Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

328245

Articulo Segundo.- Para la expedicion de las medidas pertinentes destinadas a efectivizar la aludida Reestructuracion, se nombro una Comision conformada por los senores doctores MORDAZA Sivina MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Postigo y MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, Vocal Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Supremo cesante de este Supremo Tribunal, cuya Presidencia la ejercera el Vocal Titular de mayor antiguedad en el cargo, doctor MORDAZA Sivina Hurtado. Articulo Tercero.- Dicha Comision debera dar cuenta de sus actividades a la Sala Plena de la Corte Suprema, a efectos de que se adopten las resoluciones pertinentes en orden a la Reestructuracion dispuesta. Articulo Cuarto.- Asimismo, se faculta a los senores Vocales Titulares del Supremo Tribunal, a efectuar visitas inopinadas a cualquier organo jurisdiccional de la Republica, debiendo la Gerencia General del Poder Judicial prestar todo el apoyo que se requiera. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

Primero.- Cancelar el titulo de Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y COZ. Segundo.- Cancelar el titulo de Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de Lauricocha, Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA SUAREZ. Tercero.- Expedir el titulo de Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de Lauricocha, Distrito Judicial de MORDAZA, a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y COZ. Cuarto.- Expedir el titulo de Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA SUAREZ. Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la senora Fiscal de la Nacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 02175-1

MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO Presidente 02111-1

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Expiden titulos de Fiscales Provinciales Titulares de fiscalias provinciales mixta y penal del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 262-2006-CNM
MORDAZA, 29 de agosto de 2006 VISTO: El Oficio Nº 2332-2006-MP-FN, de fecha 4 de agosto de 2006, de la senora Fiscal de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, la senora Fiscal de la Nacion, mediante Oficio Nº 2332-2006-MP-FN, de fecha 4 de agosto de 2006, remite para conocimiento y fines consiguientes, MORDAZA certificada de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 953-2006MP-FN, de fecha 31 de MORDAZA de 2006, que dispone la permuta definitiva entre los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Coz, Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de Lauricocha, ambos del Distrito Judicial de Huanuco; Que, el articulo 4º inciso d. del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM, dispone que el Consejo extendera el titulo oficial al Juez o Fiscal por permuta, debidamente motivada; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion de fecha 24 de agosto de 2006, y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, y 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-;

Declaran fundadas apelaciones interpuestas contra resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales de Oxapampa, MORDAZA, Maynas, MORDAZA Este y Chachapoyas
RESOLUCION Nº 1567-2006-JNE
Exp. Nº 1342-2006-APEL MORDAZA, 11 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 11 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion y el escrito presentado en la fecha por el personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano", acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Oxapampa, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 057-2006-JEEO/JNE de fecha 31 de agosto de 2006, expedida por dicho MORDAZA Electoral Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de Oxapampa resolvio denegar a tramite la solicitud de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de Pozuzo, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, del partido politico "Partido Aprista Peruano", en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; debido a que del reporte emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas se aprecia que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Witting Schaus, candidato a MORDAZA, MORDAZA Gstir Randolf, Tany MORDAZA Ballesteros Kohel y Eudosio Ballesteros MORDAZA, candidatos a regidores, son afiliados al partido politico "Despertar Nacional", no habiendose anexado documento alguno que acredite su renuncia o autorizacion expresa para participar por otra organizacion politica en este MORDAZA electoral, contraviniendo lo dispuesto por el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, el recurrente expresa agravios senalando que se ha denegado la admision a tramite de su solicitud de inscripcion pese a que los mencionados candidatos son militantes del partido politico "Partido Aprista Peruano"; Que, asimismo, el recurrente presenta copias legalizadas de las cedulas de inscripcion Nº 552745, 552725, 552738 y 552733, de fechas 29, 07, 13 y 20 de octubre de 2003, correspondientes a la reinscripcion al partido politico "Partido Aprista Peruano" de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Witting Schaus, MORDAZA Gstir Randolf, Tany MORDAZA Ballesteros Kohel y Eudosio Ballesteros MORDAZA, respectivamente; y,

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