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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (12/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de junio de 2007 346996 (11) Reservado . (12) Revisión.- Es aquella que surge de la iniciativa de la DGAC o las personas u organizaciones que así lo propongan. La revisión es distinta a la enmienda, pues esta última se deriva de una enmienda a los SARP’s. (13) Normas Complementarias. - Se denominan así a todo documento que establece requerimientos no contemplados por las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, que son de cumplimiento obligatorio y se emiten antes de una revisión o enmienda de las RAP por ser necesaria su aplicación inmediata. Estos documentos son: la Norma Técnica Complementaria (NTC) y la Directiva Técnica Extraordinaria (DTE). (14) Pre-publicación.- Es toda publicación de un proyecto de norma técnica de la DGAC para ser sometida a la opinión de las personas y organizaciones vinculadas al tema del documento a publicarse, antes de ser formalmente aprobada y emitida; puede ser distribuida para opinión vía correo electrónico, página Web de la DGAC o noti ficación a través de cualquier documento oficial. (15) Procedimiento de elaboración normativa.- Es el procedimiento interno según el cual, el área de normatividad técnica competente de la DGAC, ejecuta los procesos de elaboración normativa. (16) Propuesta normativa (PNOR).- Es el documento a través del cual se formula, modi fica o enmienda una RAP. (17) Reservado(a).- Es aquel Párrafo, Sección o Subparte, que por alguna razón ha sido cancelado, manteniéndose el espacio con la identi ficación alfanumérica original y conteniendo la palabra “RESERVADO”, a fin de que la secuencia de identi ficación de los párrafos siguientes no cambien. Estos párrafos “reservados” también pueden ser creados en el desarrollo de una nueva norma en la previsión de que en el futuro se inserten nuevos requisitos que se tengan previstos.” . (18) RAP (Regulaciones Aeronáuticas del Perú).- Es el conjunto ordenado de reglas, preceptos, requisitos, métodos y procedimientos del ámbito técnico operativo, que se emiten a través de una Resolución Directoral de la DGAC, siendo su cumplimiento obligatorio. 11.5 Estructura Normativa La documentación normativa que emite la DGAC se agrupa de la siguiente manera: (a) Las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP); (b) Las Normas Complementarias : corresponden a aquellas normas de cumplimiento obligatorio que regulan temas técnicos especí ficos y estas son: (i) Normas Técnicas Complementarias (NTC) y(ii) Directivas Técnicas Extraordinarias (DTE); (c) Directivas de Aeronavegabilidad (DA)11.7 Archivo Normativo(a) Todos los documentos generados por la DGAC, organizaciones o personas, relacionadas al desarrollo, modi ficación, enmienda, declaración de diferencia y exención de las RAP se conservarán en un Archivo Normativo que será administrado por el órgano normativo técnico de la DGAC. (b) El Archivo Normativo debe permitir demostrar el cumplimiento de los procedimientos y antecedentes de las decisiones tomadas en el desarrollo, modi ficación o enmienda de las RAP, así como para los procesos de declaración de diferencias y de exenciones. El contenido del Archivo Normativo está sujeto a las normas de transparencia y acceso a la información pública, así como a la Ley del Procedimiento Administrativo General. (c) El Archivo Normativo debe contener los legajos de cada expediente y estos deben incluir: (1) Toda la documentación generada por el órgano normativo técnico con relación al desarrollo, modi ficación y enmienda y emisión de las RAP. (2) La última edición completa vigente de las RAP publicadas, la que debe ser usada como patrón de referencia; (3) Las RAP que hayan sufrido modi ficación o enmienda o que hayan sido sobreseídas por otras; (4) La correspondencia cursada con fines de desarrollar, modi ficar o enmendar las RAP y su proceso de emisión; (5) Todas las propuestas normativas o enmiendas a las RAP y sus antecedentes; (6) El Manual del órgano normativo técnico de la DGAC, donde se establece las políticas, su organización, y procedimientos para gestionar los procesos de elaboración normativa; (7) La lista de las diferencias noti ficadas a la OACI y sus fechas de aplicación y vencimiento; y (8) La lista de exenciones otorgadas a los explotadores y sus fechas de aplicación y vencimiento. 1 1.9 Reservado 11.11 Reservado SUBPARTE B: REGLAS PARA LA FORMULACIÓN DE LAS RAP11.13 AplicabilidadEsta Subparte establece los requerimientos y condiciones para: (a) La formulación de las RAP; (b) La redacción,(c) La estructura y numeración,(d) El Formato de presentación. 11.15 Formulación(a) La elaboración de las RAP se desarrolla principalmente sobre la base de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, las normas y métodos recomendados (SARP’s) de los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y sus enmiendas. Asimismo el Estado Peruano puede adoptar las regulaciones de otros estados, en especial las Regulaciones Federales de Aviación (FAR) de los EEUU y los Requerimientos Conjuntos de Aviación de la Comunidad Económica Europea (JAR o su equivalente), siempre que estas regulaciones estén en armonía con los estándares OACI y con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú. (b) La condición para la creación de una nueva norma a ser incluida en las RAP, es que su aplicación resulte necesaria por el Estado Peruano, de manera uniforme y en interés de la seguridad y continuidad de la actividad aeronáutica civil. Asimismo, deberá tenerse en cuenta otros factores que tienen relación con la conveniencia de la nueva norma, pero que no afecten la seguridad operacional, tales como los citados a continuación: (1) El interés público;(2) El impacto económico para los regulados, cuando sea aplicable. (3) La armonía que debe guardar con las demás leyes del Estado Peruano. (c) En la elaboración de regulaciones y procedimientos que especi fiquen la provisión de instalaciones y servicios, se debe tener en cuenta la importancia de establecer un equilibrio adecuado entre las necesidades operacionales de contar con dichas instalaciones y servicios, y las