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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2007 350990 crédito presupuestal a la fecha de la elaboración del informe es de S/. 10,494.52 nuevos soles, importe que cubre el requerimiento solicitado en gastos de hospedaje, alimentación y pasajes de los representantes de la Municipaldiad; Que, con Memorando Nº 0825-2007-MPC-GGAJC se remite el Informe Legal Nº 0819-2007-MPC-GGAJC-SGGA de la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos, informa que de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2007, Ley Nº 28927, en su artículo 4 , sobre austeridad, numeral 3, sobre bienes y servicios, están prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos, con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios de relaciones exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se re fi ere la Ley Nº 28212 lo cual expresamente señala que están exceptuados de esta prohibición los altos funcionarios a que se re fi ere la Ley Nº 28212, en el artículo 2 sobre jerarquía de los altos funcionarios del Estado en el inciso J) a los alcaldes provinciales y regidores provinciales; emitiendo opinión que lo actuado pase a sesión de Concejo para su autorización en uso de sus facultades; Estando lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; ACUERDA:1.Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Guayaquil – Ecuador, del señor Alcalde Dr. Félix Moreno Caballero y de la regidora Gloria Elizabeth Lara Ávila, los días 8, 9, 10 y 11 de agosto del 2007, para conocer las obras de trascendencia internacional que se viene llevando a cabo en dicha Ciudad y llevar a cabo reuniones de trabajo con el señor Jaime Nebot Saadi, Alcalde de la Ciudad de Guayaquil. 2.Autorizar el egreso de US$ 3,160.50 dólares americanos para los representantes de la Municipalidad, los gastos que irrogue el cumplimiento del Acuerdo estarán a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme se detalla a continuación: Félix Moreno Caballero Pasajes : US $ 550.00Viáticos (US $200X 5 días) : US $ 1,000.00Tarifa CORPAC : US $ 30.25 Gloria Elizabeth Lara Avila Pasajes : US$ 550.00Viáticos (US $200X 5 dias) : US$ 1,000.00Tarifa CORPAC : US$ 30.25 3.- Encargar el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, señor Pío Salazar Villarán, hasta el regreso del señor Alcalde. 4.-Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 93736-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Adecúan procedimientos del TUPA a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento ORDENANZA Nº 009-2007-MDLP/ALC La Punta, 1 de agosto del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTAPOR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de La Punta, en sesión ordinaria de fecha 1 de agosto del 2007; y, VISTO, el Informe Nº 072-2007-MDLP/GPP e Informe Nº 186-2007-MDLP/GAL, emitidos por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y por la Gerencia de Asesoría Legal, respectivamente; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a los artículos 194º, 195º y 196º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son órganos del gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de la localidad, asimismo establecen los bienes y rentas de las municipalidades; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 9º numeral 8, establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo en el numeral 9, del citado artículo faculta al Concejo crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece criterios de aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA para las instituciones del Sector Público; Que, la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, establece criterios para la evaluación previa de los procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, publicada el 5 de febrero del presente, establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento expedida por las municipalidades; asimismo, según la Primera Disposición Final, Transitoria y Complementaria, corresponde a las municipalidades adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA en un plazo de 180 días calendario; Que, mediante Ordenanza Nº 04-2004-MDLP/ALC, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Punta; modi fi cado con Ordenanzas Nº 016-2004-MDLP y Nº 005- 2005-MDLP/ALC, el cual requiere la adecuación de los procedimientos en el marco de la Ley Nº 28796; por lo que se propone las modi fi caciones, exclusiones e inclusión de los procedimientos al TUPA vigente; Que, estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE ADECÚA LOS PROCEDIMIENTOS DEL TUPA A LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- APRUÉBESE las modi fi caciones, exclusiones e inclusión de los procedimientos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Punta, aprobado mediante Ordenanza Nº 04-2004-MDLP/ALC y modi fi cado con Ordenanzas Nº 016-2004-MDLP y Nº 005-2005-MDLP/ALC, según el anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza y RATIFÍCASE en los extremos que no han sido modi fi cados. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la modi fi cación del Reglamento de Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde