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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2007 (18/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de mayo de 2007 345595 CONSIDERANDO: Que la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) es un organismo internacional técnico y especializado de carácter social que tiene como fi nalidad promover el bienestar social y económico de los países iberoamericanos, mediante la coordinación, intercambio y aprovechamiento de las experiencias mutuas en seguridad social; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es miembro de pleno derecho y con efectos de 1 de abril de 2006 de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), asumiendo el compromiso del pago de una cuota fi ja anual de Cinco Mil Dólares Americanos (US$ 5,000.00) que se devengarán desde el 1 de enero de 2007, la cual deberá ser satisfecha dentro del primer cuatrimestre del ejercicio; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago por concepto de la cuota anual correspondiente al ejercicio 2007 a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); Que, el artículo 67°, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago de CINCO MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 5,000.00), a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) por concepto de cuota anual 2007 a dicho organismo. Artículo 2°.- Los gastos que demanda lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según al tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 62005-15 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 144-2007-RE Lima, 17 de mayo de 2007 VISTO: El O fi cio N° 150-2007-MTC/02, de fecha 13 de febrero de 2007, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas del año 2007, a proyectos conducidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro; CONSIDERANDO: Que el artículo 67° numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene fi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas del año 2007 a los proyectos conducidos por los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de las cuotas del año 2007, por el importe de US$ 33,815.00 (TREINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS QUINCE Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a los siguientes proyectos conducidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC): DÓLARES AMERICANOSProyecto “Sistema Regional de Vigilancia para la Seguridad Operacional CLAC-OACI”(RLA/99/901 Comisión) 29,000.00 Plan de Acción de la Seguridad en la Aviación 4,815.00 Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 62005-16 Autorizan al INDECOPI y al INIA efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 145-2007-RE Lima, 17 de mayo de 2007 VISTO: El o fi cio N° 0073-2007/GEG-INDECOPI, de 15 de febrero de 2007, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas del año 2007, por renovación o incorporación, a diversos organismos internacionales; CONSIDERANDO: Que el artículo 67°, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas del año 2007 y/o incorporación a diversos organismos internacionales, con cargo al presupuesto del