Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Fijan montos de remuneracion del MORDAZA y de dietas de regidores
ACUERDO DE CONCEJO N° 025 Lince, 4 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE POR CUANTO: El Concejo de Lince en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo que establece el Articulo 194° de la Constitucion Politica en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005, de fecha 23 de enero de 2007, el Concejo Municipal de Lince acordo fijar la remuneracion mensual del MORDAZA y las dietas de los Regidores por su asistencia a cada sesion de concejo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007PCM, publicado el 22 de marzo de 2007, se establecen disposiciones que permiten a los Concejos Municipales determinar los ingresos, por todo concepto, de los Alcaldes Provinciales y Distritales, asi como las dietas de los Regidores, en el MORDAZA de la Ley Nº 28212 publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 27 de MORDAZA de 2004 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 de fecha 30 de diciembre de 2006. En ese sentido, el procedimiento establecido determina que los ingresos seran en proporcion a la poblacion electoral de la circunscripcion, precisando que la adecuacion a la MORDAZA en cuestion debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo, dentro de los quince (15) dias de su entrada en vigencia; Que, de conformidad con lo establecido en el dispositivo precitado, corresponde al MORDAZA de la Municipalidad de Lince como remuneracion mensual, por todo concepto, la suma de S/ 6,500.00 y a los Regidores el 30% de dicho monto; En uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta el Concejo por UNANIMIDAD; ACORDO: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 005 de fecha 23 de enero de 2007, por las consideraciones expuestas. Articulo Segundo.- Fijar la remuneracion mensual del MORDAZA de la Municipalidad de Lince en la suma de S/. 6,500.00 (Seis mil quinientos con 00/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- Fijar la dieta de los Regidores de la Municipalidad de Lince en un equivalente al 15% de la remuneracion del MORDAZA, fijado en el articulo precedente, por asistencia efectiva a cada sesion de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de dos (2) sesiones al mes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

El Concejo Municipal de Chaclacayo en Sesion Ordinaria de la fecha con el MORDAZA unanime de los senores Regidores ha aprobado la siguiente Ordenanza:

ESTABLECEN BENEFICIO PARA PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS QUE REGULARICEN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN FORMA VOLUNTARIA, POR MORDAZA DE FISCALIZACION Y/O COMO RESULTADO DEL CATASTRO PREDIAL MORDAZA
Articulo Primero.- CONFERIR al Acta de Verificacion Tecnica derivada del MORDAZA de fiscalizacion tributaria y a la Ficha Catastral derivada del Programa de Actualizacion Catastral efectuado por la Municipalidad de Chaclacayo, el caracter de DECLARACION JURADA para los efectos de actualizar las caracteristicas fisicas respecto del registro que de ellos tiene la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, y la posterior determinacion de los tributos que le corresponda. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que suscriban el ACTA DE VERIFICACION TECNICA derivadas del MORDAZA de fiscalizacion tributaria y/o la Ficha Catastral derivado del Programa de Actualizacion Catastral efectuado por la Municipalidad de Chaclacayo, podran cancelar su deuda tributaria con los siguientes beneficios: a) La condonacion total (100%) de las Multas Tributarias determinadas como producto del MORDAZA de fiscalizacion y/o actualizacion tributaria. b) La condonacion del 100% del interes moratorio de los tributos omitidos y de las Multas Tributarias determinadas. Los contribuyentes omisos a la declaracion jurada de inscripcion y/o actualizacion que voluntariamente presenten declaracion jurada, podran acogerse al beneficio senalado. Articulo Tercero.- Aquellos contribuyentes que regularicen su situacion tributaria conforme a lo dispuesto por el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza podran fraccionar el pago de su deuda tributaria acogiendose a lo dispuesto por el Reglamento de Fraccionamiento vigente, aprobado mediante Ordenanza Nº 084-MDCH. Articulo Cuarto.- Podran acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, los contribuyentes que como resultado de un MORDAZA de fiscalizacion ya efectuado a la fecha, se les MORDAZA emitido Resoluciones de Determinacion y/o Multa Tributaria MORDAZA de la dacion de la presente Ordenanza. En el caso que las Resoluciones de Determinacion y/o Multa Tributaria emitidas se encuentren reclamadas y/o apeladas ante el Tribunal Fiscal, los contribuyentes tendran que presentar un escrito de desistimiento, el mismo que sera tramitado conforme a lo dispuesto en el Codigo Tributario: En el caso en que dichos valores MORDAZA materia de un procedimiento de Ejecucion Coactiva, los contribuyentes tendran previamente que pagar las costas y gastos administrativos correspondientes para acogerse al beneficio. Articulo Quinto.- AUTORIZAR al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas que se considere necesaria a fin de complementar lo dispuesto en la presente Ordenanza, incluyendo la ampliacion de la vigencia del beneficio, de ser necesario. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y a la Oficina de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza tendra vigencia desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 31 de MORDAZA del 2007. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA

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