Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2007 (18/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

337818
8°. DICE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de enero de 2007

- En la pagina N° 337142, penultimo parrafo del articulo

"... En el caso de planes tarifarios bajo la modalidad prepago del servicio de telefonia fija, en los que la empresa operadora otorgue al abonado la posibilidad de mantener inhabilitado el servicio por un periodo continuo mayor a dos (2) meses y reactivarlo sin costo alguno, no sera exigible la devolucion por concepto de fracciones de tarifa o renta fija." DEBE DECIR: "... En el caso de planes tarifarios bajo la modalidad prepago del servicio de telefonia fija, en los que la empresa operadora otorgue al abonado la posibilidad de mantener inhabilitado el servicio por un periodo continuo mayor a dos (2) meses y reactivarlo sin costo alguno, no sera exigible la devolucion por concepto de fracciones de tarifa o renta fija, salvo lo dispuesto en los articulos 31º y 35º." - En la pagina N° 337144, numeral (i) del articulo 36°. DICE: "... (i) En la fecha y hora que indique la empresa operadora en la comunicacion que realice a OSIPTEL, de conformidad con lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 35º; o, ...". DEBE DECIR: "... (i) En la fecha y hora que indique la empresa operadora en la comunicacion que realice a OSIPTEL, de conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 35º; o, ...".

16559-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban Reglamento General de Supervision, Fiscalizacion y Sancion de las EPS
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-2007-SUNASS-CD
MORDAZA, 12 de enero de 2007 VISTO: El Informe Nº 041-2006/SUNASS-100 presentado por la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion, la Gerencia de Politicas y Normas y la Gerencia de Asesoria Juridica, referido a la evaluacion de los comentarios recibidos sobre el proyecto de resolucion que aprueba el "Reglamento General de Supervision, Fiscalizacion y Sancion" y su correspondiente Documento de Analisis de Impacto Regulatorio, proyecto cuya publicacion fue aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2006-SUNASSCD; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos - modificada por la Ley Nº 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar en el ambito y materia de su competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general, la fijacion de tarifas

de los servicios, la solucion de reclamos y la imposicion de medidas correctivas y sanciones, entre otras; Que, segun el Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, la SUNASS ejerce sus funciones supervisora, fiscalizadora y sancionadora, con respecto a las actividades que involucran la prestacion de servicios de saneamiento, dentro del ambito de su competencia, cautelando en forma imparcial y objetiva, los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 015-2004-SUNASS-CD se aprobo el "Reglamento de Supervision y Fiscalizacion de la Prestacion de Servicios de Saneamiento"; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 036-2004-SUNASS-CD se aprobo el "Reglamento de Infracciones y Sanciones Aplicable a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento"; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 020-2005-SUNASS-CD se aprobo la "Directiva de Procedimiento de Transferencia de la Informacion de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento"; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0102006-SUNASS-CD se aprobo el "Sistema de Indicadores de Gestion de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento"; Que, transcurridos dos anos de la vigencia del Reglamento de Supervision y Fiscalizacion y del Reglamento de Infracciones y Sanciones, se ha considerado conveniente simplificarlos, a fin de otorgar mayor predictibilidad a la actuacion del Regulador; asi como incluir disposiciones adicionales que contengan incentivos para que las EPS cumplan sus obligaciones, teniendo en cuenta la finalidad preventiva y correctiva, mas no unicamente punitiva, de las acciones de este regulador, en beneficio de los usuarios de servicios de saneamiento; o, en caso de imponerse una sancion, incentivar a las EPS para que cumplan con ella; y revisar la tipificacion y calificacion de las infracciones; Que, la SUNASS ha considerado conveniente, ademas de revisar y perfeccionar las disposiciones emitidas a dos anos de su vigencia, reunir en un solo texto normativo todas las disposiciones referidas al ejercicio de las funciones supervisora, fiscalizadora y sancionadora de la SUNASS, por encontrarse estrechamente ligadas y, en muchos casos, ser procedimientos consecutivos; Que, con el proposito MORDAZA referido, la SUNASS aprobo mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2006SUNASS-CD, la publicacion del proyecto de MORDAZA que aprueba el "Reglamento General de Supervision, Fiscalizacion y Sancion", otorgandose veinte (20) dias calendario posteriores a la publicacion del proyecto de MORDAZA, para recibir los comentarios de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 23º del Reglamento de la SUNASS; Que, evaluados e incorporados algunos de los comentarios recibidos, corresponde aprobar el texto definitivo de la norma; De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27332, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM y el acuerdo adoptado en Sesion de Consejo Directivo Nº; El Consejo Directivo HA RESUELTO: Articulo 1º.- Derogar las siguientes normas: - "Reglamento de Supervision y Fiscalizacion de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 015-2004SUNASS-CD, - "Reglamento de Infracciones y Sanciones Aplicable a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento", aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0362004-SUNASS-CD, - "Directiva de procedimiento de transferencia de la informacion de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 020-2005-SUNASS-CD. Articulo 2º.- Aprobar el "Reglamento General de Supervision, Fiscalizacion y Sancion de las EPS", con su correspondiente Documento de Analisis de Impacto Regulatorio, y disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www. sunass.gob.pe).

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