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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2007 345052 De conformidad con lo establecido en el artículo Nº 201, inciso 1º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Recti fi car la Resolución Ministerial Nº 0013-2006/RE de fecha 5 de enero de 2006, en los siguientes términos: • Cuarto considerando:Dice: “Que, los bienes donados consisten... valorizado en € 3140.00 (Tres mil ciento cuarenta y 00/100 Euros), que serán destinados...”. Debe Decir: “Que, los bienes donados consisten... valorizado en € 13,152.70 (Trece mil ciento cincuenta y dos y 70/100 Euros), que serán destinados...”. • Artículo Primero.-Dice: “Aprobar la inafectación... valorizado en € 3140.00 (Tres mil ciento cuarenta y 00/100 Euros), que serán destinados...”. Debe Decir: “Aprobar la inafectación... valorizado en € 13,152.70 (Trece mil ciento cincuenta y dos y 70/100 Euros), que serán destinados...”. Artículo Segundo.- La Resolución Ministerial Nº 0013- 2006/RE queda subsistente en todos los demás términos que contiene. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 58811-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0450/RE Lima, 25 de abril de 2007 Visto, el expediente Nº 1970-2007, presentado por la ASOCIACION VIDA PERU, mediante el cual solicita recti fi car la Resolución Ministerial Nº 0486-2005/RE sobre la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA), con sede en Emeryville, California, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 0486-2005/RE de fecha 1 de junio de 2005, se aprobó la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a favor de la ASOCIACION VIDA PERU, solicitado con expedientes Nº 4069-2005 y Nº 4151-2005; Que, mediante el expediente indicado en el visto, recibido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI con fecha 7-Feb-07, la ASOCIACION VIDA PERU solicita la recti fi cación de la Resolución Ministerial Nº 0486-2005/ RE de fecha 1 de junio de 2005, donde mani fi estan que, debe corregirse el número del conocimiento de embarque detallado en el cuarto considerando de la mencionada Resolución Ministerial; Que, la ASOCIACION VIDA PERU, adjunta como sustento, en el expediente del visto, copia simple del Conocimiento de Embarque Nº SSL39356 expedido por Sea Shipping Line de fecha 5-Mar-03 y copia simple de la Noti fi cación Nº 118-3D1320-2007-000386 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de fecha 1-Feb-07; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Operaciones y Capacitación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante informe Nº 002-2007/APCI-GOC de fecha 9 de febrero de 2007;De conformidad con lo establecido en el artículo 201º, inciso 1º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Recti fi car la Resolución Ministerial Nº 0486-2005/RE de fecha 1 de junio de 2005, en los siguientes términos: • Cuarto considerando:Dice: “... y otras organizaciones, donación llegada a la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, según Conocimiento de Embarque Nº SSL3956;” Debe decir: “... y otras organizaciones, donación llegada a la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, según Conocimiento de Embarque Nº SSL39356;” Artículo Segundo.- La Resolución Ministerial Nº 0486- 2005/RE queda subsistente en todos los demás términos que contiene. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 58811-3 Oficializan el evento “Cumbre Mundial de Armonización en Medicina Tradicional, Alternativa y Comple-mentaria” a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 493/RE Lima, 26 de abril de 2007 VISTO:El O fi cio Nº 153-2007-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita la o fi cialización del evento ”Cumbre Mundial de Armonización en Medicina Tradicional, Alternativa y Complementaria”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 4 al 7 de octubre de 2007; CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Lima es sede del evento ”Cumbre Mundial de Armonización en Medicina Tradicional, Alternativa y Complementaria”, que se llevará a cabo del 4 al 7 de octubre de 2007, el cual viene siendo organizado por el Comité de Medicina Tradicional, Alternativa y Complementaria del Colegio Médico del Perú; Que, el mencionado evento tiene como objetivo, entre otros, contribuir a la estandarización de los diversos aspectos que comprende la Medicina Tradicional, Alternativa y Complementaria en los distintos países del mundo en que se práctica; conocer la normatividad vigente en los países donde se aplica para que sirva de base para su aplicación homogénea; uniformizar criterios para la formación de recursos humanos a fi n de sistematizar su ejercicio; conocer criterios y metodologías de investigación utilizados en dicho ámbito; conocer y sistematizar las diversas normas existentes sobre el control de calidad de los recursos y productos utilizados; y proponer procesos que busquen la continuidad en la estandarización de la Medicina Tradicional, Alternativa y Complementaria; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992;