Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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UB

LICA DEL P E

RU

328234

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

intercomunicadores, 1 radiador de aire caliente, 3 cubiertas plasticas, 1 MORDAZA electrica, 1 botella de oxigeno, 1 soporte de aluminio para botella de oxigeno, 1 base de asiento posterior, 1 agarradera cromada, 1 MORDAZA con 368 tornillos, 4 cubiertas plasticas de aros, 1 malla de seguridad (accesorios de camilla), 1 MORDAZA para interior de MORDAZA, 2 escarpines de ruedas de metal, 1 nebulizador M 17 Cx, 1 equipo desfibrilador con accesorios, 1 mascara (parrilla) exterior Ford 2000, 1 ventilador interior, 1 panel de control interior (relays), 1 MORDAZA de metal MORDAZA bateria, 1 compresor de aire, 1 gata de manual, 2 repisas interiores plasticas, 2 estribos laterales de metal, 2 estribos posteriores de metal, 1 vitrina rectangular interior, 1 vitrina cuadrada interior, 1 banca forrada de MORDAZA, 5 paneles forrados interiores (techo), 5 paneles plasticos laterales interiores, y 1 panel divisor interno de metal, con un peso MORDAZA de 576.00 kilos y valorizado en US$ 8,345.00 (Ocho mil trescientos cuarenta y cinco y 00/100 Dolares americanos), amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 118-2005-10030296-01-0 de fecha 04-Mar-05. La donacion sera destinada a la filial de la Sociedad Peruana de la MORDAZA Roja de Nazca; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por The Gabriele Charitable Trust a favor de la SOCIEDAD PERUANA DE LA MORDAZA ROJA - MORDAZA ROJA PERUANA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por The Gabriele Charitable Trust a favor de la SOCIEDAD PERUANA DE LA MORDAZA ROJA - MORDAZA ROJA PERUANA consistente en tres (3) bultos conteniendo 1 asiento posterior con base de metal, 1 MORDAZA de aluminio, 1 pasamanos de metal agarradera, 1 asiento tapizado (cubierta posterior), 1 repisa de MORDAZA (cubierta techo), 1 asiento delantero acolchado, 1 respaldo de asiento, 2 cubiertas laterales de asiento, 2 focos exterior, 1 palanca de metal para gata, 1 tablero de ducto de ventilacion, 1 MORDAZA de aluminio, 3 focos interiores, 2 intercomunicadores, 1 radiador de aire caliente, 3 cubiertas plasticas, 1 MORDAZA electrica, 1 botella de oxigeno, 1 soporte de aluminio para botella de oxigeno, 1 base de asiento posterior, 1 agarradera cromada, 1 MORDAZA con 368 tornillos, 4 cubiertas plasticas de aros, 1 malla de seguridad (accesorios de camilla), 1 MORDAZA para interior de MORDAZA, 2 escarpines de ruedas de metal, 1 nebulizador M 17 Cx, 1 equipo desfibrilador con accesorios, 1 mascara (parrilla) exterior Ford 2000, 1 ventilador interior, 1 panel de control interior (relays), 1 MORDAZA de metal MORDAZA bateria, 1 compresor de aire, 1 gata de manual, 2 repisas interiores plasticas, 2 estribos laterales de metal, 2 estribos posteriores de metal, 1 vitrina rectangular interior, 1 vitrina cuadrada interior, 1 banca forrada de MORDAZA, 5 paneles forrados interiores (techo), 5 paneles plasticos laterales interiores, y 1 panel divisor interno de metal, con un peso MORDAZA de 576.00 kilos y valorizado en US$ 8,345.00 (Ocho mil trescientos cuarenta y cinco y 00/100 Dolares americanos), amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 118-2005-10030296-01-0 de fecha 04-Mar-05. La donacion sera destinada a la filial de la Sociedad Peruana de la MORDAZA Roja de Nazca. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02177-1

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1107/RE
MORDAZA, 8 de setiembre de 2006 Visto, los Expedientes Nº 3610-2006, Nº 11378-2005 y Nº 9183-2005, presentados por la ASOCIACION FUNDACION CONTRA EL HAMBRE mediante los cuales solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Korea Food for the Hungry International (KFHI), con sede en Seul, Korea. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 05599-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION FUNDACION CONTRA EL HAMBRE, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion de fecha 5 de MORDAZA de 2005, legalizada por la Seccion Consular de la Embajada del Peru en Seul se observa que, Korea Food for the Hungry International (KFHI) ha efectuado una donacion a favor de la ASOCIACION FUNDACION CONTRA EL HAMBRE; Que, el bien donado consiste en 1,650 estuches de lapices, 100 pizarras MORDAZA, 720 lapices de MORDAZA, 200 maletines/mochilas, 1,440 cintas Scotch, 720 juegos de lapices, 1,800 lapices, y 110,358 cuadernos, con un peso MORDAZA de 14,200.00 kilos y un valor CIF de US$ 12,673.00 (Doce mil seiscientos setenta y tres y 00/100 Dolares americanos), arribados en un contenedor de 20´ Nº TCKU2311548, para ser distribuida entre los ninos y adolescentes patrocinados de las comunidades ubicadas en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, MORDAZA y en la region Ucayali, donde el FHI - Peru ejecuta su programa de desarrollo infantil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Korea Food for the Hungry International (KFHI) a favor de la ASOCIACION FUNDACION CONTRA EL HAMBRE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Korea Food for the Hungry International (KFHI) a favor de la ASOCIACION FUNDACION CONTRA EL HAMBRE, consistente en 1,650 estuches de lapices, 100 pizarras MORDAZA, 720 lapices de MORDAZA, 200 maletines/mochilas, 1,440 cintas Scotch, 720 juegos de lapices, 1,800 lapices, y 110,358 cuadernos, con un peso MORDAZA de 14,200.00 kilos y un valor CIF de US$ 12,673.00 (Doce mil seiscientos setenta y tres y 00/100 Dolares americanos), arribados en un contenedor de 20´ Nº TCKU2311548, para ser distribuida entre los ninos y adolescentes patrocinados de

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