Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2006 (15/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano viernes 15 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

328159

Que, por Resolucion Ministerial Nº 261-2005-JUS, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA Artola MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia, como representante del Ministerio de Justicia, ante el citado Comite; Que, mediante el documento de visto, el referido abogado ha formulado renuncia a dicha representacion, por lo que es necesario designar al representante del Ministerio de Justicia ante el Comite Directivo Nacional; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA Artola MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia, como representante del Ministerio de Justicia ante el Comite Directivo Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 018-2003-TR, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la senora abogada MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia, como representante del Ministerio de Justicia ante el Comite Directivo Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 018-2003-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 02067-2

Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005MIMDES se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del CONADIS, estableciendo la estructura organica de la institucion, disponiendo las funciones, atribuciones y facultades de las unidades organicas. Que, resulta necesario la unificacion de criterios y lineas de accion para la promocion de creacion, implementacion y acciones que deben seguir las Oficinas de Proteccion, Participacion y Organizacion de Vecinos con Discapacidad, teniendo en consideracion lo previsto en el articulo 13-A del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, asi como la condicion del CONADIS como ente rector en materia de discapacidad a nivel nacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 28164, concordante con lo establecido por el articulo 13-A, el numeral 12.6 y 12.11 del articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27050, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH y modificado con Decreto Supremo Nº 003-2006-MIMDES, el inciso l) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONADIS, aprobado con Decreto Supremo Nº 014-2005-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese los "Lineamientos de Politica de Accion para las Oficinas Municipales de Proteccion, Par ticipacion y Organizacion de Vecinos Con Discapacidad" que obra en anexo adjunto a la presente Resolucion y forma parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Encarguese a la Direccion de Promocion y Desarrollo Social la implementacion y monitoreo de la presente Resolucion de Presidencia, informando periodicamente a la Secretaria Ejecutiva el cumplimiento y avances de lo previsto en las disposiciones contenidas en los lineamientos aprobados. Articulo 3º.- Encarguese a la Secretaria Ejecutiva el cumplimiento de la presente Resolucion, informando a la Presidencia y notificando a las unidades organicas vinculadas la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidenta (e) Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad LINEAMIENTOS DE POLITICA DE ACCION PARA LAS OFICINAS MUNICIPALES DE PROTECCION, PARTICIPACION Y ORGANIZACION DE VECINOS CON DISCAPACIDAD I. OBJETIVO: Establecer los lineamientos de accion para las Oficinas Municipales de Proteccion, Participacion y Organizacion de Vecinos con Discapacidad, tambien denominadas Oficinas Municipales de Atencion a la Persona con Discapacidad OMAPED, teniendo en consideracion el rol activo que se le atribuye a los Gobiernos Locales en la implementacion de medidas que fomenten la participacion e integracion de las personas con discapacidad en los diferentes MORDAZA que involucran el desarrollo de una persona. II. FINALIDAD: - Promover los MORDAZA de coordinacion con los Gobiernos Locales y las Oficinas Municipales de Atencion a la Persona con Discapacidad y el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS. - Contribuir a la promocion del cumplimiento de las normas que protegen a las personas con discapacidad. - Facilitar la integracion de la persona con discapacidad en la comunidad, proporcionando asistencia tecnica para generar ingresos y asesoria en la organizacion interna, que permita contar con una OMAPED debidamente implementada y en funcionamiento para cada Gobierno Local a nivel nacional. - Unificar los criterios y lineas de accion, promoviendo la creacion e implementacion de las OMAPED en todos los Gobiernos Locales.

MIMDES
Aprueban "Lineamientos de Politica de Accion para las Oficinas Municipales de Proteccion, Participacion y Organizacion de Vecinos Con Discapacidad"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 099-2006-PRE/CONADIS MORDAZA, 7 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, se creo el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano PROMUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Que, los incisos a) y h) del articulo 8º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, encarga al CONADIS la formulacion y aprobacion de las politicas para la prevencion, atencion e integracion social de las personas con discapacidad, asi como la supervision del funcionamiento de todos los organismos que tienen con las personas con discapacidad. Que, en el articulo 10º de la Ley Nº 27050 se dispone la obligacion de los Gobiernos Locales de aperturar las Oficinas de Proteccion, Participacion y Organizacion de Vecinos con Discapacidad para el desarrollo, ejecucion y evaluacion de programas, proyectos y servicios que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las personas con discapacidad. Que, el articulo 13-A del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH e incorporado con Decreto Supremo Nº 003-2006-MIMDES, establece que el CONADIS, para la contribucion y obligaciones previstas en el articulo 10º de la Ley Nº 27050 a cargo de los Gobiernos Regionales y Locales, debe expedir los lineamientos de la politica institucional para dicho fin.

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