Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2006 (10/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA 10 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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2006; documentos que hacen constar que los mencionados ciudadanos ya no son afiliados de dicho partido como consecuencia de la renuncia MORDAZA referida; del mismo modo, con relacion al ciudadano; en este sentido, habiendose acreditado la actual situacion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se da por cumplido con el requisito previsto por el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del movimiento regional "Siempre Adelante" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 033-2006JEE-CH emitida por dicho MORDAZA Electoral Especial, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicho movimiento regional para el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 01908-16 RESOLUCION Nº 1509-2006-JNE Exp. Nº 1286-2006 MORDAZA, 5 de setiembre de 2006 VISTO:

partido politico para postular, conforme lo dispone la normatividad electoral vigente; Que, el recurrente cumple con adjuntar en su recurso de apelacion el original de la solicitud de renuncia irrevocable como afiliada al partido politico "Peru Posible" asi como el original de la aceptacion de renuncia de fecha 24 de febrero del 2006, expedida por el Secretario Provincial de MORDAZA, por lo que cumple con adjuntar la prueba que acredita la renuncia respectiva dentro del plazo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094 y concordado con lo regulado en el numeral 10) del articulo 5º de la Resolucion Nº 1301-2006-JNE, Reglamento para la recepcion, calificacion e inscripcion de listas de candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2006; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico "Accion Popular"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 040-2006-JEE-CH de fecha 29 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion, la lista de candidatos de dicho partido politico, para el Concejo Distrital de Olmos, provincia y departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 01908-18 RESOLUCION Nº 1515-2006-JNE

En audiencia publica de fecha 5 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Carhuatanta MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Accion Popular", contra la Resolucion Nº 040-2006-JEE-CH de fecha 29 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo, que resuelve denegar la admision a tramite de inscripcion, de la lista de candidatos presentada por esta agrupacion, para el Concejo Distrital de Olmos, provincia y departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; y oido el informe oral; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 040-2006-JEE-CH, el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo denego la admision a tramite de inscripcion, de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Olmos, presentada por el partido politico "Accion Popular", para las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2006, al encontrarse la candidata a regidora, MORDAZA MORDAZA Paz de MORDAZA, afiliada al partido politico "Peru Posible", y no haber cumplido con adjuntar la renuncia a este o la autorizacion de dicho

Exp. Nº 1292-2006 MORDAZA, 5 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 5 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del movimiento regional "Movimiento Independiente Faena", contra la Resolucion Nº 053-06-JEE-TU, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Tumbes, que declara fundada la tacha interpuesta por la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la inscripcion de don Rogger MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a la Vicepresidencia del Consejo Regional de Tumbes, en las Elecciones Regionales del ano 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 053-06-JEE-TU, del 28 de agosto de 2006, el MORDAZA Electoral Especial de Tumbes, declaro fundada la tacha contra el candidato Rogger MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cuanto, ha venido trabajando como funcionario publico, dentro del periodo

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