Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

350036

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

de los derechos de licenciamiento y a la exclusividad de brindar el soporte tecnico a nuestra entidad. El servicio de soporte y actualizacion de licencias debe ser brindado por el mismo proveedor MORDAZA las caracteristicas del producto, las cuales lo hacen unico en el MORDAZA y no admite sustitutos; Que, mediante documento de fecha 19 de junio de 2007, el Director Legal de Oracle Latin MORDAZA, pone en conocimiento de la Direccion Nacional de Inteligencia que, Sistemas Oracle del Peru S.A. es la unica empresa autorizada en el Peru para contratar la renovacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle; Que, mediante Informe Nº 085-2007-OAJ-DINI de fecha 4 de MORDAZA de 2007, la Oficina de Asesoria Juridica precisa que, conforme a lo solicitado por la Oficina de Soporte Tecnico y a la opinion tecnica de la dependencia de Logistica de la Oficina de Administracion y demas antecedentes, se puede constatar que la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. es la unica en el MORDAZA peruano que esta en condiciones de prestar el servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle, circunstancia que se enmarca dentro del supuesto del servicio que no admite sustitutos, en razon que es prestado por un proveedor unico, por lo que resulta procedente aplicar la causal de exoneracion, establecida en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, por los fundamentos expuestos y de acuerdo a lo senalado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario la expedicion de un acto resolutivo que disponga la exoneracion de la realizacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle y que autorice a la Oficina de Administracion a realizar tal contratacion a traves de acciones inmediatas; Estando al visto de la Oficina de Administracion, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28664 - Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Direccion Nacional de Inteligencia - DINI, Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, Decreto Supremo Nº 025-2006-PCM, Decreto Supremo Nº 026-2006-PCM y la Resolucion Suprema Nº 255-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXONERAR de la realizacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, por la causal de servicio que no admite sustitutos y por existir proveedor unico, la contratacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle, por un valor referencial ascendente a S/. 79,396.66 (Setenta y nueve mil trescientos noventa y seis y 66/100 Nuevos Soles), por un periodo de 1 (un) ano, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, Especifica del Gasto 39 Otros servicios de terceros. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Administracion a que efectue la contratacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle, mediante acciones inmediatas, con la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. Articulo 3º.- DISPONER que la Oficina de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 4º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, dentro de un plazo de diez dias habiles, contados desde la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Direccion Nacional de Inteligencia 88693-1

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Disponen retirar la condicion de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a inmueble ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 804/INC MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2007 Visto el Expediente Nº 01670/2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 1 de febrero de 2007 los senores MORDAZA MORDAZA Crousse de Vallongue y MORDAZA MORDAZA Panizo solicitan el Retiro de Condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA La MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Rosa) Nº 190 esquina Jr. MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Palacios), distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Jefatural Nº 515-89-INC/J de fecha 11 de agosto de 1989 conformante de la MORDAZA Monumental de Chorrillos declarada mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 947/INC de fecha 1 de octubre de 2002; Que, obra en el expediente la Resolucion Directoral Nº 071/INC-DREPH de fecha 8 de MORDAZA de 2007 que aprobo el proyecto de obra nueva en el inmueble ubicado en Jr. MORDAZA La MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Rosa) Nº 190 esquina Jr. MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Palacios), distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 014-2007-INC/DPHCRSDR-LGCH la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion presentada por los administrados en relacion a la solicitud de retiro de condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA La MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Rosa) Nº 190 esquina Jr. MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Palacios), distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 043-2007-INC/DPHCRSDR la Subdirectora de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano manifiesta que al no existir estructuras fisicas recuperables del inmueble, encontrandose este destruido en un 90% en estado ruinoso y en peligro de colapso (restos de la edificacion), la suscrita considera que no hay justificacion tecnica para conservar la condicion del predio como Monumento, por lo que es necesario poner en consideracion de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo para su evaluacion y pronunciamiento respectivo; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo integrada por el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, un representante del: Colegio de Arquitectos del Peru, Colegio de Ingenieros del Peru y Municipalidad Metropolitana de MORDAZA emitio el Acuerdo Nº 03 de fecha 25 de MORDAZA de 2007, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. La Resolucion Directoral Nº 115/INC-DREPH de fecha 9 de noviembre de 2005 que acepta el descargo a la Notificacion Nº 002-2005-INC/DREPH-DPHCR-SDCH-DLS. 2. La documentacion presentada de fecha 1 de febrero de 2007, planos del estado actual, registro fotografico, ficha registral, ficha de informacion basica. 3. El Informe Nº 0142007-INC/DPHCR-SDR-LGCH de la Arqº MORDAZA Guerzoni MORDAZA, profesional de la Subdireccion de Registro. 4. La Resolucion Directoral Nº 071/INC-DREPH de fecha 8 de MORDAZA de 2007 que aprueba el proyecto de obra nueva en el inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA La MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Rosa) Nº 190 esquina Jr. MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Palacios). 5. El Informe Nº 043-2007-INC/DPHCRSDR de la Arqº MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Registro. CONSIDERANDO: Que, la documentacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.