Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, del estudio de las copias certificadas de los expedientes, se constato que esten diversos cargos de notificacion que carecen de los datos de la persona receptora asi como su respectiva firma, tanto del valor, como es el caso de la Orden de Pago Nº 0744-2004-DR/ MDLV como la Cedula de Notificacion de la Resolucion de Ejecucion Coactiva Nº 001 del contribuyente: PROMOTORA E INMOBILIARIA UGARZA S.A. de fecha 5 de agosto del 2004 y recien se traba el Embargo en forma de Retencion por la Suma de S/ 4,176.67 el 14 de marzo de 2007, es decir luego de casi tres anos desde el momento en que la deuda ya era exigible coactivamente, lo cual como es obvio perjudica los intereses economicos de la Municipalidad. Que cabe senalar que carece de fundamento el argumento del procesado, sobre la inexistencia de cargo de notificacion sobre los citados valores, o expedientes referidos al procedimiento de Cobranza Coactiva, debido a que el mismo procesado remitio a traves del Informe Nº 009-2007-OEC/OF/MDLV de fecha 22 de marzo del 2007; el estado en el que se encuentran dichos expedientes y/o valores, en consecuencia carece de efecto la negativa de recepcion o el desconocimiento supuestamente alegado, debido a que el mismo Auxiliar ha enviado tanto en original y MORDAZA el mencionado Informe sustentatorio dirigido a la Gerente de Ejecucion Coactiva, Dra. MORDAZA Romero. Sostiene dicho funcionario, que su despacho si trabo las medidas cautelares en forma de retencion bancaria, en forma de deposito y hasta en forma de inscripcion, de los referidos a expedientes coactivos de los principales contribuyentes; Sin embargo de su Informe y de las copias certificadas de los expedientes coactivos llevados por el auxiliar en cuestion, se evidencia que las medidas cautelares se trabaron en el presente ano, habiendo transcurrido meses de inactividad. Que, ha quedado demostrado que el Auxiliar Coactivo mencionado ha actuado a su libre albedrio, sin respeto a la normatividad vigente que enmarca sus funciones; contraria la diligencia y al fiel cumplimiento de sus funciones, lo que debe caracterizar a todo funcionario publico, causando con su accionar, grave dano moral y economico a la Municipalidad de La Victoria; es decir, no ha actuado con prevision, y diligencia, sino con manifiesta negligencia. Es mas, tratandose de un profesional en Abogacia, a la par funcionario publico de MORDAZA, conocedor de las leyes, y mas aun de las responsabilidades que emergen de una conducta funcional como la que el ha asumido, nos lleva a determinar, que su actuacion ha tenido motivaciones de caracter personal, esto es, en provecho propio, de manera que su actuacion funcional seria dolosa. AUXILIAR COACTIVO MORDAZA MORDAZA CORRALES: Al Auxiliar Coactivo MORDAZA MORDAZA Corrales. segun el informe Nº 082-2007-DACC-OEC/MDLV, emitido por el mismo auxiliar, manifiesta que tiene bajo su custodia 268 expedientes de los anos 2003, 2005 y 2006 de los cuales 65 expedientes se encuentran en estado cancelado, 75 expedientes se encuentran pendiente de pago y solo a 32 expedientes del ano 2004 se le trabaron medidas cautelares y no se volvio a realizar gestion de cobranza alguna, respecto de los otros 46 expedientes coactivos no se han realizado ninguna accion de cobranza, no se realizaron todas las correspondientes medidas cautelares. Cabe senalar que segun el mismo expone de los 32 expedientes del ano 2004 solo trabo Medida Cautelar a 17 expedientes dejando sin garantia para la Municipalidad lo restante expedientes que se encuentran debidamente senalados en el Informe precitado que corre a fojas del 95 al 96 del Memorando Nº 100-2007-GEC/MDLV. Que, conforme se aprecia de las copias certificadas obrante en el presente expediente es recien durante el ano 2007, en que se han emitido medidas cautelares las cuales en algunos casos se han podido trabar con exito, pero en otros casos no ha sido posible por no contar el obligado con bienes a su nombre, por lo que la dilacion en la traba de medidas cautelares ha podido ocasionar que durante los anos de inaccion del Ejecutor y Auxiliar Coactivo, el deudor MORDAZA podido transferir sus bienes, perjudicando a

