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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2007 (18/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de julio de 2007 349251 VISTO: El Memorando Nº 562-2007-DP/OGRH que adjunta el Memorando Nº 067-2007-DP/GADP, por el que se solicita la elaboración del proyecto de resolución autoritativa que encargue las funciones del titular de la Adjuntía en Asuntos Constitucionales; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 26520 establece que la Defensora del Pueblo estará auxiliada por Adjuntos que la representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le con fi ere; Que, la Ley Nº 26602, ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante la Resolución Defensorial Nº 037- 2007/DP se ha dado por concluida la encargatura de funciones del abogado Roberto Carlos Pereira Chumbe como Adjunto en Asuntos Constitucionales; Que, con el fi n de asegurar la continuidad de la gestión institucional y el funcionamiento de la precitada Adjuntía es menester encargar al abogado Fernando Rafael Castañeda Portocarrero las funciones de Adjunto en Asuntos Constitucionales, hasta la designación de su titular; Con los visados de las o fi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, en concordancia con los literales d) y o) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP y el literal e) del artículo 59º del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP; SE RESUELVE:Artículo Único.- ENCARGAR al abogado Fernando Rafael CASTAÑEDA PORTOCARRERO las funciones de Adjunto en Asuntos Constitucionales, correspondiente a la Plaza 224, con Categoría y Nivel D8, a partir del 18 de julio del 2007 y hasta la designación de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 85319-2 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 593-2007-JNAC/RENIEC Lima, 6 de julio de 2007 VISTOS: Los O fi cios Nº 1117 y 1277-2007/GPDR/ RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral, y el Informe Nº 831-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, según los Informes Nº 788-2006/HYC/SGDAR/ GP/RENIEC y Nº 420-2007/HYC/SGDI/GPDR/RENIEC del Área de Habilitaciones y Cancelaciones, se detectó que dos ciudadanas, no obstante tener una inscripción, obtuvieron otra inscripción, en la que señalaron distinta fecha de nacimiento a la que les correspondía, estando acreditado mediante pericias, que las citadas ciudadanas fueron quienes ejecutaron los referidos trámites; siendo dichas inscripciones las siguientes: Nº de Pericia Nº de InscripciónFecha de NacimientoNombres y Apellidos 077-2006/AP/ SGDAR/GP07825034 20-Mayo-1947 Olga Neli Flores Suárez 16772357 20-Mayo-1951 Olga Nely Flores Suárez 040-2007/ DDG/GPDR45616651 11-Marzo-1943 Olga Augusta Dávila Marquina 06451519 11-Marzo-1944 Olga Augusta Dávila Marquina de Kenny Jordan Que, si bien en ambos casos se excluyó de fi nitivamente la segunda inscripción del registro, mediante resoluciones administrativas, del comportamiento de las indicadas ciudadanas se presume la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipi fi cado en el artículo 428º del Código Penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra las ciudadanas mencionadas en el primer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 84869-3 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 610-2007-JNAC/RENIEC Lima, 13 de julio de 2007VISTOS: Los O fi cios Nº 924, 985, 879, 1405 y 741- 2007/GPDR/RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe Nº 876-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, FRANCISCO VÁSQUEZ JARA titular de la Inscripción Nº 07980613, logró la inserción de la Partida Nº 1 del folio 01 en el Libro de Nacimientos del año 1956 de la Municipalidad Distrital de San Jacinto, provincia y departamento de Tumbes, en la que aparece como FRANCISCO MUÑOZ ISHIWATA; veri fi cándose que la letra, tinta y fi rmas de las autoridades presuntamente fi rmantes, son distintas del resto de Partidas; asimismo, con dicha Partida, el ciudadano indebidamente obtuvo la Inscripción Nº 00370728 en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales; Que, FRANCISCO VÁSQUEZ JARA, solicitó a las O fi cinas Registrales de Lima e Independencia, la autenticación de Actas y Partidas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y Constancias de Soltería para uso en el exterior falsos, mediante las solicitudes