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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360430 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor ALEX GONZALES CASTILLO como miembro del Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, en representación del Gobierno Central , dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor TELESFORO EDUARDO MOLINA MONTOYA, como miembro del Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, en representación del Gobierno Nacional. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 145358-29 Exoneran de los alcances del Literal c) del Numeral 3, del Artículo 4º de la Ley Nº 28927, al COFOPRI, para poder adquirir vehículos para Proyecto RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 288-2007-PCM Lima, 19 de diciembre de 2007VISTO:El Ofi cio Nº 396-2007-COFOPRI/DE del 6 de diciembre de 2007 del Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; CONSIDERANDO:Que, mediante el Ofi cio Nº 1134-2007/VIVIENDA- SG del 21 de noviembre de 2007, el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicitó que se exonere a COFOPRI de la prohibición de adquisición de vehículos establecida en el literal c) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, a fi n que pueda adquirir tres (3) camionetas para destinarlas al Proyecto Consolidación de los Derechos de Propiedad Inmueble ; Que, el literal c) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 señala: “Queda prohibida la “adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender tal gasto”; Que, mediante el Informe Nº 018-2007-COFOPRI/ UPRES-OPP del 22 de octubre de 2007, el Jefe de la Unidad de Presupuesto de COFOPRI certifi ca que dicha entidad cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente por S/. 263 736.00 (Doscientos sesenta y tres mil setecientos treinta y seis y 00/100 Nuevos Soles) para atender el gasto de la adquisición de las tres (3) camionetas que serán destinadas al Proyecto Consolidación de los Derechos de Propiedad Inmueble , que tienen un valor referencial de S/. 239 184,00 (Doscientos treinta y nueve mil ciento ochenta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, a fi n que pueda adquirir tres (3) camionetas, para destinarlas al Proyecto Consolidación de los Derechos de Propiedad Inmueble . Artículo 2º.- El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI es responsable del cumplimiento de la normativa vigente, del correcto uso de la Estructura Funcional Programática y cadena de gasto, así como de las acciones necesarias, para llevar a cabo la adquisición de las camionetas referidas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 145358-30 Exoneran a diversas Municipalidades, Organismos Descentralizados y Gobiernos Regionales de lo dispuesto en la Ley Nº 28927, para la adquisición de vehículos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 289-2007-PCM Lima, 19 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 140-2007-A-MSS el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco de la Provincia y Departamento de Lima, solicita la emisión de la Resolución Suprema de exoneración de la prohibición para adquirir vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; con la fi nalidad que le permita la adquisición de una (01) camioneta rural con capacidad para 12 pasajeros, carrocería tipo microbús; que será destinada al servicio técnico de inspección y de seguridad en defensa civil, asistencia de diversas emergencias, así como el apoyo necesario en lo que respecta a prevención de desastres; Que, mediante Disponibilidad Presupuestaria Nº 2007- 000057, adjunto al Ofi cio Nº 140-2007-A-MSS, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, certifi ca que la adquisición de una (01) camioneta rural de 12 pasajeros cuenta con la disponibilidad presupuestal de S/. 78,368.00 (Setenta y Ocho Mil Trescientos Sesenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles), en la Subespecífi ca del Gasto 6711510401, fuente de fi nanciamiento 09 - Recursos Directamente Recaudados; Que, el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 -