Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

343495

MORDAZA LEGAL - Constitucion Politica del Peru. - Ley General del Ambiente: Ley Nº 28611, publicada el 13 de octubre de 2005. - Ley del Sistema Portuario Nacional: Ley Nº 27943, publicada el 1 de marzo de 2003. - Ley General de Residuos Solidos: Ley Nº 27314, publicada el 20 MORDAZA del 2000. - Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental (SNGA): Ley Nº 28245, publicada el 4 de junio de 2004. - Reglamento de la Ley Nº 28245, Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM del 28 de enero de 2005. - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental: Ley Nº 27446, publicada el 23 de MORDAZA de 2001. - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion: Ley Nº 28296, publicada el 22 de MORDAZA de 2004 - Reglamento de Investigaciones Arqueologicas: R.S. Nº 004-2000-ED, publicado el 25 de enero de 2000. - Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional: D. S. Nº 003-2004-MTC, publicado el 4 de febrero de 2004. - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional: D.S. Nº 034-2004-MTC, publicado el 22 de agosto de 2004. - Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC: Programa Nacional de Desarrollo Portuario-PNDP, publicado el 19 de marzo de 2005. - Resolucion Ministerial Nº 116-2003-MTC/02 que crea el Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboracion de Estudios de Impacto Ambiental en el Subsector Transportes, publicada el 19 de febrero de 2003. - Reglamento de la Resolucion Ministerial Nº 1162003-MTC/02 a traves de la Resolucion Directoral Nº 004-2003-MTC/16, emitida por la Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales, publicada el 30 de marzo del 2003. - Convenios y Compromisos Internacionales que tengan relacion con las actividades portuarias que apliquen al proyecto, especialmente el Convenio Internacional sobre Prevencion de la Contaminacion del Medio MORDAZA por Buques de 1973 y en su forma enmendada por el Protocolo de 1978, denominado MARPOL 73/78. MORDAZA INSTITUCIONAL Se debera indicar que instituciones estan relacionadas con el proyecto, en lo que concierne a los aspectos ambientales. - Autoridad Portuaria Nacional-APN - Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves de: - Direccion General de Transporte Acuatico - Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales - Ministerio de Defensa-Direccion de Capitanias y Puertos-DICAPI - Ministerio de Salud a traves de: - Direccion General de Salud Ambiental-DIGESA - Ministerio de Agricultura a traves de: - Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA - Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA - Instituto Nacional de Cultura-INC CAPITULO III DESCRIPCION DETALLADA DEL PROYECTO Se efectuara una descripcion tecnica del proyecto, con una MORDAZA general de cada fase y actividad portuaria, ingenieria de las instalaciones propuestas y de las acciones o programas previstos. Esta debe incluir: - Programa de operacion, - Senalizacion portuaria, - Instalaciones portuarias de tierra y maritimas, - Requerimiento de agua potable, energia electrica, instalaciones de recepcion de residuos, aguas sucias y basuras, derrames accidentales, posibles accidentes, planes de emergencia y programa de mantenimiento

3.1. Descripcion de la Infraestructura Portuaria Actual Item que considerara en detalle las caracteristicas de la infraestructura portuaria Actual, lo cual conllevara a definir las actividades que se desarrollaran en el PAMA. 3.2. Descripcion de la Infraestructura Portuaria Futura Item que considerara el contenido del proyecto que sera desarrollado y modificara la infraestructura del puerto. CAPITULO IV AREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO El Area de Influencia de un proyecto es aquella porcion de territorio, compuesta por elementos bioticos, abioticos y por poblacion humana en diferentes formas de organizacion y asentamiento, que podrian ser afectados positiva o negativamente por la ejecucion y puesta en funcionamiento de un determinado proyecto. Incluye el territorio adyacente a la obra, asi como los espacios socio-economicos y culturales vinculados a dicho territorio o al servicio que brinda la obra. 4.1. DEFINICION DE AREA DE INFLUENCIA DIRECTA El Area de Influencia Directa (AID) lo constituye aquel territorio que, adicionalmente a los posibles impactos sociales, economicos, politicos y culturales, podrian experimentar impactos en su medio fisico y biotico provocados por la ejecucion de la obra, ya sea porque esta se ubicara en el espacio maritimo en donde circulan, brindan servicios o extraen recursos, o por el asentamiento temporal de areas auxiliares 4.2. DEFINICION DE AREA DE INFLUENCIA INDIRECTA El Area de Influencia Indirecta (AII) lo constituye aquel territorio cuya poblacion no es impactada por los trabajos en la obra o sus areas auxiliares, pero sin embargo, experimentaran impactos, negativos o positivos, por efecto de determinadas dinamicas sociales, economicas, politicas y culturales que confluyen o son provocadas por el uso que se le de a la obra luego de concluido el proyecto. Areas Naturales Protegidas Si el proyecto portuario se superpusiera a Areas Naturales Protegidas o a sus zonas de amortiguamiento, se debera tener en cuenta las exigencias establecidas en el Articulo 95º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas (Decreto Supremo Nº 038-2001AG), asi como por los lineamientos y zonificacion contemplados en los respectivos Planes Maestros de cada ANP. CAPITULO V ESTUDIO DE LINEA BASE AMBIENTAL El estudio de Linea Base Ambiental tiene como finalidad describir y caracterizar la condicion de los componentes terrestre, MORDAZA, socio-economico y cultural en donde se llevan a cabo las actuales operaciones portuarias y las futuras operaciones proyectadas, identificando los puntos criticos en la instalacion y operacion de los Puertos. La caracterizacion incluira tanto las condiciones del area directamente afectada por las instalaciones del proyecto; asi como tambien las areas indirectamente relacionadas con las instalaciones. 5.1. Diagnostico del Medio Fisico Se presentara la informacion correspondiente a las condiciones actuales del puerto en aire, agua, ruido, suelos y residuos (solidos y liquidos). Se debera respetar los decretos supremos referidos a los limites maximos permisibles y estandares de calidad ambiental. Componente Terrestre - Meteorologia, calidad del aire y ruido - Geologia y morfologia - Suelos y riesgos naturales - Efluentes liquidos - Residuos Solidos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.