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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2007 (31/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342616 VISTO: El Informe N° 008-2007/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT, sobre delegación de facultad para emitir Resoluciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de Huancavelica, tiene por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el segundo párrafo del Artículo 33° de la Ley N° 27867, precisa que las funciones ejecutivas y administrativas corresponde al Gerente General Regional y los Gerentes Regionales, concordante con el Artículo 26° de la Ley invocada. Que, dentro del Ejercicio Presupuestal se presentan ciertas Modi fi caciones en el Nivel Funcional Programático y solicitudes de ampliación de Calendario de Compromisos, las cuales deben ser aprobadas por el titular. Sin embargo; esta facultad puede ser delegada en forma expresa; conforme se colige del Artículo 40 de la Ley N° 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, es necesario desconcentrar y delegar facultades hacia los niveles de jerarquía inferior, para una oportuna administración en aplicación de los Principios de Celeridad y Simplicidad del Artículo IV y Artículo 75° de la Ley N° 27444; Que, habiendo solicitado el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la delegación de facultades para la Aprobación de Modi fi caciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programático y la Aprobación de Calendarios de Compromisos a efectos de la celeridad en el tratamiento del asunto, se debe realizar la acción solicitada; Estando a lo informado; yCon la visación de la Gerencia General Regional, y Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N° 27783-Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi cado por la Ley N° 27902; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar a partir de la fecha, a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la facultad de emitir Resoluciones de Modificaciones Presupuestarias a nivel Funcional Programático, Ampliación de Calendario de Compromisos y acciones administrativas inherentes a sus funciones durante el Ejercicio Fiscal 2007. Artículo 2°.- La Resolución que expedirá la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se denominará RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL. Artículo 3°.- Las acciones Delegadas deben ejecutar con estricta sujeción a las normas legales vigentes sobre la materia, además deberá dar cuenta a la Gerencia General Regional de dichos actos, bajo responsabilidad. Artículo 4°.- Comunicar el presente Acto Administrativo a los Órganos competentes del Gobierno Regional de Huancavelica. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SHULTZ Presidente 43285-1GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Conforman la Mesa Directiva del Consejo Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2007-CR/R-LL Trujillo, 30 de enero del 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, su modi fi catoria Ley Nº 27902 y demás normas complementarias; Ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONALEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD CONSIDERANDO:Que, conforme el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público interno que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo 9º numeral 9.2 de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 señala que la autonomía administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales, de organizarse internamente. Asimismo el Artículo 192º de la Constitución Política del Estado, el Artículo 9º Inc. a) y el Artículo 10º inciso c) de la Ley Nº 27867 establecen que es competencia exclusiva de los Consejos Regionales, aprobar su organización interna. Que, la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Nº 27658 ha declarado al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública obteniendo mayores niveles de e fi ciencia y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, dentro de este contexto normativo y complementando la Ley Nº 28968 que modi fi ca la Undécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales estableciendo que anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional lo representa y tramita sus acuerdos; es necesaria la conformación de una Mesa Directiva del Consejo Regional integrado por el Consejero Delegado que lo preside y dos Consejeros Regionales elegidos por el Consejo Regional, cuyo cargo y funciones serán determinados en el Reglamento Interno del Consejo Regional. De conformidad con la Constitución Política del Estado y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y estando a lo acordado; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- CONFORMAR, la Mesa Directiva del Consejo Regional del Gobierno Regional de La