la Municipalidad de La MORDAZA, que no tiene ahora como asegurar el recupero de la acreencia, el cual a pesar de esta optima solucion planteada por la comision que es la de presentar una accion oblicua o pauliana de nulidad de acto juridico, no repara el dano ocasionado economica y financieramente a esta municipalidad. Que, asimismo se le atribuye tener bajo su custodia 26 tramites administrativos de los anos 2004, 2005 y 2006 pendientes de resolver, incluyendo solicitudes de suspension de Procedimiento Coactivo, en los que puede haber operado el silencio administrativo positivo al no haberse respondido dentro del plazo las solicitudes de suspension planteadas, situacion que de verificarse probaria la falta de diligencia en el ejercicio de sus funciones del citado auxiliar coactivo. Que, habiendose notificado la Resolucion de Gerencia Nº 034-2007-GM/MDLV, el mencionado auxiliar presento sus descargos manifestando lo siguiente : Sin embargo de su Informe y de las copias certificadas de los expedientes coactivos llevados por el auxiliar en cuestion, se evidencia que las medidas cautelares se trabaron en el presente ano, habiendo transcurrido meses de inactividad. Que, con respecto a los escritos de los contribuyentes, respecto de las multas administrativas, materia de imputacion, esta presentada bajo pretension de anulacion de la multa administrativa, devolucion de multa y/o anulacion del embargo en cobranza coactiva, no estando ellas tipificada como causal es de suspension de ejecucion coactivas, no estando ellas tipificadas como causal de suspension de ejecucion coactiva, conforme lo establece el articulo 16 numeral 3 de la Ley Nº 26979, por lo tanto no procede aplicar el silencio administrativo positivo, ya que uno de los requisitos para que este opere es haber acreditado de manera fehaciente una causal de suspension.. Afirma, que dentro de su area no ha existido inaccion, por cuanto siempre se ha solicitado el apoyo para efectuar las medidas cautelares, sustentado ello, los respectivos memorando que existen. Que, a criterio de nuestra Comision, ha quedado demostrado que el Auxiliar Coactivo, ha actuado a su libre albedrio, sin respeto a la normatividad vigente que enmarca sus funciones; contraria la diligencia y al fiel cumplimiento de sus funciones, lo que debe caracterizar a todo funcionario publico, causando con su accionar, grave dano moral y economico a la Municipalidad de La Victoria; es decir, no ha actuado con prevision, y diligencia, sino con manifiesta negligencia. Es mas, tratandose de un profesional en Abogacia, a la par funcionario publico de MORDAZA, conocedor de las leyes, y mas aun de las responsabilidades que emergen de una conducta funcional como la que el ha asumido, nos lleva a determinar, que su actuacion ha tenido motivaciones de caracter personal, esto es, en provecho propio, de manera que su actuacion funcional seria dolosa. Que, en ese sentido senala que no se estaria cumpliendo con lo establecido en el articulo 25 numeral 1 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva y el articulo 4 del Reglamento de la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva aprobado por el Decreto Supremo Nº 069-2003-EF, referidos a la evaluacion de dichos documentos. Que se ha emitido un listado de expedientes emitido por la Gerencia de Informatica existen cargados a nombre del auxiliar en el sistema, por un numero superior a lo expresado en el informe. Sin que signifique que se ha realizado la entrega de las Resoluciones de Determinacion u ordenes de pago, asi como las resoluciones de Ejecucion Coactiva Nº Uno debidamente notificadas. Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2007, se recepciono la solicitud del uso de la palabra, la cual fue concedida, en la cual el segun consta en el Acta de fecha 1 de junio de 2007, el procesado manifesto lo siguiente: · El procesado senalo que el dia viernes 1 de junio, vio que se repartieron unos volantes de la Municipalidad de La MORDAZA que quiere moralizar al MORDAZA, a traves de la Gerencia de Imagen Institucional, en contra de los abogados del regimen anterior.

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