Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2007 (12/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de junio de 2007

comunicacion, universidades, entre otros; Que, ante esta realidad, resulta necesario que el Poder Judicial, se una al esfuerzo estrategico y de principios que permita alcanzar los objetivos establecidos por los Convenios MORDAZA y Especifico de Cooperacion Interinstitucional propuestos, a celebrarse con el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF, teniendo en cuenta la delicada gravitacion que para nuestra sociedad tiene como valor esencial el desarrollo y aplicacion del MORDAZA del interes superior del MORDAZA en todos los ambitos de la MORDAZA juridica y social del MORDAZA, en especial en aquellos casos en los que existe situacion de abandono; Que, siendo asi, la celebracion tanto del Convenio MORDAZA asi como del Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF, resultan de particular trascendencia, y en consecuencia es conveniente su aprobacion a fin de iniciar en el mas breve plazo el desarrollo y ejecucion de ambos convenios; sin perjuicio de ello, es menester precisar en cuanto a la implementacion del Juzgado de Familia con competencia exclusiva en procesos tutelares, que esta se llevara a cabo cuando existan los recursos economicos necesarios que por ahora no tiene la Institucion; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en aplicacion del numeral 21 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad en parte con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional a celebrarse entre el Poder Judicial y el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF, que consta de 12 (doce) clausulas; asi como el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional entre MORDAZA instituciones, que consta de 15 (quince) clausulas; delegandose al Gerente General del Poder Judicial su suscripcion. Articulo Segundo.- El plazo de vigencia de los Convenios materia de la presente resolucion sera de dos (2) anos, pudiendo ser prorrogados previo acuerdo de las partes, y autorizacion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Comunicar a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, que por ahora no sera factible la implementacion del Juzgado de Familia con competencia exclusiva en procesos tutelares, al no existir en la Institucion los recursos economicos necesarios para dicho proposito; con conocimiento del Ministro de Economia y Finanzas. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF, y Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 71454-1

Crean Juzgado de Paz en el Caserio de Ancoraca, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 081-2007-CE-PJ Tacna, 16 de MORDAZA del 2007 VISTOS: El Oficio N° 3043-2006-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe N° 001-2007-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Caserio de Ancoraca, distrito de MORDAZA, provincia de Huaylas, presentada por las autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 633 habitantes, a la que debe agregarse las poblaciones de los Caserios de Acha y Huancup, del Centro Poblado de Ocona MORDAZA Baja, y los Fundos Huamanrara y Kinkin; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado en la localidad de MORDAZA Sucre a 17 kilometros de distancia, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse durante 4 horas a pie por MORDAZA de herradura, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Que, el Informe N° 001-2007-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Caserio de Ancoraca, distrito de MORDAZA, provincia de Huaylas, departamento y Distrito Judicial de Ancash; asimismo, en dicho informe aparece la descripcion detallada de los limites geograficos del citado Juzgado de Paz; Que, por el numero de habitantes de las comunidades a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserio de Ancoraca, distrito de MORDAZA, provincia de Huaylas, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, con competencia ademas en los Caserios de Acha y Huancup, Centro Poblado de Ocona MORDAZA Baja, y Fundos Huamanrara y Kinkin. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el Informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia

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