Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360447

del CFTI se MORDAZA previa inspeccion del SENASA a los productos hospederos de moscas de la fruta que se pretendan movilizar hacia los departamentos de Tacna y Moquegua; esta accion se efectuara por un periodo provisional hasta que se reunan las condiciones tecnicoadministrativas necesarias para incluir otras medidas fitosanitarias como los tratamientos de fumigacion, certificacion de huertos, manejo de sitios o lugares libres de la plaga, entre otros, dependiendo del producto reglamentado del que se trate; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 035-2007AG-SENASA-DSV de fecha 5 de setiembre de 2007, se aprobo el Manual de Procedimientos para la Aplicacion de Medidas de Cuarentena Interna para Moscas de la Fruta en el Peru; que, asimismo, establece que la Resolucion Directoral Nº 011-2004-AG-SENASA-DGSV y la Resolucion Directoral Nº 20-2006-AG-SENASA-DSV, quedaran sin efecto cuando el presente procedimiento entre en aplicacion; Que, mediante el Acta de fecha 17 de diciembre de 2007, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Direccion General de Salud - DIGESA, el Gobierno Regional de Tacna, la Confederacion de Comerciantes del Sur Tacna - MORDAZA y la Asociacion de Comerciantes Virgen de Copacabana, actuando la Defensoria del Pueblo como observador, se acordo "reconocer que todas las medidas fitosanitarias dispuestas por el SENASA, en tanto, Autoridad Nacional de Sanidad Agraria, para la erradicacion de las moscas de la fruta en las regiones de Tacna y MORDAZA con el consiguiente reconocimiento como area libre, vienen, aplicandose de manera tecnica y. adecuada"; Que, asimismo, las autoridades y gremios MORDAZA mencionados reconocieron entender que la aplicacion progresiva de la Resolucion Directoral Nº 035-2007-AGSENASA-DSV implicaba que hasta las 00:00 horas del 15 de enero de 2008, se continuara con la aplicacion de bromuro de metilo en las fumigaciones de citricos y mango"; De conformidad con las normas contenidas en la Ley Nº 25902, Ley Nº 27322, Decreto Supremo Nº 032-2003AG, Decreto Supremo Nº 035-2002-AG, Resolucion Directoral Nº 011-2004-AG-SENASA-DSV, Resolucion Directoral Nº 20-2006-AG-SENASA-DSV, Resolucion Directoral Nº 011-2004-AG-SENASA-DGSV y Resolucion Directoral Nº 035-2007-AG-SENASA-DSV y con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisese que, estando dentro del periodo de implementacion progresiva de lo dispuesto por el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 0352007-AG-SENASA-DSV, debe entenderse que hasta las 00:00 horas del 15 de enero de 2008, se continuara aplicando bromuro de metilo en las fumigaciones de frutos citricos: citricos: mandarino (Citrus reticulata), naranjo MORDAZA (Citrus cinensis), naranjito MORDAZA (Fortunilla sp), naranjo agrio (Citrus aurantium) y mango (Mangifera indica) que ingresen a las areas reglamentadas de Tacna y Moquegua. Articulo 2º.- Precisese que, a las 00:00 horas del 15 de enero de 2008, concluira el periodo de transicion para la implementacion total de lo dispuesto por el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 035-2007-AGSENASA-DSV, debiendo entenderse que, a partir de ese momento, se aplicara bromuro de metilo, sin excepcion, en los frutos y hortalizas hospederos de las moscas de la fruta, senalados en el Manual de Procedimientos para la Aplicacion de Medidas de Cuarentena Interna para Moscas de la Fruta en el Peru". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 145225-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje del Viceministro de Comercio Exterior a la MORDAZA de Bogota, Colombia, para participar en reunion con el Comisario de Comercio Exterior de la Union Europea
RESOLUCION SUPREMA Nº 188-2007-MINCETUR MORDAZA, 19 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, senora MORDAZA MORDAZA Araoz MORDAZA, a invitacion del Ministro de Comercio, Industria y Turismo de la Republica de Colombia, participara en una reunion con el Comisario de Comercio Exterior de la Union Europea, a realizarse en la MORDAZA de Bogota, el dia 21 de diciembre en curso, cuyo fin es evaluar el desarrollo y avance del Acuerdo de Asociacion y las relaciones comerciales y de cooperacion con la Union Europea; Que, es necesario autorizar la participacion del Viceministro de Comercio Exterior, senor MORDAZA Ferreyros Kuppers, en dicha reunion, a fin de que preste apoyo tecnico a la Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, de acuerdo con la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, se han prohibido los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectuan en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales de importancia para el Peru; De conformidad con la Ley N° 28927 MORDAZA citada, la Ley N° 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Ferreyros Kuppers, Viceministro de Comercio Exterior, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 21 al 22 de diciembre de 2007, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la reunion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 967,83 Viaticos (US$ 200,00 x 2 dias) : US $ 400,00 Tarifa CORPAC : US $ 30,25 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 145358-58

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