TEXTO PAGINA: 29
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de enero de 2007 337383 04.1.3 O fi cina de Contabilidad y Finanzas 04.1.4 O fi cina de Ingeniería, Manteni- miento y Servicios. 04.1.5 O fi cina de Informática. 05 ÓRGANOS DE LÍNEA ÓRGANOS DE LÍNEA TÉCNICO- NORMATIVOS 05.1 Dirección de Control del Cáncer 05.1.1 Departamento de Promoción de la Salud, Prevención y Control Nacional del Cáncer. 05.1.2 Departamento de Epidemiología y Estadística del Cáncer. 05.1.3 Departamento de Investigación05.1.4 Departamento de Educación05.1.5 Departamento de Normatividad, Calidad y Control Nacional de Servicios Oncológicos. ÓRGANOS DE LÍNEA TÉCNICO- ASISTENCIALES ESPECIALIZADOS 05.2 Dirección de Medicina. 05.2.1 Departamento de Oncología Mé- dica. 05.2.2 Departamento de Oncología Pe- diátrica. 05.2.3 Departamento de Especialidades Médicas. 05.2.4 Departamento de Medicina Crí- tica. 05.3 Dirección de Cirugía. 05.3.1 Departamento de Cirugía en Cabeza y Cuello. 05.3.2 Departamento de Neurocirugía.05.3.3 Departamento de Cirugía en Mamas y Tejidos Blandos. 05.3.4 Departamento de Cirugía en Tórax. 05.3.5 Departamento de Cirugía Gineco- lógica. 05.3.6 Departamento de Cirugía en Abdomen. 05.3.7 Departamento de Cirugía Uroló- gica. 05.3.8 Departamento de Especialidades Quirúrgicas. 05.3.9 Departamento de Anestesia, Analgesia, Reanimación y Centro Quirúrgico. 05.4 Dirección de Radioterapia. 05.4.1 Departamento de Radioterapia. 05.4.2 Departamento de Medicina Nuclear. 05.5 Dirección de Servicios de Apoyo al Diagnostico y Tratamiento. 05.5.1 Departamento de Patología. 05.5.2 Departamento de Radiodiagnóstico. 05.5.3 Departamento de Atención de Servicios al Paciente. 05.5.4 Departamento de Farmacia. 05.6.1 Departamento de Enfermería. CAPÍTULO I ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN Artículo 9º.- JEFATURA La Jefatura es el órgano de Alta Dirección que constituye la máxima autoridad del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas. Está a cargo de un Jefe, que es designado mediante Decreto Supremo y de un Subjefe que reemplaza al Jefe en caso de su ausencia. La Jefatura tiene asignadas las siguientes funciones: a) Cumplir y hacer cumplir la misión asignada y establecer la visión y estrategias institucionales en el marco de la legislación, políticas y objetivos nacionales de salud. b) Establecer los objetivos, metas, estrategias y programas de mediano y corto plazo institucionales, la responsabilidad de su ejecución y monitoreo y la asignación de recursos necesarios. c) Establecer, en el ámbito nacional, las políticas, normas, planes, programas y proyectos de promoción de la salud, prevención de enfermedades neoplásicas, epidemiología, investigación cientí fi ca, desarrollo tecnológico, docencia especializada, atención recuperativa y rehabilitación en el campo oncológico. d) Organizar y dirigir el funcionamiento del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas para el logro de sus objetivos. e) Dirigir al personal para alcanzar la visión y objetivos estratégicos institucionales. f) Liderar la mejora continua de los procesos organizacionales en el INEN y en la organización de servicios oncológicos a nivel nacional, enfocada en los objetivos de la población y dirigir las actividades para su implementación, medición y monitoreo. g) Gestionar la obtención de cooperación técnica y fi nanciera, nacional e internacional. h) Proponer y/o suscribir convenios o contratos con personas naturales o jurídicas y con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, según corresponda. i) Aprobar, modi fi car y hacer cumplir la política Institucional, el Plan Estratégico, Plan Operativo, Presupuesto, Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios, Planes y Programas de Promoción, Prevención, Investigación, Docencia y Control Oncológico y otros documentos de gestión institucional, según las normas vigentes. j) Aprobar las normas técnicas oncológicas de la promoción, prevención, atención recuperativa y rehabilitación de los diferentes niveles de complejidad a nivel nacional e institucional y disponer la difusión y control de su aplicación. k) Suscribir convenios y contratos con personas naturales y jurídicas y con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, que coadyuven al cumplimiento de las funciones y objetivos del INEN, así como con las autoridades regionales y locales de entidades públicas y los representantes de entes privados, para que implementen la red nacional de instituciones de servicios de salud oncológicos y la aplicación de la normatividad y control técnico oncológico l) Gestionar y suscribir convenios con entidades internacionales en el campo oncológico, para la estadía, intercambio, capacitación, especialización y perfeccionamiento sistemático y periódico de los recursos humanos del INEN en dichas entidades, para la transferencia tecnológica, la innovación y aprendizaje de conocimientos cientí ficos, técnicos y administrativos, la observación in situ y asimilación de modelos de gestión y producción de redes de servicios oncológicos internacionales, la participación del personal en equipos de investigación multinacionales y para la gestión de programas y proyectos interinstitucionales. m) Constituir, mediante Resolución Jefatural, Comités, Comisiones y/o Equipos de trabajo institucionales para evaluar y proponer recomendaciones que contribuyan a optimizar la ejecución de su misión, funciones, procesos, procedimientos, objetivos y actividades de gestión institucional, así como para absolver las consultas de interés institucional que le sean formuladas, los mismos que serán integrados por los directivos y/o profesionales que establezca la Jefatura, de acuerdo a los fi nes especí fi cos que se les encomiende y la formación y experiencia requeridas n) Convocar la participación de titulares y/o representantes de entidades públicas y privadas,