Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

una MOCION DE SALUDO a los maestros y maestras de las nueve provincias de la Region MORDAZA, asi como el reconocimiento publico a la labor extraordinaria, en el MORDAZA de la celebracion del DIA DEL MAESTRO, a traves del otorgamiento del distintivo de la Region a los maestros mas destacados de la Region MORDAZA y con el MORDAZA unanime de sus integrantes el Consejo Regional de Lima; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del articulo 15° de la Ley N° 27867 ­ "Ley Organica de Gobiernos Regionales", concordante con el articulo 39° del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Articulo Primero.- EXPRESAR el saludo del Consejo Regional por el DIA DEL MAESTRO a los Educadores de la Region, maestras y maestros de las provincias de Huaura, Barranca, Huaral, Oyon, Cajatambo, Huarochiri, Canta, Canete, y Yauyos. Articulo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR el 6 de MORDAZA de todos los anos como el "Dia del Maestro en la Region Lima" y el Distintivo Regional de la Region MORDAZA que se otorgara con ocasion de la fecha conmemorativa a los educadores de la Region de destacada participacion en la labor como docente. Articulo Tercero.- CONSTITUIR una Comision Especial para el reconocimiento publico por la labor docente extraordinaria en beneficio de la Institucion Educativa o la comunidad en general. La mencionada Comision estara conformada por: el Gerente Regional de Desarrollo Social, Dos Consejeros o Consejeras de la Region MORDAZA, el Director o Directora de la Direccion Regional de Educacion y el Director o Directora de la respectiva Ugel, debiendo la comision formular su respectivo reglamento, a fin de establecer las condiciones, requisitos y meritos que deben considerarse para el otorgamiento del Distintivo Regional. Articulo Cuarto.- PRIORIZAR la atencion de los Programas No Escolarizados de Educacion Inicial (PRONEI) de las Zonas Rurales y Andinas del ambito jurisdiccional del Gobierno Regional de Lima; encargando a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias para que implementen las acciones correspondientes que vialice dicha atencion prioritaria. POR TANTO: Mando se registre, comunique y publique. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 86528-5

Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA realizada el dia 18 de junio del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, se aprobo con el MORDAZA unanime de sus miembros: El pedido de la Consejera Regional por la provincia de Huaura que posteriormente pasara a votacion, por medio del cual solicito se solicite un informe documentado y detallado al Gobierno Regional de MORDAZA sobre el dinero revertido al Estado en el ejercicio presupuestal 2006; Que, luego de las deliberaciones respectivas entre los senores Consejeros asistentes a la Sesion de Consejo Regional Ordinaria del dia lunes 18 de junio del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, y con el MORDAZA unanime de sus integrantes y en uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del articulo 15° de la Ley N° 27867 ­ "Ley Organica de Gobiernos Regionales", concordante con el articulo 39° del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Articulo Unico.- SOLICITAR un Informe detallado y documentado, al Gobierno Regional de MORDAZA, sobre el dinero revertido al Estado, durante el ejercicio presupuestal 2006, ascendiente en 2' 686,569.27 nuevos soles. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 86528-6

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban la creacion de la Agencia Agraria de Huarmaca como organo desconcentrado de la Direccion Regional de Agricultura del Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N° 127-2007/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, en su articulo 191° establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el articulo 192° inciso 1., dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley N° 27902, en su articulo 12°

Solicitan informe detallado y documentado al Gobierno Regional de MORDAZA sobre dinero revertido al Estado durante el ejercicio presupuestal 2006
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 042-2007-CR/GRL MORDAZA, 18 de junio de 2007 VISTO: el pedido de la Consejera Regional por la provincia de Huaura, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ante el Informe del senor Gerente General Regional, Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el dinero revertido al Estado durante el ejercicio presupuestal 2006, ascendiente en la suma de 2 686 569.27 nuevos soles, solicito se recabe un informe; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal;

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