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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2007 349025 – CONADIS con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, teniendo esta última la calidad de entidad absorbente, otorgando para ello un plazo de 90 días calendario; Que, conforme al numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, al haber culminado el proceso de fusión antes señalado, se ha extinguido la existencia del INDEPA y el CONADIS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2007- MIMDES del 21 de junio de 2007 se modi fi có el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del MIMDES, por el cual, entre otros, se incorporó en su estructura orgánica a la Dirección General de Pueblos Originarios y Afroperuano como órgano de línea del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social, el cual ha asumido las funciones asignadas anteriormente al ex - INDEPA; Que, asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 321-2007-MIMDES de fecha 27 de junio de 2007, se modi fi có el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, aprobado por Resolución Suprema Nº 004-2005-MIMDES, incorporando nuevos cargos en virtud al reordenamiento de los mismos, derivado a su vez de la modi fi cación al ROF antes señalada; Que, entre los cargos incorporados al CAP del MIMDES se encuentra el de Director General de la Dirección General de Pueblos Originarios y Afroperuano, que es considerado como cargo de con fi anza; Que, en tal virtud, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor RONALD ISIDORO IBARRA GONZÁLES en el cargo de Director General de la Dirección General de Pueblos Originarios y Afroperuano del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 84054-1 Aceptan renuncia de Asesora de la Dirección Ejecutiva del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2007-MIMDES Lima, 13 de julio de 2007Visto, el O fi cio Nº 593-2007-MIMDES-PRONNA/DE de fecha 9 de julio de 2007, emitido por la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 313-2007-MIMDES de fecha 19 de junio de 2007, se designó a la señora Lizeth Maité Aranda Vergara, en el cargo de Asesora del la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, sin embargo, mediante Carta Nº 01-2007-LAV la señora Lizeth Maité Aranda Vergara comunica a la Directora Ejecutiva del PRONAA, su renuncia al cargo de Asesora de la Dirección Ejecutiva del citado Programa Nacional, la cual resulta necesario aceptar; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, la Ley Nº 27793 y el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006- 2007-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la señora LIZETH MAITÉ ARANDA VERGARA al cargo de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 84055-1 PRODUCE Otorgan autorización de incremento de flota a personas naturales vía sustitución por obsolescencia de embarcación pesquera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 279-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 30 de mayo del 2007Visto los escritos con Registro Nº 00082324 del 15 de diciembre del 2006, del 2 y 14 de abril y del 3 de mayo del 2007 presentados por los señores ANTONIO CUSTODIO UCHOFEN y FRANCISCA HUAMANCHUMO EFFIO; CONSIDERANDO:Que el artículo 24° del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construcción y/o adquisición de embarcaciones pesqueras deberá contar con autorización previa de incremento de fl ota otorgado por el Ministerio de la Producción y que las autorizaciones de incremento de fl ota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, sólo se otorgarán siempre que se sustituya igual capacidad de bodega de lafl ota existente; Que el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE del 20 de febrero del 2007 en su 1º artículo decreta sustituir el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, estableciendo que la sustitución de embarcaciones pesqueras a que se re fi ere el artículo 24º de la Ley General de Pesca y los artículos 12º y 18º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, será autorizada a las embarcaciones comprendidas en el régimen jurídico de la Ley Nº 26920, siempre que se sustituyan por otra de madera, cuya capacidad de bodega estará sujeta al volumen de bodega a sustituir. Asimismo expresa que, las embarcaciones pesqueras que sean materia de sustitución, deberán ser desguasadas como requisito previo para el otorgamiento del permiso de pesca a la nueva embarcación. Igualmente establece que, las autorizaciones de incremento de fl ota vía sustitución de bodega no podrán exceder de 110 m3 de capacidad de bodega, siendo en lo demás aplicable lo dispuesto en el artículo 37° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que al amparo de la Ley Nº 26920 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, se otorgó por Resolución Directoral Nº 284-2000-PE/DNE del 13 de diciembre del 2000, permiso de pesca a plazo determinado a los armadores ANTONIO CUSTODIO UCHOFEN y FRANCISCA HUAMANCHUMO EFFIO, para operar la embarcación pesquera de madera denominada MI AGUSTIN, con matrícula PL-3654-CM de 34.92 m3 de capacidad de bodega, con hielo en cajas como medio de preservación a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulg. (13 mm.) y 1 ½ pulg. (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, según corresponda, para la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto en el ámbito