Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2006 (07/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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327522

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006

de la Ley Nº 28652 y los articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la contadora publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora General de la Oficina General de Administracion del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la contadora publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Administracion del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Nivel F-4. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 01811-2

Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27506, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1732002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Reconocer como representante de los empleadores al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representacion de la mediana empresa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 01831-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Reconocen a representante de empleadores de la mediana empresa ante el Consejo Directivo de ESSALUD
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310-2006-TR MORDAZA, 4 de setiembre de 2006 VISTOS: El escrito de fecha 10 de agosto de 2006 de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP; el Memorandum Nº 1697-2006-MTPE/4 de fecha 18 de agosto de 2006 del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2. del Articulo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo esta integrado entre otros, por tres representantes de los empleadores uno de los cuales representa a la mediana empresa elegidos por sus organizaciones representativas; Que, asimismo el numeral 5.3 del articulo 5º de la citada Ley, establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) anos, pudiendo ser renovados una sola vez por un periodo igual; Que, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 002-99TR, Reglamento de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, prescribe entre otros, que los representantes de los empleadores elegidos por cada uno de los gremios empresariales representativos de los MORDAZA, medianos y pequenos microempresarios, deberan ser acreditados ante el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo ha recibido de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, la comunicacion de fecha 10 de agosto de 2006, mediante el cual se designa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA como MORDAZA representante de la mediana empresa ante el Consejo Directivo de ESSALUD, eleccion que fue llevada a cabo por el Comite Ejecutivo de la CONFIEP en su sesion de fecha 8 de agosto de 2006; Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Consejo Directivo de ESSALUD, en representacion de los empleadores con respecto a la mediana empresa;

Disponen publicar convenio colectivo celebrado entre la Camara Peruana de la Construccion - CAPECO y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru - FTCCP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 315-2006-TR MORDAZA, 6 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolucion Ministerial Nº 314-2006TR, dispone que los convenios colectivos u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de MORDAZA de actividad o de gremio, registrados ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo dentro de los 10 dias habiles siguientes a su recepcion; Que, la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru y la Camara Peruana de la Construccion han celebrado un convenio colectivo de MORDAZA de actividad, para el periodo 2006-2007, correspondiendo disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que el convenio colectivo de MORDAZA de actividad celebrado entre la Camara Peruana de la Construccion - CAPECO y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru - FTCCP, por el periodo 2006-2007, y registrado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, se publique en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

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