NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 29
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 7 de setiembre de 2006 327527REPUBLICADELPERU renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 201º y 205º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones señalan que para obtener larenovación de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es necesario cumplir con los requisitos que en ellas se detallan, normas aplicables en virtud delmandato contenido en la Primera Disposición Final yTransitoria del Reglamento de la Ley de Radio yTelevisión; asimismo debe acompañarse el proyecto decomunicación, en aplicación de la Cuarta Disposición Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 879-2006-MTC/17.01.ssr, opina que la empresa RADIO FMSTEREO DENNY`S E.I.R.L., ha cumplido los requisitosestablecidos para el otorgamiento de la renovación de la autorización por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovación de autorización de la citada empresa; De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, laLey de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC con sus normascomplementarias y el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 493-95-MTC/15.17, a la empresa RADIO FM STEREO DENNY`S E.I.R.L., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonoracomercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidadde Talara, distrito de Pariñas, provincia de Talara,departamento de Piura. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento delplazo de vigencia de la Resolución Ministerial Nº 493-95-MTC/15.17, en consecuencia vencerá el 12 de febrerode 2013. La Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación, que deberá contener las condiciones esenciales y característicastécnicas autorizadas. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligacionesderivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estaciónradioeléctrica no excedan los valores establecidos comolímites máximos permisibles fijados, así como de efectuarlas mediciones semestrales a las que hace referenciadicha norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 01821-3 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 442-2006-MTC/03 Lima, 25 de agosto del 2006 VISTA, la Solicitud registro Nº 1998-01695007 del 6 de julio de 1998, presentada por la empresa RADIOMELODIA S.A., sobre renovación de autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Jacobo Hunter, provincia ydepartamento de Arequipa;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 192-93-TCC/ 15.17 del 21 de abril de 1993 se renovó la autorización ala empresa RADIO MELODIA S.A., para que continúeoperando, por el plazo de diez (10) años, el servicio de radiodifusión sonora comercial de las estaciones en Onda Media (OM) y Onda Corta Tropical (OCT), en el distritode Socabaya, provincia y departamento de Arequipa.Siendo sus respectivas fechas de vencimiento el 12 deoctubre del año 2002 para la estación de Onda Media(OM), y el 27 de setiembre de 1999 para la estación de Onda Corta Tropical (OCT); Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone quelas solicitudes de renovación de las autorizacionesvigentes a la fecha de su publicación (15 de febrero de2005), deberán acompañar el proyecto de comunicación conforme al numeral 4 del artículo 29º de dicho Reglamento; Que, el artículo 205º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesseñala que para obtener la renovación de la autorizacióndel servicio de radiodifusión es requisito indispensable haber cumplido con todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demás conceptos adeudadosvinculados a telecomunicaciones. Dicha disposición esaplicable al presente procedimiento conforme con laPrimera Disposición Final y Transitoria del Reglamentode la Ley de Radio y Televisión aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, por Memorando Nº 1236-2005-MTC/18 el Director General de Control y Supervisión deTelecomunicaciones remite al Director General deGestión de Telecomunicaciones, el Informe Nº 3031-2005-MTC/18.01.2 del 8 de julio de 2005 de la Subdirección de Control Provincias, que adjunta la Hoja de Datos Técnicos de la Estación de Onda Media (OM) autorizada a laempresa RADIO MELODIA S.A., consignando que ladirección de la Planta sito en PP .JJ. Caminos del Inca S/N, corresponde al distrito de Jacobo Hunter, y no aldistrito de Socabaya; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones opina mediante Informe Nº 889-2006-MTC/17.01.ssr., que la empresa RADIO MELODIAS.A., ha cumplido con los requisitos establecidos paracontinuar operando el servicio de radiodifusión, por loque emite su conformidad a la solicitud de renovación de autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de JacoboHunter, provincia y departamento de Arequipa; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por DecretoSupremo Nº 013-93-TCC y el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº28278 y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 005-2005-MTC, el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, el Decreto Supremo Nº 038- 2003-MTC con sus normas complementarias y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusiónaprobados por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 192-93-TCC/15.17 del 21 deabril de 1993, a la empresa RADIO MELODIA S.A., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de JacoboHunter, provincia y departamento de Arequipa. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente se otorga por el plazo de diez(10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Ministerial Nº 192-93-TCC/15.17, en consecuencia vencerá el 12 de octubre del año 2012.