Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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establece que el organo ejecutivo del Gobierno Regional se organiza en Gerencias Regionales, coordinadas y dirigidas por una Gerencia General Regional, complementada con los Organos de Linea, Apoyo, Asesoramiento y Control, que establece el reglamento correspondiente, conforme lo determine cada Gobierno Regional; asimismo en su articulo 38°, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Ley N° 28926 ­ Ley que regula el Regimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales, se indica que las Direcciones Regionales Sectoriales son organos dependientes de las Gerencias Regionales correspondientes, y tienen a su cargo las funciones especificas de un sector en el ambito del Gobierno Regional; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 1712006/GOBIERNO REGIONAL MORDAZA -PR, de fecha 16 de marzo del 2006, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA y con la Ordenanza Regional N° 089-2005/GRP-CR, de fecha 30 de diciembre del 2005 se aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal de la misma; Que, mediante el Decreto Supremo N° 043-2006PCM, de fecha 26 de MORDAZA del 2006, se aprueban los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la administracion publica, senalando en su articulo 11° las funciones sobre los organos desconcentrados; Que, mediante Ordenanza Regional N° 111-2007/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de setiembre del 2006, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Piura; Que, el distrito de Huarmaca es predominantemente rural con actividad economica fundamentalmente MORDAZA y pecuaria, y es considerado segun el mapa de pobreza como muy pobre, es a la vez el distrito mas extenso y poblado de la provincia de Huancabamba, y cuenta con una Oficina Agraria que depende de la Agencia Agraria de Huancabamba que no cubre toda el area geografica de este distrito, y siendo uno de los objetivos estrategicos del Gobierno Regional MORDAZA la reduccion de los indices de extrema pobreza, considera necesaria la creacion de la Agencia Agraria de Huarmaca como un organo desconcentrado de la Direccion Regional de Agricultura que cumple las funciones de implementar las politicas, planes, normatividad, y de proponer y fortalecer las organizaciones de productores agrarios; Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico mediante Memorandum Nº 659-2007/GRP-420000 de fecha 8 de junio del 2007, la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA con Informe Tecnico de fecha 18 de junio del 2007, la Subgerencia Regional de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Informe N° 074-2007/GRP-410300 de fecha 19 de junio del 2007, y la Oficina Regional de Asesoria Juridica mediante Informe N° 681-2007/GRP-460000 de fecha 22 de junio del 2007, recomiendan la creacion de la Agencia Agraria de Huarmaca, sobre la base de la Oficina Agraria del mismo distrito, con el objeto de incrementar la produccion MORDAZA y pecuaria, mejorar el nivel de MORDAZA y reducir los indices de extrema pobreza de esta MORDAZA de la MORDAZA piurana; Que, mediante Dictamen Nº 003 ­ 2007 de fecha 4 de MORDAZA de 2007, la Comision de Promocion de Inversiones e Infraestructura del Consejo Regional, opina favorablemente sobre la propuesta de Ordenanza Regional que Aprueba la creacion de la Agencia Agraria de Huarmaca como Organo Desconcentrado de la Direccion Regional de Agricultura del Gobierno Regional Piura; y Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 08, de fecha 5 de MORDAZA del 2007, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas

por la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: APRUEBAN LA CREACION DE LA AGENCIA AGRARIA DE HUARMACA COMO ORGANO DESCONCENTRADO DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la creacion de la Agencia Agraria de Huarmaca como organo desconcentrado de la Direccion Regional de Agricultura del Gobierno Regional Piura. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 86715-1

Declaran Patrimonio de la Region MORDAZA al Algodon Pima Peruano
ORDENANZA REGIONAL Nº 128 - 2007/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192° establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo; Que, el literal d). del articulo 51° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, y su modificatoria Ley N° 27902, senala como funciones en materia agraria, el promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la region; asimismo su literal l) establece como funcion, el fomentar sistemas de Proteccion de Biodiversidad y germoplasma;

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