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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2007 350997 2.- Certi fi cado de Licencia Municipal original. 3.- Copia simple del Testimonio de Cambio de Denominación y/o Razón Social. 4.- Recibo de pago por derecho de trámite correspondiente. 5.- El derecho de pago para solicitar el cambio de denominación y/o razón social de las Licencias es el 50 %, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º - Clasi fi cación de la Licencia Municipal de Funcionamiento, según el tipo de procedimiento. Artículo 23º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA MODIFICACIÓN DE GIRO Y/O ÁREA DEL ESTABLECIMIENTO Son requisitos para obtener una nueva Licencia Municipal de Funcionamiento cuando se de la modi fi cación de giro y/o área del establecimiento: 1.- Formulario Solicitud Declaración Jurada de Licencia Municipal de Funcionamiento. 2.- Certi fi cado de licencia municipal de funcionamiento original o denuncia policial por robo o similar. 3.- Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria según corresponda 4.- Recibo de pago por derecho de trámite correspondiente. 5.- El derecho de pago para solicitar el cambio de denominación y/o razón social de las Licencias es el 50 % de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º - Clasi fi cación de la Licencia Municipal de Funcionamiento, según el tipo de procedimiento. Artículo 24º.- AUTORIZACION MUNICIPAL PARA EL USO DEL RETIRO MUNICIPAL O ÁREAS COMUNES CON FINES COMERCIALES La Licencia Municipal para el Uso del Retiro Municipal o Áreas Comunes con fi nes comerciales procede en establecimientos que cuenten con una Licencia Municipal de Funcionamiento vigente y en el caso del uso del retiro municipal, se encuentren en zoni fi cación residencial con frente a una avenida. Artículo 25º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR EL USO DEL RETIRO MUNICIPAL O ÁREAS COMUNES CON FINES COMERCIALES Son requisitos para obtener la Licencia Municipal para el Uso del Retiro Municipal o Áreas Comunes con fi nes comerciales: 1.- Formulario Solicitud de Licencia para el uso del retiro municipal o áreas comunes con fi nes comerciales debidamente suscrito por el titular de la Licencia de Funcionamiento. 2.- Autorización escrita del propietario, en caso éste sea una persona distinta al conductor del establecimiento. 3.- Autorización de la Junta de Propietarios en caso de edifi cación sujeta al Régimen de Propiedad Exclusiva. 4.- Recibo de pago por derecho de trámite correspondiente (3.00 % UIT.) 5.- Compromiso del conductor de retirar lo implementado al solo requerimiento de la Municipalidad. CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTOS Artículo 26º.- La Licencia de Funcionamiento se otorgará en el marco de un único procedimiento administrativo, el mismo que será de evaluación previa con silencio administrativo positivo. El plazo máximo para el otorgamiento de la licencia es de 15(días) hábiles. Artículo 27º.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO EX POST. Los pasos a seguir para la tramitación de la licencia municipal de funcionamiento, para establecimientos que requieran Inspección Técnica de Seguridad Básica Ex Post son: 27.1 En el módulo de Orientación al Contribuyente, se verifi cará que la actividad propuesta y el establecimiento donde se realizará la misma, cumplan con las condiciones establecidas en la presente Ordenanza, en cuanto a la compatibilidad de uso con la zoni fi cación vigente, el cuadro de niveles operacionales y los criterios técnicos reglamentarios, para lo cual se procederá a realizar la inspección ocular correspondiente, programada con el titular del negocio 27.2 De ser procedente se emitirá la solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento con carácter de declaración jurada. 27.3 Suscrita la solicitud se ingresará a través de Mesa de Partes de la Subgerencia de Trámite Documentario conjuntamente con los requisitos establecidos en el artículo 18º de la presente Ordenanza. 27.4 Dentro de las 48 horas siguientes, de emitida la Licencia de Funcionamiento, se efectuará la inspección básica en Defensa Civil al establecimiento, de manera aleatoria de acuerdo a los recursos disponibles y priorizando los establecimientos que representen un mayor riesgo de seguridad, por el Técnico correspondiente y remitirá el informe con el resultado de dicha inspección a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones para su registro. El incumplimiento de la subsanación de las observaciones formuladas dará origen a la imposición de las sanciones administrativas que correspondan de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza Municipal Nº 015-2006/MDV-CDV, Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones. Artículo 28º.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO EX ANTE Los pasos a seguir para la tramitación de la licencia municipal de funcionamiento, para establecimientos que requieran Inspección Técnica de Seguridad Básica Ex Ante son: 28.1 En el módulo de Orientación al Contribuyente, se veri fi cará que la actividad propuesta y el establecimiento donde se realizará la misma, cumplan con las condiciones establecidas en la presente Ordenanza, en cuanto a la compatibilidad de uso con la zoni fi cación vigente, el cuadro de niveles operacionales y los criterios técnicos reglamentarios, para lo cual se procederá a realizar la inspección ocular correspondiente, programada con el titular del negocio 28.2 De ser procedente se emitirá la solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento con carácter de declaración jurada. 28.3 Suscrita la solicitud se ingresará a través de Mesa de Partes de la Subgerencia de Trámite Documentario conjuntamente con los requisitos establecidos en el artículo 18º de la presente Ordenanza. 28.4 Remitido el expediente de Licencia de Funcionamiento a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones, se procederá a la programación de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica. 28.5 Emisión de la Autorización Municipal de Funcionamiento Artículo 29º.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTO QUE REQUIEREN INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL DE DETALLE Los pasos a seguir para la tramitación de la licencia municipal de funcionamiento, para establecimientos que requieran Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle son: 29.1 El titular de la actividad deberá obtener el Certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle ó Multidisciplinaria correspondiente, previamente a la solicitud de licencia de funcionamiento. En este supuesto, el pago por el derecho de tramitación del Certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil deberá abonarse a favor del INDECI. 29.2 Una vez obtenido el Certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, se emitirá la solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento con carácter de declaración jurada. 29.3 Suscrita la solicitud se ingresará a través de Mesa de Partes de la Subgerencia de Trámite Documentario conjuntamente con los requisitos establecidos en el artículo 18º de la presente Ordenanza. 29.4 Remitido el Expediente de Licencia de Funcionamiento a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones, se procederá a la emisión de la Autorización Municipal de Funcionamiento.