TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342617 Libertad, integrado por el Consejero Delegado quien lo presidirá, y dos Consejeros Regionales elegidos en Sesión del Consejo Regional cuyos cargos y funciones serán determinados por el Reglamento Interno del Consejo Regional. Artículo Segundo.- PUBLICAR, la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales de La Libertad. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 43215-3 Institucionalizan el Día Internacional de la Mujer en la Región La Libertad DECRETO REGIONAL N° 002-2007-GR-LL/PRE EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:VISTO: El O fi cio N°003-2007-GR-LL/CR LL/ORYP de fecha 2 de marzo del 2007, mediante el cual la señorita Consejera Olga Rosa Yglesias Peláez en su condición de Presidenta de la Subcomisión de la Mujer y Promoción de la Familia del Consejo Regional de La Libertad, propone instaurar el Día Internacional de la Mujer, el día 8 de marzo de todos los años, en la Región La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 191° y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 2°, prescriben que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público interno, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que” el Artículo 4° de la citada Ley Orgánica, establece como una de las fi nalidades esenciales de los Gobiernos Regionales el de “...garantizar el ejercicio pleno de los derechos y de la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, el Artículo 8° de la Ley Orgánica en mención, establece los principios rectores de la política y gestión regional, entre otros, de Inclusión y Equidad; Que, en ocasión de celebrarse el 8 de marzo el Día Internacional de la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especí fi cas en cuyo marco deberán implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la población en general sobre la importancia de promover acciones a favor de la igualdad entre mujeres y varones, en el marco de los derechos humanos que la Constitución del Perú con fi ere; Que, de conformidad con lo dispuesto con los literales c, f y g del Artículo 60º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades: “formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual; promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades”, “formalizar y ejecutar políticas orientadas a la ejecución en el ámbito de su jurisdicción”; Que, el Artículo 40° de la Ley Nº 27867, establecen que los Decretos Regionales son normas que, entre otros aspectos, regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano; En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, modi fi cada por la Ley N° 27902;DECRETA: Artículo Primero.- Institucionalizar , el día 8 de marzo de todos los años, como Día Internacional de la Mujer, en la Región La Libertad. Artículo Segundo.- Encargar , a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la organización y ejecución de acciones, actividades y actos celebratorios por el Día Internacional de la Mujer en el ámbito de la Región La Libertad. Dado en Trujillo, a los cinco días del mes de marzo del dos mil siete. Regístrese, comuníquese y publíquese conforme a ley. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 43219-1 Modifican la Directiva Nº 001-2007-GR- LL/PRE que regula el “Procedimiento para la Evaluación de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión presentados ante el Gobierno Regional de La Libertad” DECRETO REGIONAL Nº 003-2007-GR-LL/PRE EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD VISTA: La propuesta presentada por la Gerencia General Regional para que se modi fi que la Directiva que regula el “Procedimiento para la Evaluación de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión presentados ante el Gobierno Regional de La Libertad”; CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Regional Nº 001-2007-GR- LL/PRE, publicado el 17 de febrero de 2007, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-GR-LL/PRE que regula el “Procedimiento para la Evaluación de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión presentados ante el Gobierno Regional de La Libertad”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2007- PCM, publicado el 23 de febrero de 2007 se modi fi có el Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 2004-PCM, respecto del procedimiento para la tramitación y evaluación de las iniciativas privadas; Que, es necesario adecuar las disposiciones pertinentes de la Directiva Nº 001-2007-GR-LL/PRE a lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM, a fi n que los diferentes órganos del Gobierno Regional cuenten con reglas de uso interno referidas a la evaluación y aprobación de las iniciativas privadas consistentes con el marco general en materia de promoción de la inversión descentralizada; Estando a lo propuesto por la Gerencia General Regional y con la visación de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, su Reglamento y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de La Libertad aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2005, C-R-RLL; DECRETA: Artículo 1º.- Modi fi caciones y Adiciones a la Directiva Nº 001-2007-GR-LL/PRE aprobada por el Decreto Regional Nº 001-2007-GR-LL/PRE Modifíquese los Artículos 5.2, Acápite v) del Literal c) del 6.1.2, 6.2.1, 6.2.2, 6.2.3, 6.2.5, 6.2.6, 6.3, 6.3.1,