Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2007 (08/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

337178

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 8 de enero de 2007

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica y contra la administracion publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 1360-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de diciembre de 2006

en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra el ciudadano MORDAZA MORDAZA HUAROCC, por el presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 12983-3 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1361-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de diciembre de 2006 VISTOS:

VISTOS: El Oficio Nº 2156-2006/GP/RENIEC y el Informe Nº 1217-2006-GAJ/RENIEC de fecha 25 de setiembre del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; esta a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y el Registro de Estado Civil; Que, de acuerdo con el Informe Nº 1862-2006-GPSGDAC/HYC RENIEC, se ha podido determinar que el ciudadano MORDAZA MORDAZA HUAROCC, titular de la Inscripcion Nº 44631757, obtuvo indebidamente la Inscripcion Nº 23277604 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA HUAROCC, presentando como sustento de su pretension la Libreta Militar Nº 2427103774 y consignado como fecha y lugar de nacimiento 2 de febrero de 1977 en el Distrito de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica; Que, este hecho irregular se ha verificado mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 822/2005/GP/ BG/RENIEC, que establece de manera cientifica que las inscripciones analizadas corresponden a dos personas biologicas distintas, registradas MORDAZA con el nombre de MORDAZA MORDAZA HUAROCC, habiendose llegado a establecer mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 098/2006/DBG/GP/RENIEC la identidad del usurpador; Que, mediante Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 480-2005-GP/ SGDAC-RENIEC se dispuso la exclusion definitiva de la Inscripcion Nº 23277604 por usurpacion de identidad; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento del ciudadano MORDAZA MORDAZA HUAROCC, se encuentra tipificado como delito contra la fe publica en las modalidades de falsedad ideologica y generica al haber aportado datos falsos al registro con respecto a su identidad y usurpar la identidad de otro ciudadano, ilicitos contemplados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que El Oficio N° 3965-2006/GO/RENIEC y el Informe N° 1276-2006/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 4 de octubre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad, y asimismo se encuentra a cargo de mantener el Registro del Estado Civil; Que, la Gerencia de Operaciones, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, es el organo de linea encargado de supervisar y controlar las acciones relacionadas con el MORDAZA de identificacion de las personas, asi como de las inscripciones de los hechos vitales en el Registro de Estado Civil, el mismo que es un MORDAZA permanente, con tecnicas de analisis y revision MORDAZA de todas las inscripciones que conforman el sistema magnetico y archivo fisico-documental, elaborando los informes correspondientes, en caso de la deteccion de actos irregulares como los que a continuacion se senalan; Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular del Documento Nacional de Identidad N° 07152666, es titular de la Partida N° 9 del Libro de Nacimientos correspondiente al ano 1956, registrando como fecha de nacimiento el 21 de enero de 1956, en el distrito de Casca, provincia de Mariscal Luzuriaga y departamento de Ancash; sin embargo, declaro falsamente carecer de inscripcion y, al MORDAZA del articulo 49° de la Ley 26497, mediante el Procedimiento de Inscripcion Extemporanea, ante la Oficina Registral de la Municipalidad Provincial de Mariscal Luzuriaga, Departamento de MORDAZA, con fecha 3 de octubre del ano 2005, logro obtener el Acta de Nacimiento N° 64193158 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, registrando como fecha y lugar de nacimiento el 29 de octubre de 1951 en el distrito de Casca, en la provincia de Mariscal Luzuriaga, del departamento de MORDAZA, sustentandose la solicitud con la declaracion jurada de dos testigos, desprendiendose de ello que el ciudadano obtuvo irregularmente una MORDAZA inscripcion de su nacimiento, por lo que se ha ordenado la cancelacion del Acta de Nacimiento N° 64193158; Que, si bien se dispuso la cancelacion del Acta de Nacimiento N° 64193158; de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por el citado ciudadano al recurrir al Registro del Estado Civil, de manera irregular declarando datos que no corresponden a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.