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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360444 1629-2007-MTC/02, respectivamente, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 047-2007-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Transportes; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Viceministro de Turismo suscribió con el Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, declarado POR POTENCIAR, el Convenio Marco Intergubernamental correspondiente, el cual fue remitido a la Secretaría de Descentralización con el Ofi cio Nº 943-2007-MINCETUR/VMT, con el cual se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 048-2007-PCM/SD-OTME, declarándolo APTO para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Comercio, Turismo y Artesanía; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Ministro de Agricultura suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Apurímac, Huánuco, Lambayeque, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización con los Ofi cios Nº 899-2007-AG-DVM y Ofi cio S/N del Consultor del Programa de Modernización y Descentralización del Estado (PMDE), que apoya a la Secretaría de Descentralización, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 049-2007-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia Agraria; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Arequipa y Lambayeque, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante Ofi cio Nº 527-2007/MIMDES/DVMDS, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 050-2007-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Población; y, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Arequipa, Cajamarca, Lambayeque, Madre de Dios y Tumbes, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante el Ofi cio Nº 1140-2007- MTPE/3, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 051-2007-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Trabajo, Promoción del Empleo y la Pequeña y Microempresa; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Ministro de Vivienda y Saneamiento suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de La Libertad, Arequipa, Cajamarca, Ancash, Ucayali, Ayacucho y Puno, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante el Ofi cio Nº 123-2007-VIVIENDA/ONACOSPI, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 052-2007-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Vivienda y Saneamiento; y, Administración y Adjudicación de Terrenos de Propiedad del Estado; Que, al haber emitido los Informes de Concordancia Nº 047-2007-PCM/SD-OTME, Nº 048-2007-PCM/SD-OTME, Nº 049-2007-PCM/SD-OTME, Nº 050-2007-PCM/SD-OTME, Nº 051-2007-PCM/SD-OTME y Nº 052-2007-PCM/SD-OTME, antes mencionados, la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, debe proceder a acreditar a los Gobiernos Regionales declarados APTOS para ejercer las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia 2004, 2005, 2006 y 2007, que se encuentran pendientes de acreditación y transferencia; mediante la emisión de la norma correspondiente;Que, luego de proceder a la acreditación correspondiente, la Secretaría de Descentralización debe notifi car a los Ministerios de Transportes y Comunicaciones; Comercio Exterior y Turismo; Educación; Agricultura; Mujer y Desarrollo Social; Trabajo y Promoción del Empleo; y, Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como a dichos Gobiernos Regionales, para que procedan a la Efectivización de la transferencia de las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento y plazos establecidos en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD - “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD y, las medidas complementarias dispuestas para identifi car y cuantifi car recursos asociados a las funciones materia de transferencia, aprobadas por Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867 y 28273; los Decretos Supremos Nº 038-2004-PCM, Nº 052-2005-PCM, Nº 021-2006-PCM, Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº 063-2007-PCM y Nº 093-2007-PCM ; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 017-2007-PCM/SD, Nº 023-2007-PCM/SD, Nº 025-2007-PCM/SD y Nº 037-2007-PCM/SD. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia de Transportes Certifi car que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los Gobiernos Regionales de Huánuco, Lambayeque, Pasco y Tacna, declarados POR POTENCIAR para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Transportes, según el Informe de Concordancia Nº 047-2007-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 1, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Acreditación de funciones en materia de Comercio, Turismo y Artesanía Certifi car que el Gobierno Regional de Madre de Dios, ha cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Comercio, Turismo y Aretsanía, establecidos por el Sector, según el Informe de Concordancia Nº 048-2007-PCM/SD-OTME; y, en tal razón, se le acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 2, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Acreditación de funciones en materia Agraria Certifi car que el Ministerio de Agricultura y los Gobiernos Regionales de Apurímac, Huánuco, Lambayeque, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna, declarados POR POTENCIAR para la transferencia de funciones sectoriales, en materia Agraria, según el Informe de Concordancia Nº 049-2007-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 3, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Acreditación de funciones en materia de Población; y, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades Certifi car que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y los Gobiernos Regionales de Arequipa y Lambayeque, declarados POR POTENCIAR para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Población; y, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, según el Informe de Concordancia Nº 050-2007-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en