Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

350037

grafica y acta levantada en el ano 2002 se constato el estado totalmente inhabitable del inmueble, casi demolido en su integridad, no encontrandose ninguna construccion, ni en el primer piso ni en los aires, situacion que se ha confirmado en la inspeccion ocular realizada en el ano 2007 en donde se verifico que el inmueble se encuentra en estado ruinoso, destruida la edificacion en un 90% y que no se encontraban estructuras fisicas recuperables al solo tener una pared perimetral hacia el Jr. MORDAZA MORDAZA (antes Jr. MORDAZA Palacios) de adobe que se encuentra en peligro de colapso y en el interior de la propiedad restos de algunas MORDAZA interiores, constituyendo practicamente un terreno baldio. SE ACORDO: Proponer retirar la condicion de monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA La MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Rosa) Nº 190 esquina Jr. MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Palacios), distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones del Director de Gestion, del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y de la Directora (e) de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Articulo 1º.- RETIRAR la condicion de Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al inmueble ubicado en Jr. MORDAZA La MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Rosa) Nº 190 esquina Jr. MORDAZA MORDAZA (ex Jr. MORDAZA Palacios), distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar establecido que por encontrarse el inmueble ubicado en la MORDAZA Monumental de Chorrillos, cualquier proyecto que se proponga debera ser previamente aprobado por el Instituto Nacional de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 88175-1

Que, mediante Informe Nº 482-2007-INC-DREPH/DA/ SDIC-JPRB, de fecha 25 de MORDAZA del 2007, la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia comunica que en coordinacion con el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha realizado los trabajos topograficos y geodesicos en el sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, por lo que recomienda aprobar el expediente tecnico; Que, mediante Acuerdo Nº 0238 de fecha 26 de MORDAZA de 2007, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Rectificar el Acuerdo Nº 119 de fecha 12 de marzo de 2007, considerando la clasificacion de sitio arqueologico Ranrahirca por MORDAZA arqueologica monumental Ranrahirca, de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, Titulo I, articulo 2º; - Declarar patrimonio cultural de la Nacion al sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Aprobar el plano perimetrico Cod. PP-018-INC_ DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 20 de MORDAZA de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1; con un area de 2.07 ha y un perimetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; - Aprobar el plano topografico Cod. PTOP-017-INC_ DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 20 de MORDAZA de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1; con un area de 2.07 ha y un perimetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0172003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar los planos de delimitacion siguientes: · Plano perimetrico Cod. PP-018-INC_DREPH/DA/SDIC2007-PSAD56 de fecha 20 de MORDAZA de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1; con un area de 2.07 ha y un perimetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. · Aprobar el plano topografico Cod. PTOP-017-INC_ DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 20 de MORDAZA de 2007, a escala 1/1000 del sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1; con un area de 2.07 ha y un perimetro de 597.84 m, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del sitio arqueologico mencionado en el articulo 1º y de los planos senalados en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueologico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura.

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a sitio arqueologico Ranrahirca - Monticulo 1, ubicado en el distrito y provincia de Barranca
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 856/INC MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2007 VISTO, el Informe Nº 482-2007-INC-DREPH/DA/SDICJPRB de fecha 25 de MORDAZA del 2007, de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 119/INC de fecha 12 de marzo de 2007, se declara Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Ranrahirca, ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima;

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