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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2007 (11/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de enero de 2007 337382 Artículo 3º.- AUTONOMÍA NORMATIVA La materia que norma técnicamente el INEN es la promoción, prevención, diagnóstico, manejo, rehabilitación y seguimiento del cáncer en el País, dentro del marco de las políticas sectoriales, re fi riéndose éstas como “normas técnicas oncológicas” en adelante. Artículo 4º.- SERVICIOS DE SALUD ONCOLÓ- GICOS Para efectos del presente Reglamento y normas subsecuentes, se de fi ne como: “Servicios de Salud Oncológicos”, al conjunto de establecimientos de salud en los que se desarrollen actividades y/o servicios de promoción de la salud, prevención y atención de enfermedades neoplásicas. Artículo 5º.- CONTROL TÉCNICO Y ADMINISTRA- TIVO El control técnico de los servicios de salud de las enfermedades neoplásicas a nivel nacional, es ejercido por el INEN de acuerdo a las normas que se emitan sobre el particular. El control administrativo de los servicios de salud de las enfermedades neoplásicas a nivel nacional, establecido en la Ley Nº 28748, se aplica únicamente a las entidades, órganos y unidades orgánicas que dependan administrativamente del INEN, y se ejerce según las normas que regulan a los sistemas administrativos de la administración pública. Artículo 6º.- FUNCIONES GENERALES Las funciones generales del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas son los siguientes: a) Establecer las políticas y objetivos estratégicos nacionales y los objetivos, estrategias, programas y proyectos institucionales en materia oncológica, para la promoción, prevención, protección, diagnóstico y tratamiento del cáncer en los diferentes niveles de complejidad de atención, rehabilitación de capacidades afectadas por el cáncer y/o su tratamiento, mejora de calidad de vida y otros procesos asistenciales interrelacionados. b) Ejercer la rectoría y emitir opinión técnica en materia oncológica en el ámbito nacional. c) Normar, organizar, conducir y evaluar la promoción de la salud en la población nacional para inducir hábitos saludables, con el propósito de evitar y/o controlar los factores cancerígenos y reducir los riesgos y daños oncológicos. d) Promover la equidad y acceso de toda la población a la atención integral oncológica en coordinación con las entidades públicas y privadas que dirijan y/o presten servicios de salud en el ámbito nacional y lograr la participación activa de las instituciones y entidades que el INEN considere necesarias en la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del cáncer en el ámbito nacional. e) Normar, organizar, conducir, controlar técnicamente y evaluar la prevención nacional de las enfermedades neoplásicas en coordinación con las autoridades nacionales, regionales y locales y las entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales que deban participar. f) Prestar atención integral oncológica especializada de alta complejidad, de carácter multidisciplinario, al paciente que es referido al INEN con diagnóstico de cáncer, dando prioridad a las personas de escasos recursos económicos. g) Innovar, emitir y difundir, a nivel nacional, las normas, guías, métodos, técnicas, indicadores y estándares de los procesos de promoción de la salud, prevención de enfermedades neoplásicas, recuperación de la salud, rehabilitación y otros procesos relacionados especí fi camente con el campo oncológico. h) Emitir las normas para establecer el control técnico de los servicios de salud oncológicos a nivel nacional. i) Normar, plani fi car, organizar, conducir, difundir y evaluar la investigación oncológica, en el ámbito nacional, en coordinación con las entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales que fomentan y/o participan en la investigación cientí fi ca de la salud y campos relacionados. j) Realizar actividades de investigación cientí fi ca de oncología en los procesos de promoción de la salud, prevención de enfermedades neoplásicas, recuperación de la salud, rehabilitación y otros procesos relacionados con el campo oncológico. k) Plani fi car, proponer, realizar y evaluar las actividades de docencia y capacitación en oncología para formar, tecni fi car y especializar los recursos humanos necesarios en el Perú, así como para propender la formación en la población de una cultura de salud en el campo oncológico, en acción coordinada con las entidades educativas y entidades públicas y privadas correspondientes. l) Seleccionar, prescribir, dispensar y asegurar el uso racional de los medicamentos e insumos para tratamiento oncológico, de conformidad con la normatividad vigente. m) Efectuar el análisis de situación de salud, estudios epidemiológicos, desarrollar la estadística de salud oncológica y lograr oportunamente la información sobre la salud que sea necesaria para el planeamiento, normatividad y toma de decisiones por las autoridades del INEN y las entidades a cargo de servicios oncológicos en el ámbito nacional. Artículo 7º.- BASE LEGAL a) Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud. b) Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. c) Ley Nº 28343 - Ley que declara de interés y necesidad pública la descentralización de los servicios oncológicos d) Ley Nº 28748 - Ley que crea al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas como organismo público descentralizado. e) Decreto Supremo Nº 013 -2002 - SA - Reglamento de la Ley Nº 27657. f) Resolución Ministerial Nº 1950-2002-SA, Creación de Unidades Oncológicas en Hospitales del Ministerio de Salud TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 8º.- ESTRUCTURA ORGÁNICA La estructura orgánica del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas es la siguiente: 01 ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN 01.1 Jefatura. 01.2 Secretaría General 01.2.1 O fi cina de Comunicaciones 02 ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 02.1 Órgano de Control Institucional. 03 ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 03.1 O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. 03.1.1 O fi cina de Planeamiento Estratégico. 03.1.2 O fi cina de Organización. 03.1.3 O ficina de Proyectos de Inversión y Cooperación Externa. 03.2 O fi cina de Asesoría Jurídica. 04 ÓRGANOS DE APOYO 04.1 O fi cina General de Administración 04.1.1 O fi cina de Recursos Humanos. 04.1.2 O fi cina de Logística.