Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360439 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2007-PCM Lima, 19 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 611-2007-MDE el Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Esperanza de la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad, solicita emisión de la Resolución Suprema de exoneración de la prohibición para la adquisición de vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; con la fi nalidad que le permita adquirir seis (6) camionetas, que serán destinadas al mejoramiento de la capacidad operativa y técnica de las diversas áreas de dicha Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 921-2007-MDE/OPPR el Director (e) de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, certifi ca que la adquisición de seis (6) camionetas cuenta con la disponibilidad presupuestal de S/. 390,000.00 (Trescientos Noventa Mil y 00/100 Nuevos Soles), la misma que se encuentra en la siguiente Cadena Funcional Programática y Cadena de Gastos: Función : 03 Administración y Planeamiento Programa : 003 AdministraciónSubprograma : 0006 Administración GeneralProyecto : 2051803 Fortalecimiento Institucional O fi cina de Rentas, Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Servicios Sociales y O fi cina de Planeamiento de la Municipalidad de La Esperanza - distrito La Esperanza - Trujillo - La Libertad Componente : 3152311 Equipamiento de las O fi cinas de Rentas y Planeamiento y de las Direcciones de Desarrollo Urbano y Servicios Sociales de la Municipalidad distrital de La Esperanza Finalidad : 00870 Fortalecimiento InstitucionalRubro : 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones; y 07 FONCOMUN Cadena de Gasto : 6.5.11.51 Equipamiento y Bienes Duraderos Que, el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a la Municipalidad Distrital de La Esperanza de la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad, con la fi nalidad que le permita adquirir seis (6) camionetas, conforme a los considerandos de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La Municipalidad Distrital de La Esperanza se constituye como responsable del cumplimiento de la normatividad vigente, del correcto uso de la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos, así como de las acciones necesarias, para llevar a cabo la adquisición de las camionetas referidas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 145358-47Aprueban el Manual de Operaciones de la Oficina Nacional Anticorrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 420-2007-PCM Lima, 19 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM es la Entidad Pública del Poder Ejecutivo que asiste al Presidente del Consejo de Ministros en la colaboración que presta al Presidente de la República para la elaboración y dirección de la política y programa general del Gobierno y coordina la actividad intersectorial de la función política administrativa del Estado, manteniendo relaciones con el Congreso de la República, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, y con los Gobiernos Regionales y Locales, promoviendo la participación y concertación social y económica en la gestión de Gobierno. Que, la corrupción debilita los controles institucionales, el buen funcionamiento de las instituciones públicas, ahuyenta la inversión privada, incrementa el gasto de recursos económicos de la Entidad Pública, genera desconfi anza, desprestigia la buena imagen de las entidades públicas, margina a algunos sectores de la sociedad y, por tanto, perjudica el sistema democrático y genera confl ictos sociales. La rendición de cuentas es un instrumento fundamental para el logro de la transparencia y la efi ciencia en el uso de los recursos administrados por nuestros gobiernos. La lucha contra la corrupción es uno de los pilares fundamentales para el fortalecimiento de la democracia y el crecimiento económico. Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2007-PCM se creó la Ofi cina Nacional Anticorrupción para prevenir, investigar, coordinar, vigilar y promover la transparencia, la ética pública y la lucha contra la corrupción, a través de medidas preventivas, investigación, formulación, monitoreo y supervisión de políticas públicas sobre la materia; Que, dicha norma establece que la Presidencia del Consejo de Ministros deberá aprobar mediante Resolución Ministerial el Manual de Operaciones de la ONA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Manual de Operaciones de la Ofi cina Nacional Anticorrupción, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MANUAL DE OPERACIONES DE LA OFICINA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN - ONA Artículo 1º.- Naturaleza y ámbito de competencia de la Ofi cina Nacional Anticorrupción: La Ofi cina Nacional Anticorrupción es un Programa de la Presidencia del Consejo de Ministros creado con la fi nalidad de promover la transparencia, la ética pública y la lucha contra la corrupción a nivel nacional. Artículo 2º.- Base Legal:- Constitución Política del Perú. - Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción. - Convención Interamericana contra la Corrupción. - Acuerdo Nacional. Vigésimo Sexta Política de Estado. Promoción de la ética y la transparencia y erradicación de