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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de diciembre de 2007 359162 3.1 Banco/plaza Este código se utilizará para individualizar las instituciones autorizadas y sus respectivas plazas. Cada institución autorizada dispondrá de tantos códigos identifi catorios diferentes como plazas tenga registradas para operar por el Convenio. 3.2 Tipo de instrumentoEste campo estará compuesto por un solo dígito, que identifi cará cada uno de los instrumentos, conforme a la siguiente asignación numérica: Instrumento Número Identifi cador - Carta de Crédito (CC) 1 - Crédito Documentario (CD) 1- Letras correspondientes a operaciones comerciales avaladas por instituciones autorizadas (LA) 2- Pagarés derivados de operaciones comerciales, emitidos o avalados por instituciones autorizadas (PA) 3- Orden de Pago(OP) 4- Orden de Pago Divisible (OD) 5- Giro Nominativo (GN) 6 Las actuales referencias de comisiones y gastos (CG) y de intereses devengados por cartas de crédito (CCI), créditos documentarios (CDI), letras correspondientes a operaciones comerciales avaladas por instituciones autorizadas (LAI) y los pagarés derivados de operaciones comerciales, emitidos o avalados por instituciones autorizadas (PAI), se presentarán con el mismo número de Código de Reembolso del instrumento que las originó. 3.3 Año de emisiónEste campo consta de cuatro (4) dígitos y se refi ere al año en que se genera el Código de Reembolso. Por ejemplo, para 2009, se utilizará 2009. 3.4 Número de secuenciaEste campo consta de seis (6) dígitos. Su generación corre por cuenta de la institución autorizada al momento de emitir un instrumento. 3.5 Dígito de chequeoEste campo consta de un solo dígito que será generado por el método del Módulo 10, del modo siguiente: se calculará sobre los primeros quince (15) dígitos del Código de Reembolso y ocupará la posición16. Los cuatro dígitos de secuencia eventual, que se indican en el campo que sigue a éste, no forman parte del cálculo para el dígito de chequeo. Cálculo del dígito de chequeo- Multiplique por los factores 1,2,1,2,1,2,1,2,1,2,1,2,1,2 ,1, respectivamente, cada posición del número del Código de Reembolso, empezando desde el primer dígito del extremo izquierdo. - Sume los dígitos de los productos.- Reste la suma del siguiente número más alto que termine en cero. Cuando la suma termine en cero, el dígito de chequeo será cero. - La diferencia es el dígito de chequeo. EjemploBanco/plaza 1206 Tipo de instrumento 1Año de emisión 2006Número de secuencia 013457 Cálculo Número básico 120612006013457 Factores 121212121212121Multiplicación 1,4,0,12,1,4,0,0,6,0,1,6,4,10,7 Acumulación de dígitos 1,4,0,3,1,4,0,0,6,0,1,6,4,1,7Suma 1+4+0+3+1+4+0+0+6+0+1+6+4+1+7=38Siguiente número más altoterminado en cero 40Resta 40-38 = 2DIGITO DE CHEQUEO 2 3.6 Secuencia eventual de reembolso Este campo constará de cuatro (4) dígitos y será utilizado para pagos parciales vinculados, identifi cados por el mismo Código de Reembolso. La responsabilidad de asignación de esta secuencia corresponderá a la institución autorizada emisora, cuando el instrumento prevea el pago fraccionado del monto en él indicado o, en su caso, a la institución autorizada reembolsante, cuando a través de ella se realice el fraccionamiento del pago de una operación. Si un instrumento se paga en fracciones a través de diversas instituciones autorizadas, aquellas que ya hayan efectuado pagos sobre el mismo, comunicarán a las que asuman los siguientes reembolsos, los números de secuencia eventual de reembolso ya utilizados. 4. No se podrá repetir los números de un Código de Reembolso. 5. La responsabilidad de verifi car la validez del Código de Reembolso quedará a cargo de las instituciones autorizadas receptoras. 6. Los instrumentos que no estipulen este Código o que lo contengan con error, no deberán ser aceptados por las instituciones autorizadas receptoras. Si éstas les dieran curso, los bancos centrales no reembolsarán dichas operaciones. ANEXO 2 ESPECIFICACIONES PARA LA PRESENTACIÓN DEL CALENDARIO DE OBLIGACIONES POR IMPORTACIONES PENDIENTES DE SER DEBITADAS POR EL CONVENIO 1. Aspectos generales Las entidades del sistema fi nanciero autorizadas a cursar operaciones por el Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), seguirán informando a este Banco Central, su Calendario de Obligaciones Pendientes de ser debitadas por el convenio en mención. Dicha información deberá ser actualizada todos los días martes de cada semana , incluyendo las nuevas obligaciones que se emitan y descontando aquellas que se cancelen. Para el efecto deberán observar lo siguiente: 1.1 El Calendario de Obligaciones Pendientes será presentado en disquetes conteniendo información de acuerdo con las especifi caciones que a continuación se indican, acompañado de su respectivo listado. 1.2 La devolución de los disquetes se hará al día siguiente hábil de su entrega, previa presentación del cargo respectivo. 2. Aspectos técnicos 2.1 La etiqueta externa del disquete indicará: - Nombre del banco - Fecha del reporte 2.2 El disquete magnético será de 3,5 pulgadas de doble densidad y doble lado 2.3 Formato de archivo : TEXTO (ASCII)2.4 Longitud de registro : 50 caracteres2.5 Nombre o etiqueta del archivo : ALADI.BB - ALADI = Constante - BB = Código del banco local (dos dígitos)