Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

Articulo 5º.- Transcribase la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 88175-2

de diciembre de 1972, en lo que corresponde a la denominacion y ubicacion del inmueble: "Iglesia de Vilcas", distrito de Vilcashuaman, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho", debiendo decir: "Iglesia de San MORDAZA MORDAZA, ubicada en el distrito y provincia de Vilcashuaman, departamento de Ayacucho". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 88175-3 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 862/INC MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2007 Visto el Informe Nº 025-2007-INC/DPHCR-SDRDAB de la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1251-85-ED de fecha 27 de noviembre de 1985 se declaro Monumento entre otros al Jr. MORDAZA MORDAZA, esquina MORDAZA y Uruguay (Edificio Belen); Que, mediante el documento del visto la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano comunica que mediante Resolucion Ministerial Nº 1251-85-ED se declaro Monumento al Edificio Ferrand, ubicado en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esquina MORDAZA y Uruguay, con el nombre de "Edificio Belen", por lo que recomienda la rectificacion de la citada Resolucion; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Que, el numeral 1 del articulo 65º de la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General" prescribe que "el ejercicio de la competencia es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegacion o evocacion, segun lo previsto en esta Ley", asimismo el MORDAZA de legalidad consagrado en el articulo IV del Titulo Preliminar de la misma ley, establece que "las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas"; Con las visaciones del Director de Gestion, del Director de Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y de la Directora (e) de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Articulo Unico.- PRECISAR el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 1251-85-ED de fecha 27

Precisan denominacion y ubicacion de inmuebles a que se refieren la R.S. Nº 2900-72-ED y R.M. Nº 1251-85-ED
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 861/INC MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2007 Visto el Informe Nº 076-2007-INC/DPHCR-SDR la Subdirectora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972 se declaro entre otros la "Iglesia de Vilcas" ubicada en el distrito de Vilcashuaman, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho; Que, mediante Informe Nº 076-2007-INC/DPHCRSDR la Subdirectora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano comunica que el nombre correcto de la citada Iglesia es "Iglesia de San MORDAZA Bautista", que se encuentra ubicada en el distrito y provincia de Vilcashuaman, departamento de MORDAZA, por lo que es necesario precisar dicha Resolucion Suprema; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Que, el numeral 1 del articulo 65º de la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General" prescribe que "el ejercicio de la competencia es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegacion o evocacion, segun lo previsto en esta Ley", asimismo el MORDAZA de legalidad consagrado en el articulo IV del Titulo Preliminar de la misma ley, establece que "las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas"¸ Con las visaciones del Director de Gestion, del Director de Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y de la Directora (e) de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Articulo Unico.- PRECISAR el articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28

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