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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de diciembre de 2007 359084 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 974-2007-JNAC/RENIEC Lima, 3 de diciembre de 2007VISTOS: El Ofi cio Nºs. 2905 y 3284-2007/GPDR/ RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 1384-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nºs. 0780, 1390, 0670, 0304, 1547, 2301, 2239, 1618, 1513, 2191, 1190, 1134, 1343, 1771, 1133, 1113, 1130, 1136, 1112 y 0465/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; siendo el caso que el último de ellos, cambió su fecha de nacimiento, continuando con sus nombres; dichas inscripciones son las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 160-MIG 10540379 27-2007/SGEDIRoomel Luciano Lastra Quiñones07835437 635 42709677 106-2007/SGDI Ivonne Vanesa Liu Prado 30856569 169-MIG 44341030 017-2007/SGDI Juan Carlos Carbajal Zunico 42934159 1778 41491935 1284-2007/SGDI Julio César Laos Pariasca 409513962069 42550482 247-2007/SGDI Ángel Rogelio Afaraya Machaca 004834430804 80098297 160-2007/SGDI Arturo Escriba Vila 286897511770 42947228 230-2007/SGDI Percy Medina Salcedo 004413931549 44651891 231-2007/SGDI Simón Llamocca Silcahua 805596711098 80418050 232-2007/SGDI Juliana Martínez Chota 053972501738 80155769 230-2007/SGDI Olga Crispín Vargas 23264052 426-MIG 42918624 061-2007/SGDI Carlos Alberto Villanueva Niita 15682532121-MIG 80113357 009-2007/SGDI Pedro Antonio Cruz Vásquez 32884817 1107 42926577 232-2007/SGDI Mecacio Mamani Chura 40764901 0579 80504946 088-2007/SGDI Oscar Jaime Trujillo Lovatón 04017760 472-MIG 80630053 069-2007/SGDI Pedro Aro Ticona 01800489469-MIG 43901081 069-2007/SGDI Martín Mamani Capia 01868999282-MIG 44416576 039-2007/SGDI Paulo César Jordán Andía 42911787400-MIG 44494111 056-2007/SGDI Jenny Esther Barboza Flores 40756849 467-MIG 07976741 069-2007/SGDIEsther Luz Rojas Hilario de Moreno07244813 1459 80387778 797-2007/SGDI Julia Zuni Puma 80355367 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, se presume que habrían cometido el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Roomel Luciano Lastra Quiñones; Ivonne Vanesa Liu Prado; Juan Carlos Carbajal Zunico; Julio César Laos Pariasca; Ángel Rogelio Afaraya Machaca; Arturo Escriba Vila; Percy Medina Salcedo; Simón Llamocca Silcahua; Juliana Martínez Chota; Olga Crispín Vargas; Carlos Alberto Villanueva Niita; Pedro Antonio Cruz Vásquez; Mecacio Mamani Chura; Oscar Jaime Trujillo Lovatón; Pedro Aro Ticona; Martín Mamani Capia; Paulo César Jordán Andía; Jenny Esther Barboza Flores; Esther Luz Rojas Hilario de Moreno y Julia Zuni Puma. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 139734-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank, la apertura de oficinas en el departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 1682-2007 Lima, 21 de noviembre de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de trece ofi cinas según descripción y ubicación que se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación Bancaria “D”, mediante Informe Nº 168-OT/2007-DEB “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 y Resolución SBS Nº 1162-2007; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank, la apertura de trece ofi cinas según detalle que se indica: 1) Agencias ubicadas en: