Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2007 (02/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

338931

Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 23029-12

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" a diversos organismos ejecutores del sector publico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 022-2007-TR MORDAZA, 31 de enero de 2007 VISTOS: El Informe Nº 016-2007-DVMPEMPE-ATU/ PP de fecha 31 de enero de 2007, del Jefe del Area de Planificacion y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano"; el Informe Legal Nº 023-2007-DVMPEMPE/ATU-AL de fecha 31 de enero de 2007, del Jefe de la Oficina de Asesoria Legal del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano"; y el Oficio Nº 046-2007-MTPE/3/14.120 de fecha 31 de enero de 2007, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo "A Trabajar Urbano"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001, se creo el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" (en adelante el PROGRAMA), como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, cuyo objetivo es la generacion de empleo temporal para la poblacion desempleada de las areas urbanas, favoreciendo a aquellos con menores niveles de ingresos economicos, con niveles de pobreza y extrema pobreza; Que, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del PROGRAMA se lograran a traves del financiamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, los cuales deberan ser previamente evaluados y seleccionados de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, segun lo mencionado precedentemente, el PROGRAMA efectua transferencias financieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, el Articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2006, establece en el literal c) del numeral 75.4 que las Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios (entre los que se encuentra el PROGRAMA), se aprueban por Resolucion del Titular del pliego, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 016-2007-DVMPEMPEATU/PP, el Jefe del Area de Planificacion y Presupuesto del PROGRAMA, indica que se cuenta con disponibilidad presupuestal para atender los compromisos (transferencias financieras a los organismos ejecutores pertenecientes al sector publico) por la suma de S/. 883 420,80 (Ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos veinte con 80/100 nuevos soles), segun el siguiente detalle: (i) Concurso de Proyectos

de Intervencion Inmediata - PEII, Proyectos de Servicios y Ciclo Complementario - CC2 para los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Pasco determinado en el rubro de Mano de Obra No Calificada - MONC, por la cantidad de S/. 546 168,14 (Quinientos cuarenta y seis mil ciento sesenta y ocho con 14 /100 nuevos soles); y, (ii) Rubro de Otros, por la cantidad de S/. 337 252,66 (Trescientos treinta y siete mil doscientos cincuenta y dos con 66/100 nuevos soles), habiendose suscrito 14 convenios; Que, en merito a lo expuesto, resulta necesario efectuar una transferencia financiera a los organismos ejecutores pertenecientes al sector publico, por concepto de aporte del PROGRAMA para el financiamiento de los Convenios suscritos, en el rubro Otros Gastos distintos al de Mano de Obra No Calificada - MONC; Con las visaciones del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo "A Trabajar Urbano", del Director General de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2006; el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano", por un monto total de S/. 337 252,66 (Trescientos treinta y siete mil doscientos cincuenta y dos con 66/ 100 nuevos soles), respecto al rubro de Otros distintos al de Mano de Obra No Calificada - MONC, a los organismos ejecutores del sector publico senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el tramite de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 22807-1

Designan representante del Ministerio ante la Comision Arbitral Permanente constituida mediante R.M. Nº 0132007/MINSA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 023-2007-TR MORDAZA, 1 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el ultimo parrafo del Articulo 90º del Reglamento de la Ley Nº 26790, Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00997-SA, establece que las discrepancias que surjan por aplicacion del presente articulo entre el IPSS y las EPS o las Entidades Empleadoras, seran resueltas por una Comision Arbitral Permanente designada por Resolucion Ministerial del Ministerio de Salud que funcionara en la SEPS; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 013-2007/ MINSA de fecha 5 de enero de 2007, se establece la Comision Arbitral Permanente, a que hace referencia el articulo precedentemente; Que, la Resolucion Ministerial citada anteriormente, dispone que la Comision Arbitral Permanente, esta conformada entre otros, por un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el mismo que sera designado por Resolucion Ministerial;

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