Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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de los portales de Internet y, de brindar la informacion solicitada en virtud de dicha Ley, inclusive en las oficinas desconcentradas o descentralizadas, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 136-2005DVMPEMPE/ATU del 20 de MORDAZA de 2005, se designaron a las personas responsables de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet y, de brindar la informacion solicitada en virtud de dicha Ley; Que, resulta necesario designar a nuevos responsables de dichas actividades en las distintas oficinas del Programa debido a que alguno de ellos ya no prestan servicios al Programa; Con el visado de la Oficina de Asesoria Legal; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en su Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 228-2006TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a MORDAZA MORDAZA PENAFIEL MORDAZA, Jefe de la Oficina de Informatica, como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano". Articulo 2º.- Designar a MORDAZA GALIANO MORDAZA, Secretario Tecnico (e), como responsable de brindar la informacion del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano", solicitada en la oficina nacional en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 3º.- Designar en las Oficinas del Programa, como responsables de brindar la informacion solicitada del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano", en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, a las personas siguientes:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 OFICINA DEL PROGRAMA Oficina Amazonas Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina Chota Oficina MORDAZA Oficina Huancavelica Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina Ica Oficina MORDAZA Oficina La MORDAZA Oficina La MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Centro Oficina MORDAZA Este Oficina MORDAZA Norte Oficina MORDAZA Sur Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA de MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina Pasco Oficina MORDAZA Oficina MORDAZA Oficina San MORDAZA Oficina Tacna Oficina Tumbes Oficina Ucayali NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urcia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duban MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roncal Dilmar MORDAZA Villena Murveli MORDAZA MORDAZA Montreuil MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jairzinhno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendiburu Mendocilla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hansel MORDAZA Paz MORDAZA Deifilio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Negrete del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Elvino MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jhonny MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maguina MORDAZA

infraestructura, asi como la organizacion, sistematizacion y publicacion de la informacion a la que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su reglamento. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 136-2005-DVMPEMPE/ATU del 20 de MORDAZA de 2005, y toda aquella disposicion que contravenga a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. WILBER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional del Programa "A Trabajar Urbano" 02182-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizaciones a asociacion y persona natural para prestar servicios de radiodifusion sonora educativa y comercial en las localidades de Perene y Celendin
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 467-2006-MTC/03
MORDAZA, 1 de septiembre del 2006 VISTO, el Expediente Nº 2002-009461 presentado por la asociacion MINISTERIO LA LUZ, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada, en el distrito de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe acompanarse la documentacion tendiente a verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Perene al distrito de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. Que, mediante Informe Nº 854-2006-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la asociacion MINISTERIO LA LUZ cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida asociacion la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la MORDAZA mencionada

Articulo 4º.- Las personas designadas a traves de la presente Resolucion, deberan prever una adecuada

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