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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2007 (21/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2007 349587 Establecen nueva conformación de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Control, Reglamento, Ética y Medidas Disciplinarias ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 038-2007-CR/GRL Huacho, 1 de junio de 2007VISTOS: El pedido de la Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Teresa Junco Barrera, quien solicita se nombre al Presidente de la Comisión de Fiscalización, Control, Reglamento, Ética y Medidas Disciplinarias, toda vez que por Acuerdo de Consejo Nº 12-2007, se dio por aceptada la renuncia por parte del Consejero Regional por la provincia de Yauyos, doctor Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, a presidir e integrar dicha comisión; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo yfi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 27902, siendo sus atribuciones tal como lo dispone el inciso a) del artículo 15º de la referida ley, de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten sus asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en la sesión ordinaria del Consejo Regional de Lima, llevada a cabo en la ciudad de Huacho, el 1 de junio del año en curso, la Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Teresa Junco Barrera, solicitó se nombre al Presidente de la Comisión de Fiscalización, Control, Reglamento, Ética y Medidas Disciplinarias, toda vez que por Acuerdo de Consejo Nº 12-2007, se dio por aceptada la renuncia por parte del Consejero Regional por la provincia de Yauyos, doctor Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, a presidir e integrar dicha comisión, por lo que luego de deliberación por parte de las Consejeras y Consejeros y con el voto en mayoría de los consejeros y consejeras concurrentes a dicha sesión, con la abstención de los Consejeros Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro e Igor Orestes Galarza de la Cruz; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39° del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Único.- RECONFORMAR la COMISIÓN ORDINARIA DE FISCALIZACIÓN, CONTROL, REGLAMENTO, ÉTICA Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS, la misma que quedará conformada de la siguiente manera: Presidente : Ing. Igor Orestes Galarza de la Cruz Secretario : Lic. Beatriz Eugenia Castillo Ochoa Miembro : Dra. Marianela Teresa Junco Barrera POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 86528-4Expresan saludo del Consejo Regional por el Día del Maestro a los Educadores de la Región ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 041-2007-CR/GRL Huacho, 18 de junio de 2007VISTO: el pedido de la Consejera Regional por la provincia de Huaura Dra. Marianela Teresa Junco Barrera, en uso de la atribución que le con fi ere el Art. 16º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, quien solicita expresar saludo a los maestros y maestras de las nueve provincias de la Región Lima, así como el reconocimiento público a la labor extraordinaria, en el marco de la celebración del DÍA DEL MAESTRO; CONSIDERANDO: Que, durante la Independencia del Perú, don José de San Martín funda la primera Escuela Normal de Varones, mediante Resolución de Márquez Torre Tagle, expedida el 6 de julio de 1822. Que, en mérito al servicio que prestaron los profesores de la Escuela Normal de Varones, se declara mediante Decreto Supremo, emitido el 4 de mayo de 1953, en el gobierno de Manuel A. Odria, el 6 de julio como Día del Maestro y se establece el Día de las Escuelas Normales del Perú en mención histórica a la Escuela Normal de Varones creada por San Martín. Que, el maestro es fundamentalmente, un educador, es decir que no se limita a impartir sólo conocimientos. Si tenemos en cuenta que “educar” se deriva del latín “educare”, que signi fi ca sacar o dirigir hacia afuera, comprenderemos que la misión más importante del maestro es descubrir y sacar a relucir el potencial oculto de cada uno de sus educandos, para cultivarlo y pulirlo hasta hacer de él un hombre o una mujer capaz de valerse por sí mismo, orgullo de sus padres y futuro ciudadano ejemplar y útil para su patria. El verdadero maestro debe inculcar en sus estudiantes -principalmente con el ejemplo- el amor por el estudio, por el trabajo y el orden, desarrollando en ellos buenos hábitos de estudio, inculcándoles la necesaria disciplina, reforzando su autoestima y, en suma, preparándolos para que sepan valerse por sí mismos y asuman posiciones de liderazgo allí donde les toque actuar. Que, el Día del Maestro, resalta la importancia de la labor docente en el proceso de formación de los alumnos y alumnas, porque son los maestros y maestras la prolongación de la responsabilidad que tienen los padres, en la formación de sus hijos, la misión que desempeña el maestro y la maestra en la sociedad, es maravillosa, no tanto por el traslado de conocimiento, sino por el proceso de formación de la personalidad en valores, respeto y principios éticos, espirituales y morales. Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo yfi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 27902 siendo sus atribuciones tal como lo dispone en inciso a) del Art. 15º de la referida ley, de aprobar, modi fi car, o derogar las normas que regulen o reglamenten sus asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima llevada acabo en la ciudad de Huacho, el 18 de junio del año en curso la Consejera Regional por la provincia de Huaura Dra. Marianela Teresa Junco Barrera, en uso de la atribución que le con fi ere el Art. 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, solicita expresar