Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2007 (23/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
: : : : : : : : : : : : : 450 Psig. 700 ºF, sobrecalentado 125 Psig. ( automatica ) 15 Psig. ( automatica ) 5840841 ATB2 1875 3600 HL 2400 451.5 1500 0.8 TURBOGENERADORES Nº 1 y Nº 2 , iguales: Turbina MORDAZA Potencia Velocidad Descarga de vapor Presion vapor entrada TURBOGENERADOR Nº 3 Turbina MORDAZA Potencia Velocidad Descarga de vapo Presion vapor entrada : : : : : General Electric 2.5 MW. 3600 RPM 15 Psig. 400 Psig. : : : : :

342085

Presion vapor entrada Temperatura vapor entrada Extracciones Generador Nº de serie MORDAZA KVA RPM Form Volts Amp armature KW P.F TURBOGENERADOR Nº 3 Turbina MORDAZA de origen MORDAZA Nº de serie MORDAZA turbina Potencia Velocidad Descarga de vapor Presion vapor entrada Temperatura vapor entrada Extraccion Generador Nº de serie MORDAZA KVA rating RPM Volts. Amp armature Amp. Field KW P.F.

General Electric 3.0 MW. (1.5 MW.cada uno) 3600 RPM a condensador 1.5" Hg 450 Psig.

: : : : : : : : : :

USA General Electric 97877 Extraccion y contrapresion. 2500 Kw 3600 RPM 15 Psig. 400 Psig. 700 ºF. 125 Psig. 4ª etapa (automatica) 6881286 ATB 3125 3600 2400 752 124 2500 0.8

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Articulo 2°.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 3°.- La presente Resolucion Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 39865-1

Que, la peticionaria presenta la informacion estadistica de compra de energia electrica a la Empresa de Generacion CAHUA, y la proyeccion de la demanda de energia electrica del Ingenio y su cobertura. Que, la peticionaria preciso que la Central Termica "Paramonga", con una potencia instalada de 5.5 MW, se encuentra ubicada en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca y departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) figuran en el Expediente; Que, tratandose de una Central Termica que ya se encuentra operando, no seria exigible la entrega de la garantia de conformidad con lo establecido en el articulo 66° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y el item AE01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energia y Minas, aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 285-2006-PRES; Que, la Direccion Regional de Energia y Minas ha verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su reglamento, con la opinion favorable del Asesor Legal de esta Direccion Regional y en uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Disponen la publicacion de las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 000189, 000190-97-CTARU/DRA y 00201-98-CTARU-DRA
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL Nº 028-2007-GRU-P-DRSAU Pucallpa, 9 de marzo de 2007 VISTO: La solicitud de fecha 5 de marzo ultimo, formulada por la Asociacion Interetnica de Desarrollo de la MORDAZA Peruana (AIDESEP), con relativo a la publicacion de las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 00018997-CTARU-DRA, 000190-97-CTARU-DRA y 000201-98CTARU-DRA, que declaran Reservas Territoriales a favor de pueblos indigenas en aislamiento voluntario y contacto inicial "Murunahua", "Mashco-Piro" e "Isconahua", respectivamente, CONSIDERANDO:

Articulo 1°.- Otorgar autorizacion a AGRO INDUSTRIAL PARAMONGA S.A.A, que se identificara con codigo N° 003-2007-DREM-LIMA para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica "Paramonga", con una potencia instalada de 5.5 MW, ubicada en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca y departamento de MORDAZA, cuyas caracteristicas principales son las siguientes:

Que, conforme se aprecia de las Resoluciones indicadas en el documento del visto, las mismas no fueron publicadas oportunamente en el Diario Oficial El Peruano, y por tratarse de su contenido de un tema de interes nacional como es la proteccion de los territorios de los pueblos indigenas en aislamiento voluntario y contacto inicial, es pertinente proceder a la publicacion en

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