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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de diciembre de 2007 359159 con un plazo máximo de noventa (90) días hábiles para su correspondiente habilitación, para ello, la autoridad competente queda facultada para aceptar en sustitución de la licencia municipal de funcionamiento exigida por el Decreto Supremo N° 009-2004-MTC, un estudio de impacto vial elaborado por un profesional o institución autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el que se establezca que el funcionamiento del terminal terrestre o estación de ruta no impacta negativamente en la circulación de la vía en que se encuentra localizado y en su entorno; Que, mediante la Sétima Disposición Final del Reglamento Nacional de Administración de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, se señala que la Dirección General de Circulación Terrestre ahora Dirección General de Transporte Terrestre, expedirá las disposiciones que permitan la mejor aplicación del presente reglamento; Que, en consecuencia resulta necesario dictar las normas complementarias para establecer los lineamientos que debe contener el estudio de impacto vial a que hace referencia la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 037-2007-MTC; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Decreto Supremo Nº 037-2007-MTC y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC - Reglamento Nacional de Administración de Transportes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación Directiva Aprobar la Directiva Nº 007-2007-MTC/15 “GUÍA METODOLÓGICA DE CONTENIDO DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO VIAL”, que se presentará al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en cumplimiento de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Transitoria del D.S. N° 037-2007-MTC, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral (Anexo 1). Artículo 2º.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre ANEXO 1 DIRECTIVA Nº 007-2007-MTC/15. GUÍA MET ODOLÓGICA DE CONTENIDOS DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO VIAL (D.S. Nº 037-2007-MTC) ESTUDIO DE IMPACTO VIAL 1. Aspectos Generales a) Introducción b) Objetivos (generales y específi cos) 2. Descripción del Proyecto a) Generalidades b) El proyecto (características del terminal) 3. Área de estudio a) Rutas de acceso y salida b) Área de impacto principal c) Área de impacto secundario 4. Metodología de trabajo a) Descripción 5. Situación Actual a) Sentidos de circulación de la zona b) Secciones transversales de las vías c) Uso de suelo adyacente al terminal d) Identifi cación de mobiliario para el transporte público (paraderos, nº carriles, veredas, bahías, entre otros) e) Semáforos f) Conteos de tráfi co vehiculares y peatonales y determinación de horas punta (en un día típico y un día atípico) i. Vías de menor importancia ii. Vías de mayor importancia g) Nivel de servicio vehicular y peatonal h) Conclusiones de la situación actual 6.Impactos del Proyecto a) Tráfi co generado por el proyecto (vehicular - buses, taxis, etc. - y peatonal) b) Cálculo del tráfi co generado (demanda) c) Distribución horaria del tráfi co generado por el proyecto d) Total tráfi co generado en la vías 7. Tráfi co sin y con proyecto (comparación entre el tráfi co actual y el proyectado) a) Composición del tráfi co vehicular (sin y con proyecto) b) Volumen de tráfi co (sin y con proyecto) c) Nivel de servicio vehicular y peatonal (sin y con proyecto) 8. Simulación de los escenarios, sin y con proyecto Detallando el método utilizado 9. Conclusiones10. Recomendaciones Propuestas para evitar, mitigar o corregir los po-tenciales efectos viales generados por el proyecto (diseño geométrico, tratamientos de veredas, esta-cionamientos, etc.) 11. Anexos a) Volúmenes vehiculares y peatonales (actual y proyectado) b) Fotografías c) Carta de compromiso suscrita por el operador de terminales comprometiéndose a cumplir con las recomen-daciones señaladas en el punto 10 del estudio de impacto vial, dentro del plazo a que hará referencia la Resolución Directoral señalada en el artículo 47º del Reglamento Na-cional de Administración de Transportes. 139610-1 Autorizan al Instituto Superior Tecnológico Privado “Peruano Alemán” como Entidad de Capacitación de Conductores del Servicio de Transporte Interprovincial de Personas de ámbitos nacional y regional, así como de Transporte de Mercancías RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 15336-2007-MTC/15 Lima, 27 de noviembre de 2007 VISTOS: El expediente con número de registro 097033, presentado por el Instituto Superior Tecnológico Privado “Peruano Alemán”, mediante el cual se solicitó autorización para ser reconocido como Entidad de Capacitación de Conductores del servicio de transporte interprovincial de personas y transporte de mercancías, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modifi catorias;