano 2006; CONSIDERANDO: Que, la apelada denego la admision a tramite de inscripcion de la lista referida en el visto, debido a que se anexo un acta de eleccion interna celebrada el 23 de agosto de 2006, fuera del plazo de ley; Que, el recurrente expresa como agravio que con la solicitud de inscripcion presento en original el acta de eleccion interna de fecha 27 de MORDAZA del 2006, obviando la legalizacion al ser un documento original firmado por el Comite Electoral Nacional, el que en MORDAZA legalizada acompana a su recurso; Que, el titulo V de la Ley Nº 28094 - Ley de Partidos Politicos, regula el mecanismo de democracia interna que debe ser cumplido por todos los partidos politicos, para que las candidaturas a que se refiere el articulo 23º de la MORDAZA en comento MORDAZA aceptadas en los respectivos procesos electorales, acreditandose el cumplimiento de este mandato legal, a traves del acta de eleccion interna, siendo el acto de MORDAZA de la solicitud de inscripcion de listas de candidatos, el momento MORDAZA para su MORDAZA, contribuyendo asi con la celeridad del MORDAZA electoral; Que, advirtiendose de autos que con la solicitud de inscripcion se presentaron 2 actas, una, en original, de elecciones internas de fecha 27 de MORDAZA de 2006, que con el recurso en analisis se acompana legalizada, y otra, en MORDAZA simple, participando la conformacion de lista, realizada el 23 de agosto de 2006, se debe tener por cumplido el mencionado requisito legal; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Partido Nacionalista Peruano"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 188-2006WEM-JEE-PASCO, de fecha 4 de setiembre de 2006 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Pasco; y reformandola disponer SE ADMITA a tramite de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Tapuc, provincia MORDAZA MORDAZA, departamento de Pasco, presentada por el referido partido politico, para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente para la prosecucion de su tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e)

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