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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2007 (26/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de julio de 2007 350037 gráfi ca y acta levantada en el año 2002 se constató el estado totalmente inhabitable del inmueble, casi demolido en su integridad, no encontrándose ninguna construcción, ni en el primer piso ni en los aires, situación que se ha con fi rmado en la inspección ocular realizada en el año 2007 en donde se veri fi có que el inmueble se encuentra en estado ruinoso, destruida la edi fi cación en un 90% y que no se encontraban estructuras físicas recuperables al sólo tener una pared perimetral hacia el Jr. Filiberto Romero (antes Jr. Enrique Palacios) de adobe que se encuentra en peligro de colapso y en el interior de la propiedad restos de algunas paredes interiores, constituyendo prácticamente un terreno baldío. SE ACORDÓ: Proponer retirar la condición de monumento del inmueble ubicado en Jr. Agustín La Rosa Lozano (ex Jr. Santa Rosa) Nº 190 esquina Jr. Filiberto Romero (ex Jr. Enrique Palacios), distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones del Director de Gestión, del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y de la Directora (e) de la O fi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE:Artículo 1º.- RETIRAR la condición de Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble ubicado en Jr. Agustín La Rosa Lozano (ex Jr. Santa Rosa) Nº 190 esquina Jr. Filiberto Romero (ex Jr. Enrique Palacios), distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Dejar establecido que por encontrarse el inmueble ubicado en la Zona Monumental de Chorrillos, cualquier proyecto que se proponga deberá ser previamente aprobado por el Instituto Nacional de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 88175-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1, ubicado en el distrito y provincia de Barranca RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 856/INC Lima, 10 de julio de 2007VISTO, el Informe Nº 482-2007-INC-DREPH/DA/SDIC- JPRB de fecha 25 de abril del 2007, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 119/INC de fecha 12 de marzo de 2007, se declara Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Ranrahirca, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima;Que, mediante Informe Nº 482-2007-INC-DREPH/DA/ SDIC-JPRB, de fecha 25 de abril del 2007, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología comunica que en coordinación con el Lic. Jesús Ramos Giraldo, se ha realizado los trabajos topográ fi cos y geodésicos en el sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima, por lo que recomienda aprobar el expediente técnico; Que, mediante Acuerdo Nº 0238 de fecha 26 de abril de 2007, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Recti fi car el Acuerdo Nº 119 de fecha 12 de marzo de 2007, considerando la clasi fi cación de sitio arqueológico Ranrahirca por zona arqueológica monumental Ranrahirca, de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, Título I, artículo 2º; - Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Aprobar el plano perimétrico Cod. PP-018-INC_ DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 20 de abril de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1; con un área de 2.07 ha y un perímetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva; - Aprobar el plano topográ fi co Cod. PTOP-017-INC_ DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 20 de abril de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1; con un área de 2.07 ha y un perímetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, el Director de Arqueología y el Director de la O fi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: • Plano perimétrico Cod. PP-018-INC_DREPH/DA/SDIC- 2007-PSAD56 de fecha 20 de abril de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1; con un área de 2.07 ha y un perímetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. • Aprobar el plano topográ fi co Cod. PTOP-017-INC_ DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 20 de abril de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueológico Ranrahirca - Montículo 1; con un área de 2.07 ha y un perímetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura.