Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

situacion que revela el respaldo de sus colegas vocales superiores de ese Distrito Judicial. Decimo tercero: En lo referente al patrimonio de la evaluada se aprecia de los documentos que obran en el expediente y de lo vertido en su entrevista personal, que adquirio de manera progresiva diversos bienes muebles e inmuebles los cuales aparecen en sus respectivas declaraciones juradas; asimismo segun informacion proporcionada por las Oficinas Registrales de MORDAZA y Juliaca (Puno), existe coincidencia entre los bienes declarados y los registrados. Decimo cuarto: Que, la evaluacion del factor idoneidad de la magistrada esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente, esto es una debida actualizacion de manera que cuente con capacidad para realizar su funcion de Juez, acorde con las exigencias ciudadanas. Decimo quinto: Que, en lo referente al aspecto de idoneidad, en cuanto a su produccion jurisdiccional, segun oficios Nºs. 776 y 1171-2007-SG-CS-PJ de fecha 1 y 9 de febrero de 2007, respectivamente, remitida por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, se advierte que durante el ano 1996 ha expedido 165 autos y sentencias, asimismo durante el ano 1997 ha expedido 71 autos y sentencias, sin la indicacion del numero de expedientes ingresados; respecto a la produccion desde el 31 de diciembre de 1993 al 28 de agosto de 2002, ante la Sala Penal Itinerante de MORDAZA, no precisa numero de causas ingresadas, solo indica causas resueltas del ano 1997 ascendente a 86 y del ano 1998 ascendente a 18; del ano 2006 senala 423 causas ingresadas, indica que el numero de autos y sentencias definitivas del ano 1997 es de 57 (que difiere de la informacion anterior, que fue de 71) y del ano 2006 es de 127, e informa que en el ano 2006 no registra procesos penales con plazo vencido ni pendientes de resolver, que registra 10 procesos considerados de especial complejidad, y que ante la instancia superior registra 29 procesos cuyo tramite se encuentra suspendido. Ante la Sala Civil de San MORDAZA informa que en los anos 1997, 1998, 1999 y 2001 ha emitido la cantidad de 307 resoluciones, sin especificar a que rubro se refiere. Sobre este aspecto la evaluada en su entrevista personal manifesto que dicha informacion estaba incompleta y que los datos alli expresados son menores a los reales. Que, realmente la informacion proporcionada no permite establecer promedios ni determinar una calificacion especifica, lo cual evidencia que la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, hoy a cargo de la evaluada, no cuenta con un adecuado sistema estadistico referido a la produccion jurisdiccional de sus magistrados por lo que, es imperativo exhortar a que se implemente dicho sistema. Decimo sexto: Que, respecto a la calidad de sus resoluciones, el informe emitido por el especialista determina que dichas resoluciones en su mayoria son aceptables, respecto a la comprension del problema juridico y la claridad de su exposicion, a la solidez de la argumentacion para sustentar la tesis que acepta y refutar la que rechaza, y al analisis de los medios probatorios y la justificacion de la omision; en cuanto a sus publicaciones se advierte que en su mayoria son interesantes y utiles para estudiantes de derecho, magistrados y abogados; criterios que este Consejo valora y asume tambien con ponderacion. Decimo setimo: Que, respecto a la capacitacion, en el caso de la evaluada Pastora MORDAZA Butron MORDAZA, debe considerarse, dentro del periodo de evaluacion, que asistio a diversos eventos academicos en forma MORDAZA, asi tenemos que participo como ponente en 8 oportunidades, en calidad de organizadora en 7 ocasiones; como asistente en 18 ocasiones, ademas ante la Academia de la Magistratura registra haber asistido a 7 cursos o seminarios, demostrando con todo ello una preocupacion por capacitarse y actualizarse; ha presentado tres articulos en revistas; asi tambien debe considerarse que es graduada de la Maestria en Investigacion y Docencia en Educacion Superior de la Universidad Particular MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Juliaca y que viene cursando una Maestria en Derecho Civil en la mencionada universidad, ademas es egresada

del Doctorado en Derecho de la Universidad Particular MORDAZA Garcilaso de la Vega; lo cual evidencia capacitacion y preocupacion MORDAZA por actualizarse. Decimo octavo: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico y psicologico practicado a la doctora Pastora MORDAZA Butron MORDAZA, cuyas conclusiones se mantienen dentro de la reserva que el caso amerita. Decimo noveno: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta unicamente aquellos elementos objetivos glosados anteriormente para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion que nos ocupa, se ha determinado por unanimidad la conviccion del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confianza a la magistrada evaluada y ratificarla en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA por satisfacer niveles adecuados en su conducta e idoneidad. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales y de conformidad con lo prescrito por el inciso 2 del articulo 154 de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21 inciso b) y articulo 37 inciso b) de la Ley Nº 26397 ¨ Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29 del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, debidamente aprobado por resolucion N° 1019 ­ 2005 ­ CNM, y al acuerdo unanime adoptado por el Pleno en sesion de fecha 15 de marzo de 2007. SE RESUELVE: Primero.- Renovar la confianza a la doctora Pastora MORDAZA Butron MORDAZA, y en consecuencia ratificarla en el cargo de Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Puno. Segundo.- Exhortar a la magistrada ratificada para que mejore su actuacion y supervision sobre el personal a su cargo, para no ser pasible de sanciones disciplinarias; asimismo para que en su condicion de Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en funciones, proceda a implementar un adecuado sistema de registro estadistico de la produccion jurisdiccional en ese Distrito Judicial. Tercero.- Notificar personalmente a la magistrada, remitiendose MORDAZA certificada de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con el articulo 32 del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico modificado por resolucion N° 039 ­ 2006 ­ PCNM, publicado el 16 de MORDAZA del 2006. Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina del Registro de Jueces y Fiscales de este Consejo Nacional de la Magistratura, para la anotacion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO MORDAZA VEGAS GALLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48151-1 RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 029-2007-PCNM MORDAZA, 16 de marzo de 2007 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion de la doctora MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA

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