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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327522El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006 de la Ley Nº 28652 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la contadora pública Josefina Bertha CHARCA PINEDA, al cargo de Directora General de la Oficina General deAdministración del Instituto de Desarrollo de RecursosHumanos del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la contadora pública Beatriz Fabiola TARAZONA LEGUIA, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Administración delInstituto de Desarrollo de Recursos Humanos delMinisterio de Salud, Nivel F-4. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 01811-2 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G61/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G6C/G65/G61/G2D /G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G53/G53/G41/G4C/G55/G44 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2006-TR Lima, 4 de setiembre de 2006 VISTOS: El escrito de fecha 10 de agosto de 2006 de la Confederación Nacional de InstitucionesEmpresariales Privadas - CONFIEP; el MemorándumNº 1697-2006-MTPE/4 de fecha 18 de agosto de 2006del Secretario General del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo; CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2. del Artículo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo está integrado entre otros, por tres representantes delos empleadores uno de los cuales representa a lamediana empresa elegidos por sus organizacionesrepresentativas; Que, asimismo el numeral 5.3 del artículo 5º de la citada Ley, establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) años, pudiendo serrenovados una sola vez por un período igual; Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 002-99- TR, Reglamento de la Ley Nº 27056, Ley de Creacióndel Seguro Social de Salud - ESSALUD, prescribe entre otros, que los representantes de los empleadores elegidos por cada uno de los gremios empresarialesrepresentativos de los grandes, medianos y pequeñosmicroempresarios, deberán ser acreditados ante elMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo ha recibido de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP , la comunicación defecha 10 de agosto de 2006, mediante el cual se designaal señor José María López de Romaña Montenegro comonuevo representante de la mediana empresa ante elConsejo Directivo de ESSALUD, elección que fue llevada a cabo por el Comité Ejecutivo de la CONFIEP en su sesión de fecha 8 de agosto de 2006; Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Consejo Directivo de ESSALUD, en representación delos empleadores con respecto a la mediana empresa;Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27506, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD; la Ley Nº 27594,Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos; el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reconocer como representante de los empleadores al señor JOSÉ MARIA LÓPEZ DEROMAÑA MONTENEGRO, ante el Consejo Directivodel Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación de la mediana empresa. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 01831-1 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G6F /G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/GE1/G6D/G61/G72/G61/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G61/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G2D/G20 /G43/G41/G50/G45/G43/G4F/G20 /G79/G20 /G6C/G61/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20 /G65/G6E/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G46/G54/G43/G43/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2006-TR Lima, 6 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 314-2006- TR, dispone que los convenios colectivos u otrosinstrumentos que resuelvan negociaciones colectivasa nivel de rama de actividad o de gremio, registradosante la Autoridad Administrativa de Trabajo, seanpublicados en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dentro de los 10 días hábiles siguientes a surecepción; Que, la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú y la Cámara Peruana de la Construcciónhan celebrado un convenio colectivo de rama de actividad, para el período 2006-2007, correspondiendo disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano yen la página web institucional; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que el convenio colectivo de rama de actividad celebrado entre la Cámara Peruanade la Construcción - CAPECO y la Federación deTrabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP ,por el período 2006-2007, y registrado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, se publique en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo