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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360431 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco de la Provincia y Departamento de Lima, con la fi nalidad que le permita adquirir una (01) camioneta rural de 12 pasajeros, conforme a los considerandos de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco es responsable del cumplimiento de la normatividad vigente, del correcto uso de la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos, así como de las acciones necesarias para llevar a cabo la adquisición de la camioneta referida en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 145358-31 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 290-2007-PCM Lima, 19 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 385-2007/MDI/A el Alcalde de la Municipalidad Distrital Ichuña de la Provincia General Sánchez Cerro del Departamento de Moquegua, solicita la emisión de la Resolución Suprema de exoneración de la prohibición para adquirir vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; con la fi nalidad que le permita la adquisición de una (1) camioneta, que será destinada al Proyecto “Mejoramiento de Manejo Agropecuario del Cultivo y las Crianzas en Ichuña, Distrito de Ichuña - General Sánchez Cerro - Moquegua”; Que, mediante Informe Nº 116-2007-OPyPPTO- MDI el Sub Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Ichuña, certifi ca que la adquisición de una (1) camioneta cuenta con la disponibilidad presupuestal de S/. 90,000.00 (Noventa Mil y 00/100 Nuevos Soles), la misma que se encuentra en la siguiente Cadena Funcional Programática y Cadena de Gastos: Función : 04 Agraria Programa : 009 Promoción de la producción agraria Sub Programa : 0045 Promoción agrariaProyecto : 2053609 Mejoramiento de Manejo Agropecuario de Cultivos y Crianzas en el Distrito de Ichuña Componente : 123807 Mejoramiento de Manejo Agropecuario de Cultivos y Crianzas en el Distrito de Ichuña Meta : 001 Mejoramiento del Manejo Agropecuario de Cultivos y Crianzas Cadena de Gasto Categoría : 6 Gastos de CapitalGrupo : 5 InversionesModalidad : 11 Aplicaciones Directas Especí fi ca : 51 Equipamiento y Bienes Duraderos Que, el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, a la Municipalidad Distrital de Ichuña de la Provincia General Sánchez Cerro del Departamento de Moquegua, con la fi nalidad que le permita adquirir una (01) camioneta, conforme a los considerandos de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La Municipalidad Distrital de Ichuña es responsable del cumplimiento de la normatividad vigente, del correcto uso de la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos, así como de las acciones necesarias para llevar a cabo la adquisición de las camionetas referidas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 145358-32 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 291-2007-PCM Lima, 19 de diciembre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 295-2007-A-MDCC el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado de la Provincia y Departamento de Arequipa, solicita la emisión de la Resolución Suprema de exoneración de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, con la fi nalidad que le permita la adquisición de tres (3) camionetas 4x2 para cumplir con las metas trazadas por dicha institución; Que, mediante Informe Nº 249-2007-GPPR-MDCC., adjunto al Ofi cio Nº 362-2007-A-MDCC, la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, certifi ca que dicha institución dentro de su Presupuesto Institucional 2007, cuenta con el crédito presupuestal de S/. 213,900.00 (Doscientos Trece Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles), para la adquisición de tres (3) camionetas doble cabina 4x2, que se encuentran en la siguiente Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos: Una (1) camioneta Función : 14 Salud y Saneamiento Programa : 047 SaneamientoSub Programa : 0127 Saneamiento GeneralProyecto : 2.030559 “Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento del Circuito N-29 del Cono Norte” de código SNIP Nº 29273 Componente : 2118269Meta : 00001 Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento del Circuito N-29 Finalidad : 26916 Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento Rubro : 13 Donaciones y Transferencias Cadena de Gasto Categoría de Gasto : 6 Gastos de CapitalGrupo Genérico de Gasto : 5 InversionesModalidad de Aplicación : 11 Aplicación DirectaEspecí fi ca de Gasto : 51 Equipamiento y Bienes Duraderos