Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

347264

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

arriba indicados, que debera comunicarse a la Contraloria General de la Republica, por lo que sugiere que el informe de Control debe ser derivado a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que inicien el deslinde de las responsabilidades administrativas a que hubiera lugar; Que, mediante Memorandum N° 060-2007-MDSJM/A, de fecha 27 de MORDAZA del 2007, el Despacho de Alcaldia remite al Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que proceda de acuerdo a sus atribuciones; Que, de acuerdo a la revision efectuada al informe dictado por el Organo de Control Institucional, recaido en el Informe de Actividad de Control Programado N° 22192-2007¬007, cuyo titulo es: "Verificar que el Titular de la Entidad cumpla con remitir al 31-01-2007 la relacion de Nombramientos y Contratos obligados a presentar DD.JJ. de Ingresos, Bienes y Rentas - Ley N° 27482", ha concluido que los siguientes ex funcionarios de la Gestion Municipal saliente, obligados a presentar su Declaracion Jurada, al cese de sus cargos al 31-12-2006, no han cumplido con dicha MORDAZA detallandose las siguientes personas: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subyaga, ex Procurador Publico Municipal adjunto, Vlado MORDAZA MORDAZA Rovegno, ex Sub Gerente de Tesoreria, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Planificacion y Racionalizacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbegozo, ex Subgerente de Abastecimiento y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion; Que, asimismo, el Organo de Control Institucional en el informe mencionado en el parrafo anterior, ha concluido tambien, que algunos funcionarios Obligados de la actual Gestion y que han cesado en sus cargos no han cumplido con presentar sus Declaraciones Juradas y que con relacion a los funcionarios que iniciaron su gestion a partir del 1 de enero del 2007, se puede determinar de acuerdo a la informacion proporcionada por la Subgerencia de Personal los funcionarios obligados a presentar la declaracion Jurada fueron elaborados dentro del plazo establecido, lo cual es revelado tambien en el informe de Control por el OCI; con excepcion, de los funcionarios Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Contabilidad, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, x Gerente de Planificacion y Presupuesto y Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion Financiera y Tributaria, quienes como se ha senalado en parrafos anteriores no cumplieron con presentar al cese de sus cargos, sus Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas, encontrandose por tanto omisos a dicha MORDAZA, tal como constato el Organo de Control Institucional durante la realizacion de la Actividad de Control lo cual quedo asentado en el Acta de verificacion de fecha 28 de marzo del 2007, suscrito por el Subgerente de Personal y la Auditoria encargada de la actividad; Que, conforme lo senala en la Recomendacion N° 02 del Informe de la Actividad de Control del OCI, que senala: " ... se recomienda al MORDAZA disponer oportunamente las acciones correspondientes para dar cumplimiento a lo establecido por el Art. 9° del reglamento aprobado por D.S. N° 080-2001-PCM e informar a la Contraloria General de la Republica, respecto de las sanciones impuestas a los omisos a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Ingresos V de Bienes y Rentas ... " y a las conclusiones del informe emitido por el Organo de Control Institucional, se puede extraer que de los funcionarios obligados a presentar su Declaracion Jurada de cese al 31 de diciembre del 2006, seis de ellos no cumplieron con dicha MORDAZA, de los cuales se detallan en el referido Informe: : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subyaga, ex Procurador Publico Municipal adjunto, Vlado MORDAZA MORDAZA Rovegno, ex Subgerente de Tesoreria, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Planificacion y Racionalizacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbegozo, ex Subgerente de Abastecimiento y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion; y de este hecho se comunico en forma extemporanea a la Contraloria General de la Republica, con un retraso de 21 dias calendarios;

Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 9° del Decreto Supremo N° 08-2001-PCM, reglamento de la Ley que regula la publicacion de la Declaracion Jurada de Ingresos Bienes y Rentas, los obligados que incumplan con presentar la declaracion Jurada estaran sujetos a sanciones que por motivo del regimen laboral al que pertenezcan resulten aplicables; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 25° y Art. 27° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico seran responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas que cometan, siendo las sanciones por faltas disciplinarias, segun los MORDAZA que corresponda a la magnitud de menor o mayor gravedad, y una falta sera mas grave cuando mas elevado el nivel del servidor que la ha cometido; Que, se considera falta disciplinaria a toda accion, omision voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de los servidores y funcionarios, establecidas en el Art. 28° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, de acuerdo a lo prescrito en el Art. 153 y Art. 154 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa del Sector Publico, los servidores publicos seran sancionados por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal en que pudieran incurrir y ene aplicacion de la sancion se hace teniendo en consideracion la gravedad de la falta para aplicar la sancion, la autoridad respectiva tomara en cuenta ademas: a) la residencia o reiterancia del autor o autores, b) el nivel de la MORDAZA, c) la situacion jerarquica del autor; Que, habiendo indicio razonable que acrediten faltas de caracter disciplinario, es preciso deslindar responsabilidades dentro de un debido procedimiento a los funcionarios que cesaron sus cargos al 31 de diciembre del 2006, que incumplieron lo dispuesto en la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicacion de las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, y de su Reglamento Art. 3° del Decreto Supremo N° 0802001-PCM y la Directiva N° 02-2002-CG aprobada por R.C. N° 174-2002-CG, siendo aquellos ex funcionarios los que a continuacion se mencionan: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subyaga, Procurador Publico Municipal Adjunto, Vlado MORDAZA MORDAZA Rovegno, ex Gerente de Tesoreria, MORDAZA MORDAZA Hemandez MORDAZA, Gerente de Planificacion Racionalizacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbegozo, ex Subgerente de Abastecimiento y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion; Que en cuanto a los ex funcionarios que iniciaron y cesaron en sus funciones durante el ano 2007, es preciso tambien deslindar responsabilidades dentro del debido MORDAZA a los ex funcionarios que incumplieron lo dispuesto en la Ley No. 27482, Ley que regula la publicacion de la Declaracion Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, y su Reglamento D.S. N° 080-2001-PCM y la Directiva N° 022002-CG aprobada por R.C. N° 174-2002-CG, siendo estos funcionarios: el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Contabilidad, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Gerente de Planificacion y Presupuesto y la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion Tributaria y Financiera; Que, los ex funcionarios inmersos en la omision de sus obligaciones son susceptibles a ser sancionados administrativamente, por incurrir en ilegalidad manifiesta, el cual es materia de verse dentro de un MORDAZA administrativo disciplinario por haber faltado a sus obligaciones que senalan las leyes y de cumplir personal y diligentemente los deberes que impone servicios, de acuerdo a lo previsto en los incisos a) y d) del Art. 21 del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.