NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (15/09/2006)
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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 15 de setiembre de 2006 328155REPUBLICADELPERU /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61 /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G4E/G6F/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G4D/GE9/G72/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G65/G73/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G41/G72/G6D/G61/G73/G20/G43/G6F/G6D/G61/G6E/G64/G6F/G20/G79/G20/G43/G6F/G6D/G62/G61/G74/G65/G20/G79/G20/G41/G72/G6D/G61/G73 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G73/G74/G61/G73/G2C/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G61/G6E/G74/G65/G73/G20 /G61/G20 /G6C/G61 /G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G32/G30/G30/G37 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 381-2006-DE/FAP Lima, 14 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 46º de la Ley Nº 13010 "Ascensos para el Personal Superior de la Fuerza Aérea del Perú", modificado por la Ley Nº 26686, establece que las Notas de Mérito de los Mayores Generales, serán impuestas por el Comandante General de la Fuerza Aérea y los Tenientes Generales en Situación Militar de Actividad que se encuentran prestando servicios en el país; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar, a los señores Oficiales Generales que se indican a continuación, como miembros integrantes de la Junta encargada de imponer las Notas de Mérito a los Mayores Generales de Armas Comando y Combate y Armas Especialistas, concursantes a la Promoción 2007: Presidente : General del Aire CONDE GARAY Luís Felipe Vocales : T eniente General FAP MENGONI VICENTE A ugusto V enancio Teniente General FAP GARAGORRI QWISTGAARD Alfonso Pablo Teniente General FAP GOMEZ VIZCARRA Miguel Ángel Teniente General FAP VILLACORTA BAZAN Fernando Moisés Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 02141-6 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G64/G65/G75/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G45/G78/G74/G65/G72/G6E/G6F DECRETO SUPREMO Nº 146-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, meDÍAnte el artículo 7.1º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 908 000 000,00 (NOVECIENTOS OCHO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Gobierno de los Estados Unidos de América, hasta por US$ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar la adquisición de torta de soya, bajo el Programa PL-480 de los Estados Unidos de América y de acuerdo con los términos y condicionesprevistos en un convenio para la venta de productos agrícolas a ser suscrito entre las partes; Que, tal endeudamiento se efectuará con cargo al Sub-Programa "Sectores Económicos y Sociales"referido en el literal a) del artículo 7.1º de la Ley Nº 28654; Que, la indicada operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en las LeyesNºs. 28563 y 28654; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y laOficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio deEconomía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citadaoperación de endeudamiento externo, en aplicación delliteral l) del artículo 22º de la Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional del Endeudamiento, y la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación y condiciones de la operación Apruébase la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y elGobierno de los Estados Unidos de América, a travésdel Commodity Credit Corporation, hasta por US$ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar laadquisición de torta de soya, bajo el Programa PL-480de los Estados Unidos de América y de acuerdo conlos términos y condiciones previstos en el Conveniopara la Venta de Productos Agrícolas a ser suscritoentre las partes. La citada operación de endeudamiento externo será cancelada en veintiséis (26) cuotas anuales, en lo posibleiguales, venciendo la primera cuota de amortización cinco(5) años después de la fecha de la última entrega deproductos en cada año calendario, devengando una tasade interés del 1% anual. Artículo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Especial PL-480, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, se encargará delmanejo económico, financiero y administrativo de laimportación de alimentos bajo el programa PL-480 delos Estados Unidos de América, de acuerdo con lostérminos y condiciones previstos en el Convenio parala Venta de Productos Agrícolas a ser suscrito entrelas partes. Artículo 3º.- Aranceles e impuestos Todos los aranceles e impuestos que deban pagarse por la importación de torta de soya cuyaadquisición se financia en el marco de la operaciónde endeudamiento externo objeto del presenteDecreto Supremo, serán depositados conjuntamentecon los recursos que se generen por la comerciali-zación del citado producto en la cuenta especial quepara tal efecto abra la Dirección Nacional del TesoroPúblico, y serán utilizados para los fines del Conveniopara la Venta de Productos Agrícolas a ser suscritoentre las partes. Artículo 4º.- Suscripción de documentos Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir, en representación de laRepública del Perú, el Convenio para la Venta deProductos Agrícolas que incorpora la operación deendeudamiento externo que se aprueba en el artículo 1ºde esta norma legal; así como al Director General de laDirección Nacional del Endeudamiento Público delMinisterio de Economía y Finanzas a suscribir losdocumentos que se requieran para implementar la citadaoperación.