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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de agosto de 2007 351582 tal efecto, los mismos que pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio; Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modi fi cado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG, en su artículo 19º literal c) establece que la designación del Jefe del Órgano de Control Institucional se podrá efectuar, entre otros, por rotación, en la oportunidad que se considere conveniente, constituyendo dicha forma de designación un traslado; Que mediante Resoluciones de Contraloría Nºs. 073- 2006-CG y 103-2004-CG, se designó a la señora Cecilia Elsa Costa Esparza y el señor Mario Ramiro Delgado Álvarez, en los cargos de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Peruano del Deporte - IPD y la Municipalidad Provincial de Arequipa, respectivamente; Que, la señora Cecilia Elsa Costa Esparza, Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Peruano del Deporte – IPD, se encuentra con descanso médico por motivos de salud, razón por la que la jefatura del Órgano de Control Institucional de dicha entidad se encuentra encargada temporalmente; Que, conforme a la Hoja de Recomendación de visto, resulta necesario, a fi n de garantizar las funciones de control en el Órgano de Control Institucional del Instituto Peruano del Deporte - IPD, disponer el traslado del señor Mario Ramiro Delgado Álvarez para desempeñar el cargo de Jefe del OCI; Que, la señora Cecilia Elsa Costa Esparza, en tanto sea asignada a otra Jefatura de Órgano de Control Institucional, prestará sus servicios en la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República, unidad orgánica que le asignará las funciones a la citada profesional, una vez concluido su descanso médico; Que, la Gerencia de Finanzas mediante el Memorando Nº 790-2007-CG/FI, señala que existe la disponibilidad presupuestal para el traslado que se realice mediante la presente Resolución; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG; modifi cado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047- 2004-CG y las Resoluciones de Contraloría Nºs. 433-2003-CG y 097-2004-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Efectuar el traslado, a partir de la fecha, del señor Mario Ramiro Delgado Álvarez al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Peruano del Deporte – IPD. Artículo Segundo.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de la señora Cecilia Elsa Costa Esparza y el señor Mario Ramiro Delgado Álvarez en los cargos de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Peruano del Deporte - IPD y la Municipalidad Provincial de Arequipa, respectivamente. Artículo Tercero.- En tanto se designe al nuevo Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa, el Titular de la entidad deberá garantizar el normal desarrollo de las actividades del Órgano de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura a un profesional que reúna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del artículo 20º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Artículo Cuarto.- El profesional a que se re fi ere el Artículo Primero, mantendrá su plaza de origen, teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo que pudiera corresponder, respecto al nivel y categoría del cargo, de acuerdo a lo previsto en las Resoluciones de Contraloría Nºs. 433-2003-CG y 097-2004-CG, durante el ejercicio efectivo de dicho cargo. Artículo Quinto.- La Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República, dispondrán y adoptarán las acciones administrativas y de personal que resultan necesarios para la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 95711-2 DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban Informe Defensorial Nº 122 “La Cuota de Género en el Perú: Supervisión de las Elecciones Regionales y Municipales Provinciales 2006” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 050-2007/DP Lima, 14 de agosto de 2007. VISTO:El Informe Defensorial Nº 122, “La Cuota de Género en el Perú: Supervisión de las Elecciones Regionales y Municipales Provinciales 2006”, elaborado por la Adjuntía para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo. CONSIDERANDO: Primero.- Competencia de la Defensoría del Pueblo. De acuerdo con lo establecido por el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y el artículo 1º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, corresponde a esta institución la defensa de los derechos fundamentales y constitucionales de la persona y la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la adecuada prestación de los servicios públicos. En materia de participación política, la competencia de la Defensoría del Pueblo se sustenta en el reconocimiento por la Constitución Política del Perú del derecho de la persona a la participación política (artículo 2º, inciso 17), el derecho de participación ciudadana (artículo 31º) y el derecho ciudadano a organizarse para el ejercicio de sus derechos políticos (artículo 35º), entre otros derechos fundamentales. Segundo.- Participación política de la mujer. La presencia de mujeres en cargos de elección popular es signi fi cativamente inferior a la de los hombres. A pesar de existir un equilibrio numérico entre la población femenina y masculina, no se ha logrado el mismo equilibrio en los más altos niveles de decisión del Estado, tanto en el Poder Ejecutivo como en el Legislativo. Particularmente, en lo que concierne a los Gobiernos regionales y municipales, la mujer se encuentra insu fi cientemente representada. En las elecciones regionales y municipales del 2006, si bien el número de consejeras regionales y de regidoras se incrementó con relación a las elecciones precedentes, alcanzando porcentajes de 27.63% y de 27.71%, respectivamente, sólo 50 mujeres fueron elegidas alcaldesas provinciales o distritales, en tanto que ninguna mujer ocupa una presidencia regional. Por otra parte, en las elecciones municipales y elecciones municipales complementarias del 2007, desarrolladas en 24 distritos de todo el país, solamente 34 mujeres fueron elegidas regidoras de un total de 124 cargos en disputa (27.42%) y ninguna mujer fue elegida alcaldesa. La subrepresentación de la mujer en cargos públicos de elección popular afecta a las mujeres en general, así